Fin del estado de alarma, ¿adiós al toque de queda y al cierre perimetral?
Si el 9 de mayo decae el estado de alarma dejarían de tener efecto medidas que restringen derechos fundamentales. ¿Fin de cierres y toque de queda?
7 abril, 2021 08:18Noticias relacionadas
"El objetivo del Gobierno es que, una vez vencido el 9 de mayo, no sea necesario prorrogar más el estado de alarma". Con esta afirmación, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este martes su deseo de no prorrogar el estado de alarma.
Su intención es que el domingo 9 de mayo se ponga "punto final" a esta medida, aunque poco después matizó sus palabras con un "espero no ampliarlo", si descartar por completo una prórroga, como ya piden algunas comunidades autónomas.
Si finalmente el estado de alarma decae el 9 de mayo, ¿qué ocurre con las actuales medidas? Diversos juristas advierten de que si esto ocurre, se pondrá fin a los cierres perimetrales entre comunidades autónomas, los confinamientos y el toque de queda, restricciones que afectan a los derechos fundamentales como la movilidad.
Toque de queda, bares...
En este punto, varios expertos apuntan que desde el 9 de mayo las comunidades autónomas, aunque se coordinen con Sanidad en el Consejo Interterritorial de Salud, sólo pueden adoptar medidas ordinarias por razones de salud pública, como la regulación de horarios en comercio y hostelería, pero siempre que no afecten a los derechos fundamentales.
Así, las comunidades autónomas serán las que, desde el 9 de mayo y como han hecho hasta ahora, las que decidan los horarios de cierre y apertura de todo tipo de establecimientos, desde bares y restaurantes hasta gimnasios, que en la actualidad están abiertos en todas las comunidades. Algunas de ellas, como Castilla y León, han cerrado los interiores, medida que pueden también poner en marcha aunque decaiga el estado de alarma.
Sin embargo, también hay que recordar que según el Tribunal Supremo en un auto del 23 de marzo, en una pandemia, ante el conflicto de los derechos fundamentales a la libertad de movimientos y el de la salud pública, ha considerado que la "mayor prudencia" y la "cautela" justifican apostar por "las mayores garantías de protección a la ciudadanía" dentro del Consejo Interterritorial de Salud.
Ley de Salud Pública de 1986
No obstante para situaciones graves existe la posibilidad de limitar derechos fundamentales pero sólo en casos muy definidos e individualizados a través de la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública de 1986.
Sin embargo, esta opción no es muy compartida entre los juristas ya que la redacción de esta ley es imprecisa y tiene un reducido alcance jurídico para limitar derechos tan importantes como la libertad de movimientos.
En su artículo 3 esta norma apunta que con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible.
Los expertos indican que con esta norma de 1986 podrían verse cierres perimetrales, pero serían de zonas sanitarias, barrios o como mucho de ciudades, nunca de toda una comunidad autónoma. Además, esos cierres que se adoptarían por decreto tendrían que contar con el aval de los tribunales
Fuentes del Tribunal Constitucional consultadas por Europa Press, que insisten en que, aunque es más complicado que existiendo un estado de alarma, las comunidades autónomas podrían adoptar algunas medidas con aprobación judicial, dadas sus competencias en sanidad.
Las restricciones de movilidad en todo caso se podrán llevar cuando acabe el estado de alarma al Consejo Interterritorial de Salud que, por ahora, se desconoce si tiene capacidad legal para restringir la movilidad.
Mascarilla
Si bien la regulación del uso de la mascarilla no está amparada por el estado de alarma, es una cuestión que este miércoles se abordará Consejo Interterritorial.
El Ministerio de Sanidad trasladará a las comunidades una propuesta para "modular" la obligatoriedad del uso de mascarillas que contempla la ley de nueva normalidad incluso cuando se puede mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, incluso en la playa o en el campo, algo que ha generado multitud de críticas.
Ante esto, la propuesta del Gobierno es que se pueda estar en el campo, la playa o la piscina sin mascarilla aunque sí habrá que llevarla durante los paseos en estos espacios.