“Aclarar diversos extremos”. Con este objetivo, la Audiencia de A Coruña ha dado un giro de 180 grados al ‘caso Alvia’, que investiga el siniestro del tren en Santiago que se cobró la vida de 80 personas y se saldó con más de 150 heridos el julio de 2013. El tribunal provincial acaba de ordenar reabrir la instrucción para seguir investigando en aspectos expuestos en las periciales practicadas, que incidían de seguridad en la vía.
Una decisión que se produce casi ocho meses después de que el juzgado tres de Santiago, con el magistrado Andrés Lago al frente, cerrase la investigación con un único imputado por la tragedia: el maquinista del convoy, Francisco José Garzón Amo.
De este modo, la Audiencia ha estimado diferentes recursos de apelación interpuestos contra el auto del juez y ordena retrotraer la causa a la fase de diligencias previas para que “se practique la aclaración” de dos informes periciales, además de todas las pruebas oportunas para determinar “diversos extremos”. Estas son las incógnitas que los familiares de los fallecidos piden que sean aclaradas.
Un imputado por la muerte de 80 personas
La decisión de la Audiencia ha sido recibida por las familias de las víctimas mortales como una “esperanza” para demostrar que existen “más responsables” que el maquinista del tren siniestrado.
El juez que instruye el caso determinó que la causa directa que había desencadenado el accidente fue “el exceso de velocidad” del convoy pilotado por Garzón, quien conducía despistado al atender una llamada telefónica y tomó la curva a más velocidad de la debida.
No obstante, el magistrado encargado de instruir el caso admitió que “es evidente y no vamos a decir lo contrario” que la seguridad de la vía “podía ser mejor”. Por ello, los perjudicados por el descarrilamiento señalan a ADIF, responsable de la vía, además de la operadora ferroviaria, RENFE.
De hecho, en el auto al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL se recoge que podría haber “otras responsabilidades criminales de terceros por haber determinado o permitido una situación de riesgo de accidente”. Hace referencia aquí a los responsables que eliminaron el ERTMS (sistema europeo de gestión del tráfico ferroviario, en sus siglas en inglés) de la fatídica curva. En ella, el tren debía haber reducido de 200km/h a 80km/h. Y no lo hizo.
El tribunal provincial no se queda ahí, y también apunta a aquellos que decidieron desconectar el sistema que controla la velocidad dentro del tren debido a los problemas que solía ocasionar y que desencadenaban en continuos retrasos. Este otro ERTMS podía haber frenado el tren en caso de exceso de velocidad.
¿Era necesaria una evaluación de la línea 082?
En el auto en el que se ordena seguir investigando se explica que una de las incógnitas que deben ser resueltas es si existió, si era normativa y necesaria “una evaluación integral del riesgo en la línea 082” que tuviera en cuenta “la situación de peligro”.
Concretamente se refiere a la peligrosidad de la curva donde se produjo el accidente, la de A Grandeira, en el barrio de Angrois: “Se producía un riesgo de accidente por error humano de tal intensidad que, de haber sido evaluado, habría impuesto su minoración o eliminación.
El auto señala que la evaluación tiene una “relevancia causal” en el accidente y de haberse realizado “conforme a pautas técnicas” se podrían haber reducido: “Existen indicios de que el método aplicado por ADIF, tanto como pauta general como en el caso investigado, presenta carencias que determinaron que no se apreciara el riesgo realmente existente y que se transfiriera o exportara al personal de RENFE sin evaluarlo ni adoptar medidas para comprobar que el riesgo se mantenía en niveles tolerables”.
Informes periciales contradictorios
Los informes que realizaron los peritos sobre el accidente de julio de 2013 coincidían en que hubo deficiencias en la seguridad y en la señalización de la curva de A Grandeira, pero difirieron en el peso de cada uno de estos dos aspectos a la hora de la tragedia.
Uno de los peritos nombrado por el juzgado -y ajeno a la Administración- concluyó que si el ERTMS hubiese estado en funcionamiento no hubiese ocurrido el siniestro. Además, apuntó que ADIF no realizó las evaluaciones del lugar.
Juan Carlos Carballeira Rifón, ingeniero de Caminos, si bien detectó deficiencias en la señalización, aseguró que la causa principal del accidente fue la velocidad a la que iba el convoy en el tramo del desastre debido al despiste del maquinista.
Así, la Audiencia, en la parte dispositiva del auto, insta al juez a someter a contradicción a los informes periciales. Algo que, sumado al resto de incógnitas que se deben seguir investigando, dilatarán el cobro de las indemnizaciones por parte los afectados. Según un comunicado que ayer emitieron, esto último es secundario.