El Gobierno debate si activar el 155 el viernes o parar policialmente el 1-O
Rajoy tiene cinco días para decidir si pone en marcha la suspensión parcial y selectiva de la autonomía, que no es inmediata.
18 septiembre, 2017 02:38Noticias relacionadas
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La cuenta atrás llega a su fin y el Gobierno, a su encrucijada. El Ejecutivo tiene hasta el viernes, día de la reunión semanal del Consejo de Ministros, para decidir si activa el artículo 155 de la Constitución que evoca la suspensión total o parcial de la autonomía para combatir el referéndum de autodeterminación convocado por los independentistas para el 1 de octubre.
El Gobierno ha optado, por el momento, por centrarse en el plano judicial y dejar que sean los tribunales y la Fiscalía los que ordenen operaciones policiales como la incautación de material propagandístico. El viernes, Mariano Rajoy fue un paso más allá y decidió la intervención total de los pagos de la Generalitat para impedir la financiación del 1-O con fondos públicos.
Sin embargo, en el Ejecutivo son conscientes de que todas esas medidas no serán suficientes para impedir la celebración del referéndum, entre otros motivos porque la Generalitat ya contaba con ellas y mantiene en secreto elementos clave de los que dice disponer, como las urnas o las papeletas.
El plan inicial del Gobierno era permitir los mítines de la campaña del referéndum ilegal del 1-O y aplazar al final la intervención. "Hay que ir a la mayor, que es evitar el referéndum. Esa es la prioridad", explicaron fuentes de Moncloa. "Cuando actuemos será de una vez", aseguró otra voz del Ejecutivo a EL ESPAÑOL. El objetivo de la estrategia era doble: evitar altercados y problemas de orden público y no dar a los separatistas más argumentos para el victimismo. Esa idea original ha cambiado. Según las fuentes consultadas, si continúa la escalada de tensión en la calle, podrían verse obligados a cortar por lo sano antes de lo previsto.
El 155 y el apoyo de los demás partidos
La activación del artículo 155 de la Constitución pretendería ser el torniquete a esa creciente inestabilidad que se percibe desde el Gobierno. El Ejecutivo fue advertido por el PSOE a comienzos del verano de que no apoyaría la aplicación de ese artículo al considerarlo una medida desproporcionada, pero desde entonces, y a la luz de los acontecimientos, Pedro Sánchez ha dejado de descartarlo en público. El líder de la oposición mantiene un apoyo absoluto a los pasos del Ejecutivo, algo reiterado el domingo por su equipo a este periódico.
Ciudadanos ha asegurado en varias ocasiones que no es conveniente descartar ninguna herramienta. La puesta en marcha de ese artículo requiere una mayoría absoluta del Senado y el PP la tiene sin necesidad de recurrir a otros grupos, pero Rajoy ha considerado en las últimas semanas imprescindible ir de la mano de PSOE y Cs en cada decisión frente a los independentistas.
Para aplicarlo, cinco días como mínimo
Además, la aplicación del artículo 155, nunca antes empleado en España, no es inmediata. Requiere de unos plazos. El propio Ejecutivo estima que, si se apuran, podría ponerse en marcha como muy rápido en cinco días, algo que deja sin margen al Consejo de Ministros para esperar al último minuto. O el Gobierno decide utilizar el 155 esta semana o deberá optar por otros instrumentos legislativos, como la Ley de Seguridad Nacional o la acción de los propios tribunales.
No lo especifica el articulado, pero los juristas y expertos en Derecho constitucional entienden que el artículo 155 de la Carta Magna permite suspender total o parcialmente la autonomía de una comunidad. Es probablemente por lo segundo por lo que optaría Rajoy para limitarse a las actuaciones puntuales imprescindibles. De ese modo, el Ejecutivo confía en evitar la imagen de una respuesta desproporcionada que acabe siendo contraproducente.
Así son los trámites del 155
Si el Gobierno decide activar el artículo, deberá presentar ante el presidente del Senado, Pío García-Escudero (PP) un escrito "en el que se manifieste el contenido y alcance de las medidas propuestas", según indica el artículo 189 del reglamento de la cámara alta. También deberá remitirle una copia del requerimiento al president de la Generalitat, de que cumpla con la ley.
A partir de ahí, la Mesa de la Cámara Alta remitiría la petición a una comisión parlamentaria, la de Comunidades Autónomas o constituiría una compuesta por miembros de otras comisiones. Antes de emitir un dictamen y someterlo al pleno del Senado, el órgano parlamentario debería permitir hacer alegaciones a Puigdemont. Después, la mayoría absoluta de los senadores sería suficiente para tomar la decisión final.
A partir de entonces, Rajoy tendría el poder de adoptar directamente "las medidas necesarias" para "la protección del interés general" o para obligar a Puigdemont "al cumplimiento forzoso" de la ley. El Gobierno podría "dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas", según el texto constitucional.