El 2 de abril de 2015, una ciudadana requirió, a través del Portal de Transparencia, que Radio Televisión Española (RTVE) le informara del coste de sus distintos canales de televisión. La sociedad estatal respondió que inadmitía la petición y se amparó en dos apartados de la Ley de Transparencia: uno que exime a los órganos del Estado de contestar si deben reelaborar la información, y otro que protege la información clave para sus intereses comerciales.
Veinte días después, la ciudadana recurrió al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) argumentando que conocer el coste de los canales no podía afectar la competencia en el sector audiovisual puesto que RTVE se financia con dinero público. Tras oír la posición de la sociedad estatal y analizar sus argumentos, el Consejo de Transparencia resolvió que no existía inconveniente para facilitar el dato del coste de los distintos canales. RTVE recurrió la decisión ante la Justicia.
Un año después, en abril de 2016, la juez Eva María Alfageme, titular del Juzgado Central Contencioso-Administrativo Nº 9, anuló y dejó sin efecto la resolución del Consejo, dándole la razón a RTVE. El Consejo recurrió el fallo a la sala de lo contencioso-administrativo (sección séptima) de la Audiencia Nacional, la cual desestimó su apelación el 24 de enero de 2017, aunque la decisión no se hizo pública hasta el 14 de febrero.
Reelaborar: una trinchera para la opacidad
El argumento clave en ambas decisiones judiciales ha sido la necesidad de reelaborar la información que la Ley de Transparencia recoge como eximente para que los organismos públicos no contesten. Para el Consejo de Transparencia, interesado en que esta excusa legal no se convierta en la trinchera de la opacidad del Estado, reelaborar supone reunir información que “se encuentra en diversas fuentes” y no todas ellas son competencia o están al alcance del órgano que debe responder.
Para la jueza Alfageme, en cambio, “reelaborar” significa volver a elaborar algo y en el presente caso, para poder suministrar la información solicitada “hay que elaborar una ‘contabilidad’ que no existe para cada uno de los canales”. “La información requerida -añade la magistrada- precisaría realizar nuevas operaciones de análisis, agregación e interpretación”.
No existe el derecho a pedir un informe
El ponente de la sala de la Audiencia Nacional, Javier López Candela, enriqueció la argumentación que favorecía la postura de RTVE. En su fallo, la sala, presidida por José Luis López-Muñiz e integrada además por los magistrados Begoña Fernández y Jaime Santos, sostuvo que la Ley de Transparencia ha venido a facilitar el derecho a la información sin acreditar un interés legítimo, pero esto “no puede ser confundido con el derecho a la confección de un informe por un órgano público a instancia de un particular”.
Para el ponente, detallar el coste de cada canal es un dato que se puede denegar porque “requiere una elaboración y tarea de confección (de la información) por no ser fácilmente asequible acceder a ella”. López Candela prosigue señalando que la ley no exige a RTVE que detalle en su contabilidad los costes por canal, “pudiendo existir costes comunes a los mismos, y costes de difícil concreción en la contabilidad de RTVE”.
Lo difícil se logró en tres semanas
Dadas estas enormes -y al parecer, insuperables- dificultades constatadas por los jueces para que RTVE revelara el coste por canal, lo que sucedió en la comisión mixta de control parlamentario de RTVE el 9 de marzo de 2017, tres semanas después del fallo, ha resultado sorprendente. Como recoge el diario de sesiones de las Cortes en su página 26, ante una pregunta de la senadora popular Marta Torrado de Castro, el presidente de RTVE, José Antonio Sánchez, desveló el coste de cada canal: La 1, 361,6 millones; La 2, 98,2 millones; Teledeporte, 35,3 millones; Clan, 26,8 millones, Canal 24 horas, 49,5 millones…
Sánchez dijo que el dato se había calculado “recientemente” a requerimiento de la Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC), regulador del sector audiovisual, y añadió que “en una actividad tan compleja y polifacética como la que desarrolla Radiotelevisión Española proporcionar datos desagregados o por actividad no siempre es una tarea sencilla, (y) requiere de un ingente esfuerzo que en muchas ocasiones no está justificado”.
Un cierto pasmo en la Audiencia Nacional es comprensible.