Los 5 motivos por los que la Justicia británica tumba la demanda de Corinna contra Juan Carlos I
La juez Rowena Collins Rice determina que el Tribunal Superior de Inglaterra y Gales no es competente para juzgar a Juan Carlos I.
7 octubre, 2023 03:26La decisión de la Justicia británica de desestimar la demanda presentada por Corinna Larsen contra Juan Carlos I cierra el último capítulo de los escándalos que han rodeado al Emérito y allana el camino para que pueda volver a instalarse en España.
Un deseo que no han ocultado este viernes los portavoces del exjefe del Estado: "Se ha hecho justicia", señala el comunicado difundido por su despacho de abogados, "la decisión de hoy establece las condiciones necesarias para futuras apariciones públicas".
La aristócrata y empresaria alemana, de 59 años, acusaba a Juan Carlos I de haberla sometido a una constante operación de hostigamiento (con acoso, amenazas, seguimientos ilegales y campañas de descrédito) desde la ruptura de la relación sentimental entre ambos, en 2012, tras la cacería de Botsuana.
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Por este motivo, Corinna reclamaba a Don Juan Carlos una indemnización de 126 millones de libras (154 millones de euros) en concepto de daños y perjuicios, para compensar los gastos que ha tenido que asumir, alegaba, en tratamientos médicos de salud mental, servicios de seguridad, personal de protección y pérdidas económicas de sus negocios en EEUU y Suiza.
Corinna Larsen calificó este viernes de "desalentadora" la resolución judicial, que aún tiene la posibilidad de recurrir ante el Tribunal de Apelación: "Juan Carlos ha desplegado todo su arsenal para desgastarme, el alcance de su poder es inmenso", señaló en una nota difundida ante la prensa, "la intimidación y el acoso hacia mí y mis hijos continúan y tienen como objetivo destruirme". Estos son los motivos por los que no ha prosperado su demanda:
1. Sin jurisdicción
La juez Rowena Collins Rice ha resuelto que el Tribunal Superior de Inglaterra y Gales no es competente para tomar declaración ni para juzgar a Juan Carlos I por una cuestión jurisdiccional.
La magistrada asume así el argumento expuesto por la defensa del Emérito: Corinna presentó su demanda en 2020, en el período de transición tras el Brexit, cuando todavía era aplicable en el Reino Unido el artículo 4 de la regulación de la UE sobre jurisdicción. Este principio establece que la demanda debía haber sido presentada en el lugar de residencia de Don Juan Carlos, que en ese momento era España.
2. No acreditó acoso en Reino Unido
La legislación británica habría permitido aplicar una excepción a este principio, si Corinna hubiera demostrado que sufrió el acoso del Rey Emérito en el Reino Unido, pero no ha ocurrido así a juicio de la magistrada Rowena Collins Rice.
La resolución judicial confirma que Corinna mantuvo encuentros y conversaciones telefónicas con Juan Carlos I en su mansión de Londres, pero la juez no considera probado el acoso en estas situaciones. La aristócrata también denunció la ruptura de un cristal de su vivienda, como una forma de intimidación, pero sin poder acreditar que el Emérito estuviera tras este hecho.
Por lo demás, la demanda relataba actuaciones supuestamente delictivas en España (sostenía que el Emérito instigó una campaña de prensa para desacreditarla), Mónaco (el asalto a su apartamento en junio de 2012) y otros países como Abu Dabi, Arabia Saudí y Suiza.
3. La inmunidad del Rey
La estrategia judicial de Corinna sufrió su primer revés el pasado mes de diciembre, cuando el Tribunal de Apelaciones determinó que, en su condición de Rey y jefe del Estado, Juan Carlos I tenía inmunidad hasta que abdicó, en junio de 2014.
Esto impidió que la Justicia examinara hechos relatados en la demanda como la reunión celebrada el 5 de mayo de 2012 en un hotel de Londres, en la que Corinna asegura haber sufrido amenazas del general Félix Sanz Roldán, entonces director del CNI.
4. Apartó al CNI del caso
Los letrados de Corinna Larsen modificaron en agosto de 2022 su demanda y retiraron del escrito cualquier alusión al Centro Nacional de Inteligencia (CNI). El objetivo de esta maniobra habría sido evitar que la Justicia responsabilizara al Estado español de determinadas situaciones de acoso sufridas.
En un inicio, Corinna había atribuido a una operación de los servicios secretos españoles la entrada y registro en su apartamento de Mónaco, supuestamente para arrebatarle documentos comprometedores sobre las actividades económicas de Don Juan Carlos. La aristócrata también atribuía al CNI los seguimientos y las escuchas ilegales que habría sufrido durante años. Pero una vez eliminado el CNI del relato, resultaba más difícil responsabilizar de estos hechos al exjefe del Estado.
5. Un relato "inconsistente"
Para restar credibilidad a la denuncia de Corinna, la defensa de Don Juan Carlos recordó que, tras su abdicación en junio de 2014, la aristócrata alemana difundió un comunicado en el que lo presentaba como "un hombre de una profunda humanidad y valentía, un leal y siempre atento amigo".
Los elogios llegaban a la desmesura: llegó a calificar al exjefe del Estado como "un gigante de la Historia" en su nota. Algo que resulta difícilmente compatible con el relato de su demanda, según la cual ya en ese momento Corinna llevaba dos años sufriendo una feroz campaña de acoso por parte del Emérito.
Algo que ha llevado a la juez Rowena Collins Rice a considerar que la demanda de la empresaria carece de "claridad, coherencia y consistencia". Al respecto, la juez alude a lo referido por Corinna sobre los 65 millones de euros que Juan Carlos le "regaló" en 2012, a través de la Fundación Lucum, con sede en Panamá.
En su demanda, Corinna sostenía que Don Juan Carlos la acusó falsamente de haberse quedado con estos 65 millones de euros. Pero la juez constata que la afirmación del Emérito es cierta, ya que su examante, efectivamente, se quedó con este dinero.