El anteproyecto de la Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales, impulsado por la ministra de Unidas Podemos Ione Belarra, prohíbe la cría doméstica de cualquier mascota, prevé entre 500 y 10.000 euros de multa si estas procrean, y obliga a esterilizar a todos los gatos. Así consta en la redacción íntegra de la norma, un texto al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.
En caso de aprobarse en el Parlamento la ley que propone el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2023, la prohibición de criar afectará a todos los particulares, a excepción de aquellos que se den de alta en el denominado "Registro de Criadores de Animales de Compañía".
Solo los que lo hagan quedarían exentos de esta polémica medida, que afectaría por completo a la tradicional cría en las casas de animales domésticos -como perros, gatos, pájaros y otras especies-. La práctica está particularmente extendida en entornos rurales.
La medida se encuentra recogida expresamente en el artículo 27 del anteproyecto de ley: "Quedan expresamente prohibidas las siguientes actividades sobre animales de compañía", advierte el mismo. En su apartado "k" especifica que queda prohibida "la cría de cualquier especie de animal de compañía por criadores no inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía".
¿Y qué ocurre si un dueño -o su mascota, siguiendo su instinto- desobedece a esta prohibición? El artículo 81 de la norma enmarca como "infracciones leves" aquellas conductas que, "por acción u omisión, conlleven la inobservancia de las prohibiciones y obligaciones establecidas en esta ley", como es el caso de la cría doméstica.
A continuación, el artículo 84 precisa que "las infracciones previstas en esta ley se sancionarán", en el caso de las "infracciones leves", con "apercibimiento o multa de quinientos a diez mil euros". A su vez, el anteproyecto detalla que, en caso de incurrir más de dos veces en una infracción leve, la misma pasará a considerarse grave, con sanciones previstas "de diez mil uno a cincuenta mil euros".
En esta misma línea, el artículo 26 del anteproyecto, donde se especifican las "obligaciones específicas con respecto a los animales de compañía", contempla en su apartado "i" la obligación de "identificar mediante microchip y proceder a la esterilización quirúrgica de todos los gatos antes de los seis meses de edad".
De nuevo, con una excepción, a de aquellos gatos "inscritos en el registro de identificación como reproductores y a nombre de un criador registrado en el Registro de Criadores de animales de compañía".
"Evitar la reproducción"
Los gatos son el único animal cuya esterilización obligatoria consta en el artículo 26. La obligación para el resto de especies es más ambigua: "Adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía", precisa el apartado "d", que insiste de nuevo en que "la cría solo podrá ser llevada a cabo por personas responsables de la actividad de la cría de animales de compañía".
La prohibición de criar mascotas no es el único aspecto controvertido del anteproyecto de ley. El mismo también contempla la creación de un "listado positivo de animales de compañía". Se trata de un catálogo donde constarán las especies legales mascotas. En caso de aprobarse esta norma en el Congreso de los Diputados, las que no figuren en tal compendio serán ilegales, y deberán ser incautadas para su conservación en zoológicos o acuarios.
Así lo alertó a este periódico el presidente de la Asociación Ibérica de Zoológicos y Acuarios (AIZA), Javier Almunia, tras analizar la propuesta del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2023. A su juicio, tal circunstancia puede generar dos problemas: la ausencia en la lista de animales silvestres que sí puedan ser susceptibles de habitar en las casas y la saturación de los espacios a los que nos los envíen.
"En caso de aplicarse esta norma, España puede ser el primer país de Europa con un listado de los animales que se pueden tener", expuso. Según considera, tal operativa es "controvertida", ya que el olvido de especies en esta lista convertirá su tenencia en irregular. Además, este delicado listado lo debería elaborar un ministerio no experto en animales, como es el de Derechos Sociales. "Quizá habría sido más sencillo realizar un listado negativo, con los animales que no se pueden tener en las casas", argumenta.
Por lo que respecta a la posible saturación de los centros, Almunia subrayó que "en el artículo 32.5 se menciona que las autoridades competentes podrán poner a disposición de los zoos animales silvestres incautados, pero no se establece ningún tipo de mecanismo por el cual pueda modularse la aceptación de dichos animales".
"Como ya se argumentó a los técnicos de la Dirección General de Derechos de los Animales, esto podría suponer la intervención de muchos ejemplares de animales silvestres que actualmente mantienen los ciudadanos en sus domicilios particulares (iguanas, serpientes, loros, pequeños mamíferos, etc.) y una avalancha de estos animales hacia los zoos", anticipó el directivo.
Almunia afeó además que "el artículo propone sin más que los zoos sean centros de mantenimiento de especies incautadas, sin poner límites, y exponiéndoles a una superpoblación que podría afectar a su capacidad de trabajo en la conservación (exigida por la Directiva 1999/22/CE y la Ley 31/2003)".
Además, opina que "la sobrepoblación de los zoos y acuarios con especies incautadas sin valor para la conservación detraería recursos (espacio, fondos, personal, etc.) que deben dedicarse a las especies con problemas de conservación a nivel global y regional".
"Para ser depositarios de animales incautados, los zoos y acuarios han de poder garantizar que disponen de espacio adecuado para cada especie, y que le podrán dispensar el cuidado necesario para garantizar su bienestar", advierte. A su juicio, los zoos y acuarios deberían "colaborar con las autoridades voluntariamente, siempre que dispongan espacio y recursos adecuados y suficientes".
Seguro obligatorio
Por otra parte, la Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales, entre otras muchas cosas, establece que a partir de ahora los españoles tendrán que contratar un seguro para todos los tipos de perro. No era obligatorio todavía a nivel nacional, pero sí en dos comunidades –en concreto, Madrid y País Vasco– donde los dueños deben contar con una póliza de responsabilidad civil, según la Ley 4/2016 de Protección de Compañía de la Comunidad de Madrid, independientemente de la raza.
Esta obligatoriedad puesta en marcha por Ione Belarra en su ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 le supondrá a los españoles pagar 245 millones al año (si se tiene en cuenta que hay siete millones de perros, según la Asociación Nacional de Fabricantes de Animales de Alimentos de Compañía, y cada uno de ellos tendrá que pagar como mínimo 25 euros).
La Ley también obligará a los dueños de perros a la realización "previamente de un curso (gratuito) de formación acreditado para la tenencia de perros, cuyo contenido se determinará reglamentariamente". Por el momento, se desconoce cómo será esa preparación para tener un can o quién impartirá los cursos. Lo que parece seguro es que será un trámite sencillo, que el dueño podrá cumplir incluso por internet.
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