La Fiscalía ha pedido a los Juzgados de Madrid que Eduardo Leira, marido de la alcaldesa de la capital, Manuela Carmena, sea citado a declarar en calidad de investigado (antes, imputado) por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores por el trato salarial y profesional dado a sus ex empleados en el estudio de arquitectura del que Leira era dueño.
El informe de la Fiscalía es consecuencia de la querella presentada por el abogado del sindicato Manos Limpias Pedro Muñoz Lorite contra Carmena y Leira por supuestos delitos de alzamiento de bienes, fraude a la Seguridad Social y contra los derechos de los trabajadores. La querella relata una presunta maniobra para transmitir a Carmena bienes propiedad de Leira con el fin de que éste pudiera declararse insolvente para hacer frente a las indemnizaciones que los Juzgados de lo Social establecieron a favor de los trabajadores del estudio de arquitectura cuando fueron despedidos.
La querella se refiere a las sentencias firmes de la jurisdicción laboral que han declarado que cuatro empleados de Eduardo Leira en la empresa i3Consultores S.A. "estaban dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, emitiendo facturas por sus servicios (...)y, sin embargo, prestaban sus servicios como arquitectos colaboradores en el centro de trabajo de la empresa, con las herramientas que la empresa disponía, cumpliendo un horario de entrada y salida y bajo las órdenes del responsable de la misma, esto es, del señor Leira".
"Aprovechándose de la situación de crisis predominante en el sector", añade la querella, Leira "hizo firmar a los referidos trabajadores el 1 de enero de 2010 un contrato innegociable en el cual se les reconocía una categoría inferior a la correspondiente a sus titulaciones (técnicos de cálculos) y un sueldo incluso por debajo de aquél que percibían como falsos autónomos. Así estuvieron hasta su salida de la empresa, aunque continuaban realizando funciones de arquitectos".
Descarta delito en la alcaldesa
La querella recayó en el Juzgado de Instrucción número 53 de Madrid, al que el fiscal acaba de remitir un informe que descarta la existencia de indicios de delito en Carmena y los aprecia en su esposo únicamente por el delito contra los derechos de los trabajadores.
El Ministerio Público descarta el alzamiento de bienes basándose en que otro Juzgado de Instrucción, el número 15, tramitó una querella por los mismos hechos presentada por los trabajadores de i3Consultores, querella que acabó en un archivo provisional. "No apreciándose por el magistrado que dictó dicho auto indicio alguno de alzamiento de bienes, procede la aplicación del principio non bis in ídem que prohíbe la existencia de dos procedimientos sobre los mismos hechos, por lo procede inadmitir la querella en lo que respecta a dicho delito de alzamiento de bienes imputado a Eduardo Leira y Manuela Carmena", señala el informe de la Fiscalía.
El dictamen tampoco ve indicios de fraude a la Seguridad Social "toda vez que dicho delito exige que se hayan defraudado a la Seguridad Social cuotas por importe de 50.000 €, (...) no aportándose en la querella ningún dato ni siquiera indiciario acerca del importe total defraudado por Eduardo Leira Sánchez y la mercantil i3 consultores SA y que esa cuota haya podido ser superior a 50.000 €, máxime cuando se refiere a la presunta defraudación de las cuotas de tres trabajadores".
En cambio, el fiscal sí cree procedente investigar al marido de Carmena por un posible delito contra los derechos de los trabajadores. "Del relato factico expuesto en el escrito de la querella sobre las maniobras de Eduardo Leira en su condición de empleador de la mercantil i3 consultores", señala, se desprende que pudo "imponer a sus trabajadores la firma de un contrato laboral en el que fijaba que éstos tenían una categoría inferior a la que les correspondía por razón de las actividades laborales que realizaban en el seno de la empresa, pudiéndoles así en los derechos laborales de estos, en particular en el derecho a percibir la retribución adecuada conforme a los servicios realmente prestados y pudiendo aprovechar también de la situación coyuntural existente en ese momento acerca de la crisis que se vivía en el sector inmobiliario en la fecha de la firma de esos contratos".
El fiscal "entiende que hay indicios racionales de la presunta comisión por Eduardo Leira de ese delito contra los derechos de los trabajadores, por lo que solo y respecto de delito y contra Eduardo Leira Sánchez debe admitirse la querella", afirma.
La Fiscalía añade que, sin perjuicio de otras diligencias, debe tomarse declaración a Leira como investigado y a los ex empleados de su estudio de arquitectura como testigos.
El Juzgado de Instrucción número 53 ha acordado remitir la querella y el dictamen del fiscal al Juzgado número 15 al ser el primero que conoció de los hechos.