A partir del 15 de mayo todos los viajeros que lleguen a España deberán cumplir una cuarentena de 14 días, independientemente de si son turistas extranjeros o ciudadanos con nacionalidad española que regresan al país, según una Orden del Ministerio de Sanidad publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado.
Estas personas deberán permanecer 14 días en su domicilio o alojamiento y solo se les permitirá salir con la obligación de usar mascarilla por tres motivos: compra de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad, asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios y por causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
España sigue así la estela de gran parte de sus vecinos europeos, que han establecido periodos de cuarentena de 14 días a los viajeros que entran en sus territorios. En nuestro país esta medida se ha venido aplicando a las autorizaciones excepcionales otorgadas para las repatriaciones de españoles y residentes en España procedentes de Italia. Ahora se hará con todo viajero internacional.
Sin embargo, habrá excepciones, ya que no se aplicarán estas medidas los trabajadores trasfronterizos, transportistas y las tripulaciones, así como los profesionales sanitarios que se dirijan a ejercer su actividad laboral, siempre que no hayan estado en contacto con personas diagnosticadas de Covid-19.
Principio de "prudencia"
Según el texto "la favorable evolución de la situación epidemiológica en nuestro país y el inicio de la desescalada hacen preciso reforzar las medidas de control", de tal forma que teniendo presente la distribución mundial del virus y "en base al principio de precaución", el Gobierno considera necesario aplicar a las personas que procedan del extranjero, "la necesidad de realizar una cuarentena durante 14 días".
Además de la obligación de permanecer en cuarentena y limitarse los desplazamientos para ir a centros sanitarios, comprar comida, fármacos o bienes de primera necesidad con mascarilla, el BOE establece la necesidad de mantener "todas las medidas de higiene y/o prevención" de la transmisión de la enfermedad, en especial a lo que se
refiere a contacto con convivientes.
Las autoridades sanitarias podrán contactar con las personas en cuarentena para realizar su seguimiento. En todo caso, ante la aparición de síntomas como fiebre, tos, dificultad respiratoria, malestar general u otros síntomas de caso sospechoso de Covid-19 las personas en cuarentena deberán contactar por teléfono con los servicios sanitarios mediante los números habilitados por las Comunidades Autónomas, indicando que se encuentran en cuarentena por proceder del extranjero.
Informar antes de vender billetes
Las agencias de viaje, los tour operadores y compañías de trasporte deberán
informar a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes con destino en el territorio español.
En el caso de aeronaves las compañías deberán facilitar el formulario de salud pública para localizar a los pasajeros (Passanger Location card), contemplado en el Anexo 9 sobre facilitación de la Convención Internacional de Aviación Civil, que deberá ser entrado por el viajero a la llegada a España.