Blesa, imputado por conceder hipotecas con tasaciones sobrevaloradas
El juez De la Mata admite a trámite una querella contra una veintena de cargos de Caja Madrid.
30 marzo, 2016 11:38Noticias relacionadas
El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha imputado al ex presidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, al ex director general, Ildefondos Sánchez Barcoj, y a otros dos altos cargos de la entidad por la concesión sistemática de préstamos hipotecarios con tasaciones sobrevaloradas entre 2003 y 2009.
Esta querella se suma a la investigación que tiene abierta Blesa por las retribuciones irregulares de Caja Madrid y la acusación que existe contra él por las tarjetas 'black'. El magistrado ha admitido a trámite una querella interpuesta por dos socios de Bankia contra una veintena de responsables de Caja Madrid por delitos de estafa, administración desleal y asociación ilícita.
Por ahora, el instructor tomará declaración como investigados al entonces presidente Miguel Blesa, a Ildefonso Sánchez Barcoj como responsable de la Dirección General Financiera y de Medios, al ex gerente de riesgos, Ramón Martínez Vilchez y al ex director general de Tasaciones Madrid, Ignacio de Navascues.
Además, el magistrado requiere a Bankia, como sucesora de Caja Madrid, que le certifique quienes integraban entre 2003 y 2009 el consejo de administración de la entidad, la comisión ejecutiva, la comisión de control, la dirección general financiera y de medios y la gerencia de riesgos.
La querella que ahora se va a investigar relata las conductas acontecidas en Caja Madrid entre 2003 y 2009, en el período anterior al estallido de la crisis y en plena expansión de la burbuja inmobiliaria, en relación con lo que los querellantes califican de “práctica sistemática de sobrevalorar inmuebles constituidos en garantías de préstamos hipotecarios y la concesión de préstamos que no debieron haberse concedido”.
Anticorrupción se opone
La Fiscalía Anticorrupción se había opuesto a la admisión de la querella argumentando, entre otras razones, que esa práctica de sobrevalorar las tasaciones fue generalizada y que los hechos de la querella no tenían relevancia penal.
Sin embargo, el juez recuerda al Ministerio Público que “el hecho de que la sobrevaloración en las tasaciones pudiera haber sido en España y otros países una práctica generalizada en el período anterior al estallido de la crisis de 2008 y en plena expansión de la burbuja inmobiliaria, no puede sin embargo justificar cualquier práctica”.
De la Mata recoge en su resolución la directiva europea de 2014 sobre contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial, en el que se recoge que “la crisis financiera ha demostrado que el comportamiento irresponsable de los participantes en el mercado puede socavar los cimientos del sistema financiero, lo que debilita la confianza de todos los interesados, en particular los consumidores, y puede tener graves consecuencias sociales y económicas”. También refiere que “la Comisión ha determinado una serie de problemas que sufren los mercados hipotecarios de la Unión en relación con la irresponsabilidad en la concesión y contratación de préstamos, así como con el margen potencial de comportamiento irresponsable entre los participantes en el mercado, incluidos los intermediarios de crédito y las entidades no crediticias". En función de lo anterior, la Directiva, entre otras muchas medidas, establece la obligación de que tos Estados miembros velen por que en su territorio se establezcan normas fiables de tasación de bienes inmuebles de uso residencial a efectos del crédito hipotecario.
En su auto el juez argumenta que procede investigar esas conductas de la querella y que de tener relevancia penal, encajarían en delitos que son competencia de la Audiencia Nacional en tanto que esos hechos habrían ocasionado una grave repercusión en la economía nacional, al haber afectado a miles de clientes y haber producido pérdidas millonarias a la entidad.
Acumulación de pérdidas para la entidad
Después de incorporar un informe de la inspección del Banco de España el magistrado concluye que en esta fase inicial se sustenta indiciariamente que la tasadora del grupo, Tasaciones Madrid, valoraba de forma sistemática los inmuebles hipotecados por encima del precio de los mismos. “Al abrigo de estas sobretasaciones se concedían de forma sistemática préstamos por encima del 100% del precio de compraventa de los inmuebles hipotecados, se concedían préstamos hipotecarios de 20 o más años a personas extranjeras con permisos temporales de residencia y trabajos de uno o dos años de validez; y, por ende, que debido a estos factores derivaron en una cartera hipotecaria de alto riesgo que en ciclos de recesión, como el actual, explicaron la mayor mora comparada con el resto de las entidades del sistema y, subsiguientemente, la acumulación de pérdidas para la entidad”.
En relación con las mencionadas pérdidas el juez recuerda la posición destacada de Bankia en el mercado financiero español, que llegó a tener millones de clientes y un negocio crediticio de 186.000 millones de euros, así como el impacto que ha originado en el sistema económico español su situación financiera, “y los miles de millones de caudales públicos que han debido de ser inyectados en la misma para sanearla”.
Para iniciar la investigación el juez requiere a Bankia numerosa documentación, entre otras los documentos sobre su política de “scoring” o sistema de evaluación ante las solicitudes de préstamos en los años cuestionados, así como informes de tasaciones realizados por Tasa Madrid.