Los indicadores de la pandemia vienen mejorando desde hace cuatro semanas, pero la mayoría de las comunidades autónomas continúan en alerta máxima, según un informe del propio Ministerio de Sanidad. Cantabria, Navarra, Andalucía, Murcia y las islas son los únicos territorios que presentan un nivel de alerta inferior. 

Las últimas declaraciones de las autoridades responsables apuntaron en esta misma dirección. El responsable de la cartera, Salvador Illa, indicó en varias ocasiones esta misma semana que las cifras “han mejorado” pero “siguen siendo preocupantes” o “no dan pie al optimismo sino a la prudencia”. En sus declaraciones, el ministro hacía alusión a uno de los indicadores que su departamento y las comunidades autónomas acordaron valorar para medir el riesgo: la incidencia acumulada en 14 días

Este valor refleja los casos por cada 100.000 habitantes detectados en ese lapso temporal y, según el último informe del Ministerio, en el conjunto del país es de 231,11, cerca de cinco veces superior al objetivo. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el ministro han reiterado en numerosas ocasiones que el propósito es situarlo por debajo de 50 incluso, en el caso más optimista, de 25.  

La incidencia acumulada ha sido el indicador de referencia, pero no es el único que establecieron el pasado 22 de octubre para clasificar el nivel de alerta y establecer las actuaciones para controlar la transmisión. "Es importante recalcar que ningún indicador por sí solo es capaz de dar una visión completa de la situación", constata Sanidad en el documento.

En concreto, la guía define cuatro niveles (siendo el 1 “bajo” y el 4 “muy alto”) y barema la alerta en base a criterios epidemiológicos y asistenciales. Un territorio está en riesgo extremo cuando registra, al menos, dos de los indicadores epidemiológicos (incidencia acumulada superior a 250 casos y a 150 para la población mayor 65 años, positividad del 15% o trazabilidad menor al 30%) y uno asistencial (25% de ocupación de UCI o 15% de camas convencionales por pacientes Covid).

Nivel 4

Todas las comunidades excepto Cantabria (nivel 3), Navarra (nivel 2), Andalucía (nivel 3), Murcia (nivel 3), Baleares (nivel 3) y Canarias (nivel 1) cumplen esta regla, según el informe que publicó el Ministerio el pasado 3 de diciembre con fecha de cierre el día 30, que también se desglosa por provincias. Lugo y Las Palmas son las únicas coloreadas con el tono más claro. 

En un nivel dos están Pontevedra, Málaga, A Coruña, Navarra, Badajoz, Ourense, Santa Cruz de Tenerife y Ceuta. Cuenca, Cádiz, León, Cantabria, Girona, Córdoba, Huelva, Almería, Barcelona, Sevilla, Guadalajara, Murcia, Baleares, Segovia, Madrid, Castellón y Ávila en el nivel tres y el resto, en el nivel más alto, el 4

La incidencia acumulada es superior a 250 casos por cada 100.000 habitantes en todas las comunidades autónomas menos Galicia, Madrid, Cataluña, Extremadura y Baleares. En el caso de la población mayor de 65, ninguna comunidad está por debajo de 150, el valor establecido para definir el riesgo extremo.

La positividad, es decir, la cantidad de PCR que dan positivo, es superior al 15% en Andalucía, Castilla-La Mancha, Valencia y Aragón y la trazabilidad, que marca de cuántos casos detectados se conoce el origen, menor de 30% en Cantabria y País Vasco.

En cuanto al criterio asistencial, superan el 15% de ocupación en planta Asturias y Castilla y León. En cuanto a las camas en Unidades de Cuidados Intensivos, están por debajo del 25% establecido Galicia, Cantabria, Navarra, Andalucía, Murcia y Baleares.

Actuaciones

En el documento acordado por las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad se recogen las "actuaciones de respuestas propuestas" para los niveles que van del 1 al 3, pero no para cuando una región se sitúan en riesgo extremo. 

"El nivel de alerta 4, además de las actuaciones del nivel 3, supondrá la toma de medidas excepcionales que podrán incluir restricciones adicionales. En el caso de que su adopción requiriera de la activación del mecanismo previsto en el artículo cuarto de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, el Presidente de la comunidad autónoma solicitará al Gobierno la declaración de estado de alarma, con arreglo a lo previsto en el artículo quinto de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio", especifica como única mención.