El uso de mascarilllas es ya obligatorio en los espacios cerrados y en la vía pública, donde hasta ahora era posible escoger andar sin ella por la calle. Para que se cumpla esta norma que sale hoy publicada en el Boletín Oficial del Estado, el Ministerio del Interior ha establecido una serie de pautas a seguir para la Policía Nacional y la Guardia Civil en los primeros días de esta nueva medida. En caso de que el ciudadano se resistiera a llevarla, se le podría identificar por haber cometido una infracción grave. Y la multa podría superar con facilidad más de 1.000 euros.
La decisión la tomaron el lunes el Gobierno y las comunidades autónomas. El ministro de Sanidad, Salvador Illa, lo confirmó tras el Consejo de Ministros de este pasado martes. "Serán obligatorias como hasta ahora en el transporte público y también en espacios cerrados y en la vía pública, si no es posible garantizar la distancia mínima de seguridad de dos metros", ha informado la Secretaría de Estado de Comunicación.
¿Qué sucede si el ciudadano se niega a llevarla puesta para garantizar que no se reproduzcan situaciones donde pueda darse contagio social? Las indicaciones del Ministerio del Interior en relación a la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, son bastante claras al respecto.
Los primeros días, informan fuentes del ministerio, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad potenciarán la función pedagógica. De ese modo detendrán por la calle a aquellos que identifiquen sin la mascarilla protectora para advertirles de la nueva situación.
Cuando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tengan conocimiento de supuestos de incumplimiento de la Orden del Ministerio de Sanidad, requerirán a la persona que cometa ese incumplimiento que proceda a ponerse la mascarilla. Si esta persona decide no ponérsela, le instarán a que se retire a una zona en la que sea posible mantener la distancia de seguridad, clave para evitar que se propague el Covid-19, dado su elevado potencial de contagio.
Si el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se requerirá a la persona para que abandone dicho espacio. Habrá un primer aviso, en ese sentido.
Al segundo, si la persona no atienden al requerimiento, los agentes y fuerzas del orden podrán proceder a realizar una propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana. Este artículo establece lo que es una infracción grave, con multas que van de 601 a 30.000 euros. Los agentes identifican en ese caso al supuesto infractor, y hacen la correspondiente propuesta de sanción. Luego es la Delegació del Gobierno la que decide la cuantía de la multa a imponer.
Polémica sobre las mascarillas
Durante los dos últimos meses, la polémica sobre la conveniencia o no de utilizar las mascarillas ha sido constante, con múltiples contradicciones por parte de los representantes públicos del ejecutivo. Primero que sí, más tarde que no, y ahora definitivamente parece que resulta trascendental su uso. Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad, explicó que "hay grupos de población que no pueden usarla".
El experto le daba más importancia al respeto de la distancia social entre las personas de dos metros como mínimo. Consideró que esta medida debía pensarse con "mucho cuidado" porque puede generar "problemas importantes" en muchas personas y ha señalado que existen otros métodos que hay que tener en cuenta, como la distancia física.
"Ahora quizás tenemos que sobreactuar un poco para prevenir riesgos. Y eso es algo aceptable siempre", dijo, para remarcar que "la mejor mascarilla son dos metros de distancia".