El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) ha ratificado el Documento de Actuaciones de Respuesta Coordinada para el Control de la Transmisión de la Covid-19 que, a partir de ahora, será vinculante y obligará a las comunidades autónomas a tomar decisiones según su situación epidemiológica.
Dicho de otro modo, las restricciones de apertura de bares o restaurantes que hasta ahora eran voluntarias y se decidían en el seno de cada autonomía, serán obligatorias para todas las comunidades autónomas.
A esta medida han votado en contra 6 regiones: Madrid, País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía y Murcia. Todas ellas alegan que cumplirán únicamente las medidas aprobadas por sus equipos epidemiológicos pues son "quienes tienen competencia en Salud Pública". También se han abstenido del documento Castilla y León y la Ciudad Autónoma de Melilla.
Entre las medidas aprobadas por este documento, se incluye la apertura de bares y discotecas en aquellas regiones que estén en nivel de alerta 1 o 2 y la celebración de eventos multitudinarios.
En estos momentos, la Comunidad de Madrid está en fase de alerta 3 junto con Aragón, País Vasco y La Rioja. De este modo, si alguna de estas regiones tenía el interior de sus bares o sus discotecas abiertas, deberá de cerrarlas.
Publicado en el BOE
Así lo ha confirmado la ministra de Sanidad, Carolina Darias, en la rueda de prensa posterior al CISNS. De esta forma, se permitirá abrir las discotecas y locales de ocio nocturno siempre que la comunidad autónoma esté en nivel de alerta 1 o 2. Es decir, en las fases más leves de transmisión del coronavirus.
Darias ha insistido en que 12 regiones han formado parte del grupo de trabajo que ha elaborado este documento y que se ha aprobado "por mayoría". "El documento es de obligado cumplimiento y se publicará en el BOE".
Como adelantó este martes EL ESPAÑOL, se eliminan así las restricciones por las cuales el ocio nocturno estaba prohibido en España desde hace más de un año. Dicho de otra forma, si la comunidad de autónoma está en un nivel de alerta 1, la discoteca podrá abrir con un aforo máximo del 50% en el interior del local, aunque las terrazas al aire libre podrán ocuparse en su totalidad.
Las mesas tendrán un límite de seis personas en el interior y de 10 en el exterior y el horario de cierre será como máximo a las 3 de la mañana. Esto supone una modificación respecto al borrador inicial remitido a Salud Pública este martes que hablaba de las 2 a.m.
"Se ha establecido un margen de hasta las 3 a.m en aquellas comunidades que no tengan riesgo o sea de nivel 1. Es una modificación que se ha hecho en el consejo de hoy", ha explicado Darias.
Cuando la situación epidemiológica se complique y la comunidad pase al nivel de alerta 2, el aforo máximo podrá ser de un tercio en interiores. Aun así, el documento preliminar da opción a la región a decidir sobre las restricciones en esta fase.
En este documento de "nueva normalidad", también se establecen otras cuestiones, cerrar los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, así como en los bares y restaurantes de playa, a la 1.00 a.m. y prohibir fumar en espacios al aire libre siempre y cuando no se mantengan los dos metros de distancia.
Con este documento de obligado cumplimiento, que se publicará en el BOE, se permite abrir la totalidad de las terrazas y las barras de los bares (siempre que se mantenga la distancia de 1,5 metros entre mesas).
Niveles de alerta
Hay que recordar que, según el citado documento, estarán en nivel de alerta 1 aquellos municipios o regiones donde la incidencia acumulada (IA) a 14 días sea menor a 50 casos por cada 100.000 habitantes, la ocupación de las camas UCI no supere el 5% y las camas de planta el 10%.
Por el contrario, la fase 2 incrementa estos parámetros. La IA deberá ser de un máximo de 150 casos por cada 100.000 habitantes, el porcentaje de camas de UCI ocupadas no superar el 10% y el 15% en planta.
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