La Audiencia Nacional acaba de admitir a trámite una demanda contra el Ministerio del Interior por otorgar de nuevo a siete mandos policiales medallas pensionadas que habían sido revocadas previamente por la Justicia.
El departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska sorteaba así, proponiendo de nuevo a los mandos policiales para la misma recompensa, las sentencias que anularon la concesión de las Medallas de Plata a los citados comisarios jubilados.
La justicia admite ahora la demanda presentada por el sindicato JUPOL, mayoritario en el seno de la Policía Nacional, para dirimir si es preciso impugnar nuevamente la concesión de ese distintivo, que lleva asociada una pensión vitalicia equivalente al 15% del sueldo base del funcionario en el momento de su concesión.
El auto del juez de la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, tiene fecha del pasado 6 de octubre. El magistrado asegura que "procede la admisión a trámite", y ordena a Interior que le remita el expediente administrativo en el que justificaba la concesión de las condecoraciones. A su vez ha fijado la vista, citando a las partes para la mañana del próximo 15 de diciembre.
Hace unos meses, los juzgados centrales de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional anularon la concesión de ese galardón policial. La resolución judicial determinaba que la Dirección General de la Policía no había respetado el procedimiento, y que tampoco había detallado con precisión los méritos que hacían a esos siete comisarios merecedores de tal reconocimiento.
Sin embargo, tras esas resoluciones judiciales, Interior decidía volver a proponer esos siete nombres para la misma medalla. JUPOL calificó como "una vergüenza" y "una falta de respeto" la decisión: "Interior pretende reírse de la Justicia". La Confederación Española de Policía (CEP) definió la actuación de Marlaska como un "atajo" para eludir el "freno" de la justicia, que había anulado esas distinciones. También la CEP acudió de nuevo a los tribunales para denunciar los hechos.
Medallas
La sentencia judicial que revocaba el premio al mérito policial para esos mandos argumentaba que Interior no había justificado sus razones para la condecoración: no habían detallado los méritos que marca la ley en los expedientes de cada comisario.
Los galardonados no cumplían los requisitos para recibir una distinción tan relevante como esta, reservada por ley en principio para "muertos en acto de servicio", mutilados o heridos graves, encargados de dirigir un servicio de "trascendental importancia", que redunde en el prestigio de la Policía o quienes hayan demostrado "méritos de carácter extraordinario" o "una actuación ejemplar" que destaque "por su valor, capacidad o eficacia reiterada en el cumplimiento de importantes servicios". De acuerdo con los expedientes de propuesta, los siete comisarios recibieron esta Medalla de Plata por su trayectoria profesional.
La resolución establecía que no constaba "documentada la fundamentación de las propuestas". Que en ellas se había omitido "toda referencia a las razones concretas e individualizadas que acreditarían que los premiados reúnen los méritos que la Ley exige".
Aquella resolución indicaba que Interior tampoco había dado a los sindicatos la posibilidad de presentar alegaciones, tal y como prevé la norma. En su sentencia, el juez razonaba que "la regla general en cualquier procedimiento administrativo exige conceder el trámite de audiencia a los interesados antes de dictar la oportuna resolución, a fin de que conozcan los detalles de su instrucción y puedan formular sus alegaciones". Pero los sindicatos no fueron recibidos para valorar las condecoraciones a lo largo de todo el proceso.
El magistrado citaba como argumento una sentencia previa, de enero de 2022. En ella se reprochaba el defecto que supone que la Ley 5/1964 "suponga una carta blanca" para Interior, ya que "la finalidad de la actuación de la Administración es que sea conforme al interés público".
"Nos dan la razón"
El juez entendía que esta omisión atentaba contra el derecho a la libertad sindical. Y "ha sido relevante (...) porque estamos ante un procedimiento que no es meramente bilateral entre la Administración y los funcionarios directamente concernidos, sino que afecta a todos los funcionarios potencialmente acreedores de tales condecoraciones, cuyos derechos e intereses están representados por las organizaciones sindicales que, ejerciendo su función, deben velar para que se garantice la máxima transparencia y objetividad en la concesión de los honores y condecoraciones a los que el resto de funcionarios pueden aspirar".
Por todo ello, el juez considera que el Ministerio del Interior no reconoció el derecho que, indirectamente, tienen los policías a participar en el proceso de concesión de las medallas. "Esta omisión, por sí sola, hace nulos los nombramientos".
La apertura de procedimiento judicial para la retirada de las medallas ha sido celebrada por quienes interpusieron la querella. "La Justicia ya nos ha dado la razón en una ocasión", dicen en JUPOL. "Seguiremos acudiendo a la misma las veces que haga falta para que se cumpla con las sentencias judiciales".