La Audiencia condena a 8 meses de prisión al cabecilla del asalto a Blanquerna
Los magistrados han llegado a la conclusión de que los asaltantes ni siquiera conocían quiénes era las dos autoridades agredidas.
24 febrero, 2016 02:59Noticias relacionadas
La Audiencia Provincial de Madrid ha saldado con penas de seis a ocho meses de prisión y multa el asalto al centro cultural Blanquerna durante la celebración de la Diada de 2013, cuando un grupo de personas vinculadas a la extrema derecha irrumpió violentamente en el acto y, tras empujar a los asistentes y tirar la bandera catalana, se marchó esparciendo gas mostaza.
La Audiencia ha condenado a 14 de los 15 acusados, para quienes la Generalitat de Cataluña y el partido Unión de Cataluña pedían penas entre 15 años y 9 meses de prisión y 16 años y 9 meses por delitos de atentado a la autoridad, allanamiento, amenazas, injurias, ultraje a la bandera, daños y desórdenes públicos. El fiscal, por su parte, instó penas de dos a cinco años y medio de cárcel.
La enorme diferencia entre la pena solicitada y la condena impuesta se debe a que la Sala ha apreciado exclusivamente la existencia de delitos de daños y desórdenes públicos además de faltas de lesiones, maltrato de obra y coacciones, descartando la infracción más grave -el atentado a la autoridad- que se basaba en los empujones sufridos por el ex diputado de Unión Josep María Sánchez Llibre y por el delegado de la Generalitat en Madrid, Josep María Bosch.
Los magistrados han llegado a la conclusión de que los asaltantes ni siquiera conocían quiénes era esas dos autoridades, que resultaron empujadas porque se interpusieron en el camino de los asaltantes pero no porque éstos tuvieran intención de atentar contra ellos.
No hubo ultraje a la bandera catalana
La Audiencia no ha acogido tampoco la existencia de un delito de ultraje a la bandera catalana. La enseña, que no estaba acompañada de la bandera española, fue tirada al suelo de un manotazo por uno de los acusados, Jesús Fernando Fernández.
La sentencia, redactada por la magistrada Rosa María Quintana, argumenta que no se ha probado un ánimo de menospreciar la bandera catalana "por rechazable que sea la conducta", afirma.
"En el contexto y por la forma en que tuvo lugar [la acción], no era reveladora del ánimo de menospreciar, ultrajar y vilipendiar el emblema. Tiró el acusado de un manotazo la bandera, pero como hicieron con el resto del mobiliario (atril, micrófono). Además, una vez que estaba en el suelo se desentendió de ella, no la pisó ni ejecutó cualquier otro acto con evidente ánimo menospreciativo, en clara muestra de agravio y ofensa".
La Audiencia ha graduado las penas. Juan Luis López García y Jesús Fernando Fernández Gil reciben las condena más altas, ocho y siete meses de prisión, respectivamente, por ser los que tuvieron una actuación más virulenta, el primero abriéndose paso a empujones y tirando la bandera catalana, y el segundo encarándose con Josep María Bosch, a quien insultó y amenazó por su condición de catalán.
Al resto de los acusados se les ha impuesto seis meses de cárcel y uno de ellos, Alberto Aceves, ha resultado absuelto al quedar probado que no intervino en el asalto sino que se encontraba con anterioridad en la sala y en ella permaneció, sin unirse a los miembros del grupo cuando se marcharon.
El incidente en el centro cultural Blanquerna, situado en la sede de la Generalitat en Madrid, se produjo a las 19.45 horas del 11 de septiembre de 2013, cuando un grupo de personas se abrió paso violentamente entre los más de 100 asistentes al acto oficial de conmemoración de la Diada.
Los condenados causaron daños en la puerta de acceso, tirando al suelo el mobiliario, exhibiendo banderas de España y gritando consignas como "no nos engañan, Cataluña es España".
Fernández Gil, que se tapaba la cara con un pañuelo, empujó al entonces diputado Sánchez Llibre, que se interpuso a su paso.
López, por su parte, se dirigió al atril desde el que iba a intervenir Josep María Bosch y arrancó el micrófono mientras le increpaba.
Un cámara de TV3 y un asistente también fueron agredidos. Cuando el grupo salía del centro, alguien no identificado utilizó un spray de gas pimienta, provocando picores e irritaciones a varios de los asistentes.
La sentencia, contra la que cabe recurrir ante el Tribunal Supremo, establece una indemnización de 1.372 euros a la Generalitat por los daños causados y de 94,2 euros a Josep María Bosch.