Cuando le descubrieron, su cara circuló durante días por los canales y los foros más utilizados por los radicales afines al separatismo en Cataluña. Representantes de partidos como ERC, Junts o la CUP pidieron explicaciones al ministro Fernando Grande-Marlaska al conocerse la noticia. Un agente encubierto en círculos del activismo nacionalista catalán había mantenido relaciones durante los últimos años con hasta 8 mujeres diferentes. 

Todas ellas le denunciaron, pero ahora el juez ha rechazado las 8 querellas al no apreciar agresión sexual ni los otros delitos que esas mujeres le imputaban al policía infiltrado. 

El auto ha sido dictado por el titular del Juzgado de Instrucción nº21 de Barcelona. En él se resuelve no admitir la querella interpuesta por 8 mujeres por los presuntos delitos de agresión sexual, torturas, contra la integridad moral, revelación y descubrimiento de secretos y contra el ejercicio de los derechos cívicos

El juez ha resuelto, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, que los hechos no fueron "constitutivos de delito". "No cabe duda", reza el auto, "de que existió consentimiento de las querellantes para mantener relaciones sexuales".

Esas relaciones "se mantuvieron en el tiempo, sin que existiera sospecha de una posible violencia, intimidación, o incluso una situación de abuso de superioridad que permitiera advertir una subyugación de la víctima".

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Para el juez no hubo situación de "sometimiento" según la cual las presuntas víctimas fueron obligadas a participar en los actos sexuales. "Ellas mismas, en la creencia de que mantenían relaciones de carácter afectivo-sexual con un hombre de ideas políticas similares a las propias, participaron en ellas libremente, con independencia de que, con posterioridad, al descubrir la supuesta y verdadera identidad del querellado, se sintieran engañadas".

Sentencia

"No existe un acto claro e inequívoco de carácter vejatorio, ya que las relaciones sexuales se llevaron a cabo en un contexto de igualdad, sin la concurrencia de un carácter humillante, independientemente de que (las afectadas) se sientan así en la actualidad", continúa.

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Sobre el delito de torturas y contra la integridad moral, el instructor sostiene que el agente no pudo abusar de su condición de agente de la autoridad porque las mujeres no sabían que era policía.

Por tanto, el infiltrado no pudo utilizar su profesión para "presionar a las querellantes a realizar actos de carácter sexual para obtener información relevante". Eso sí habría sido delictivo, precisa el juez, pero en este caso "accedieron voluntariamente a su realización".

Según la denuncia de las 8 mujeres, el agente infiltrado se intentaba mostrar como "un hombre trabajado o de nueva masculinidad, que pretendía tener relaciones igualitarias y cuidadas, un tipo de relación que se adecuaba con la ideología de las militantes que había de seducir".