La Fiscalía Anticorrupción es contundente en el escrito de seis folios que ha notificado ante la Audiencia Provincial de Sevilla para que el expresidente de la Junta José Antonio Griñán y los otros ocho ex altos cargos condenados entren de inmediato en prisión para cumplir sus penas por el caso ERE.
Tanto es así que en su primer argumento cita un auto dictado en 1998 por el Tribunal Supremo especialmente significativo. Se trata de la resolución de la Sala Penal que rechazó suspender la entrada en la cárcel del exministro del Interior socialista José Barrionuevo y del exsecretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera por el secuestro de Segundo Marey, primera acción reivindicada por los GAL. Ambos formaban parte del Gobierno de Felipe González.
Tanto Vera como Barrionuevo fueron condenados por su vinculación con este secuestro. Esta sentencia, confirmada dos años después por el Constitucional, afirmaba que ambos eran los máximos responsables de los Grupos Antiterroristas de Liberación.
Ambos, junto a ochos condenados más, también solicitaron el indulto en su momento, y, sobre esa base, pidieron al Supremo no entrar en prisión. Tuvieron que hacerlo porque la Sala Penal denegó la suspensión de la pena. Aquello ocurrió en septiembre de 1998 y en diciembre de ese mismo año fueron indultados de manera parcial, ya con José María Aznar en el Gobierno.
El expresidente González ha sido uno de los máximos defensores de Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en privado y en público, y en su momento también apoyó a Vera y Barrionuevo.
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Salvando las distancias con el caso ERE, que son muchas, la batalla procesal para intentar eludir el cumplimiento de las penas de cárcel guarda similitudes. Y por ello Anticorrupción ha recurrido a ese precedente que, significativamente, también comprometía a altos cargos socialistas.
La Fiscalía reproduce, de hecho, la resolución que denegó la suspensión de la condena a Vera y Barrinuevo. En ella, el alto tribunal destacaba que en un Estado de Derecho "las sentencias claman por ser cumplidas como exigencia implícita a la eficacia de la tutela judicial". Y eso mismo argumenta ahora el Ministerio Fiscal para Griñán.
La Fiscalía recuerda al artículo 4.4 del Código Penal, que permite suspender la ejecución de una pena cuando se ha presentado una petición de indulto.
En su día, el Supremo explicó que esa facultad sólo puede ser utilizada en casos "muy concretos", cuando las especiales circunstancias concurrentes así lo exijan de modo evidente.
Sobre el indulto concretamente, tanto Anticorrupción como el TS coinciden en que "las respectivas penas son lo suficientemente largas" como para estimar que la eventual concesión de indulto "no sea ilusoria".
Es decir, que si en los próximos meses el Gobierno concede la medida de gracia, en ningún caso habrían cumplido las condenas, de entre seis y siete años de prisión.
"La igualdad ante la ley"
Entre otros argumentos, también la delegación en Sevilla de la Fiscalía Anticorrupción se agarra a la sentencia del Supremo sobre los ERE y a la naturaleza de los delitos cometidos. "La corrupción política y administrativa y la desviación de poder son incompatibles con un Estado democrático de derecho", subraya el representante del Ministerio Público.
Para Anticorrupción, deben prevalecer principios como "la igualdad ante la ley, el control del poder público, la imparcialidad y la corrección en la actuación administrativa". Todo lo que, según el Supremo, falto en los expedientes de los ERE.
Con estos argumentos la Fiscalía se muestra contraria a las tesis esgrimidas por dirigentes socialistas, entre ellos el propio Pedro Sánchez, que defendió a Griñán y a Manuel Chaves alegando que "pagaban justos por pecadores" y que "no hubo enriquecimiento personal".
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"Estamos ante una forma más de 'corrupción política' cuando analiza la tipicidad de la malversación", dice el informe de la Fiscalía.
Por último, tampoco considera que el incidente de nulidad de la sentencia del Supremo presentado por las defensas sea motivo para aplazar el cumplimiento de la pena, al no tener previsto "una tramitación excepcional de suspensión".
Quienes sí están ya cumpliendo sus condenas son los seis ex altos cargos socialistas con penas de inhabilitación, entre ellos Manuel Chaves.
La postura del PP
24 días ha tardado el Ministerio Fiscal en notificar su informe después de que la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla le pidiera el pronunciamiento. Aunque la decisión de la Fiscalía no es vinculante, sí suele tenerse en consideración.
A principios de la próxima semana presentará su escrito la acusación particular, que ejercen los populares. Precisamente, el PP estaba esperando a que la Fiscalía se pronunciara para hacerlo, aunque su posición siempre ha sido clara: "Las sentencias están para cumplirse", dijo el secretario general del PP andaluz, Antonio Repullo, cuando el Supremo confirmó el fallo.
Una vez escuchadas las partes, la Audiencia deberá decidir sobre el futuro del expresidente andaluz y los demás condenados a prisión. Para ello no cuenta con ningún plazo establecido, pero según fuentes judiciales consultadas, podría tomar una decisión este mismo mes de noviembre.
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