El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una reforma del reglamento de extranjería que simplifica los trámites y plazos para que los menores extranjeros no acompañados (conocidos como menas) puedan obtener el permiso de trabajo al cumplir los 16 años.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que dirige José Luis Escrivá, estima que esta reforma beneficiará a corto plazo a 15.000 inmigrantes irregulares para que puedan incorporarse al mercado de trabajo: 7.000 menores no acompañados y otros 8.000 jóvenes, que entraron en España como menas, y que hoy tienen entre 18 y 23 años.
A preguntas de EL ESPAÑOL, fuentes oficiales del Ministerio eluden comentar los problemas de inseguridad ciudadana que grupos de menas han protagonizado durante los últimos meses en grandes ciudades como Madrid, Barcelona o Bilbao.
En su lugar, subrayan que la reforma aprobada permitirá sacar a los menores no acompañados del "limbo legal" en el que se encuentran y contribuirá a "reducir las bolsas de marginalidad, empleo irregular y exclusión social".
El 'efecto llamada'
El equipo del ministro Escrivá descarta que esta medida pueda provocar un "efecto llamada". Al respecto, fuentes del Ministerio destacan que en 2020 sólo llegaron a España 3.300 menas (en el año de la pandemia y con la movilidad restringida), menos de la mitad de los 7.500 llegados en 2018.
Precisamente en aquel ejercicio, 2020, el Gobierno aprobó un Real Decreto que ha servido de precedente para la actual reforma: el Real Decreto 19/2020 permitió a los jóvenes extranjeros extutelados en centros de menores trabajar en el sector agrario, con un permiso temporal de trabajo y residencia de dos años.
El resultado fue la incorporación de 466 jóvenes extranjeros al sector agrario, que estaba especialmente necesitado de mano de obra a causa de la pandemia. El 70% de ellos hoy siguen dados de alta en la Seguridad Social. En muchos casos han transitado a otras ramas de actividad, como la construcción, la hostelería, la industria o el comercio.
El Ministerio de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social confía que el éxito de esta medida se traslade ahora a la totalidad de los menas que se encuentran en centros oficiales gestionados por las comunidades autónomas.
Atrapados en Ceuta
En cambio, las mismas fuentes eluden aclarar si la reforma aprobada este martes será aplicable a los 800 menores que se encuentran en Ceuta, y cuya devolución a Marruecos ha sido paralizada por la Justicia.
La avalancha migratoria provocada por el régimen de Rabat el pasado mes de mayo, como represalia por la entrada del líder polisario Brahim Ghali en España, obligó al Ministerio de Escrivá a aprobar una inversión extraordinaria de 13 millones de euros para atender a estos menores en Ceuta.
La legislación actual hacía casi imposible que los menas puedan comenzar a trabajar en España al cumplir la edad legal de 16 años. Para obtener el permiso temporal de residencia y trabajo se les exigía aportar un contrato laboral de al menos un año y acreditar unos ingresos mínimos de 525 euros (y de 2.500 euros al mes, para obtener la segunda renovación).
Además, deben obtener un certificado de imposibilidad de devolución a su país. Este trámite se prolonga durante nueve meses, desde el momento en el que el menor es tutelado por la Administración en España.
Cambio en el borrador
La reforma aprobada ahora por el Consejo de Ministros reduce este plazo a sólo tres meses. Aunque han existido fricciones entre los distintos ministerios. El equipo de José Luis Escrivá quería reducir este trámite a tan sólo 15 días, pero finalmente se ha impuesto el criterio del titular de Interior, Fernando Grande-Marlaska, que estable el plazo en tres meses.
Respaldado por el Consejo de Estado, Marlaska también ha impuesto que el reglamento se ajuste a lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica 4/2000, según el cual no se podrá conceder el permiso de residencia y trabajo a los antiguos menas que, tras cumplir los 18 años, tengan antecedentes penales.
Con todo, fuentes oficiales del Ministerio de Inclusión destacan que el reglamento aprobado este martes se ha enriquecido gracias a las aportaciones realizadas por los ministerios de Exteriores e Interior, y por los gobiernos de 11 comunidades autónomas, incluidas varias del PP.
La reforma suaviza otros requisitos que hasta ahora debían cumplir los menores no acompañados, para obtener el permiso de residencia y trabajo. Ya no se exigirá un acta notarial emitida por el consulado de su país de origen. En su lugar, se aportará un informe emitido por los servicios de protección de menores de la Comunidad autónoma en la que reside.
La autorización inicial de residencia y trabajo tendrá una vigencia de dos años (hasta ahora era de sólo un año) y las renovaciones posteriores serán por períodos de tres años. Los permisos se podrán tramitar de forma telemática, de una forma más ágil que en la actualidad.
La reforma aprobada por el Consejo de Ministros modifica los artículos 196, 197 y 198 del Reglamento de Extranjería, e incorpora una disposición transitoria para los jóvenes que entraron en España como menas, y que hoy tienen entre 18 y 23 años. El BOE publicará este miércoles el texto legal, que entrará en vigor en 20 días.
Noticias relacionadas
O gestiona tu suscripción con Google
¿Qué incluye tu suscripción?
- +Acceso limitado a todo el contenido
- +Navega sin publicidad intrusiva
- +La Primera del Domingo
- +Newsletters informativas
- +Revistas Spain media
- +Zona Ñ
- +La Edición
- +Eventos