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España NOCHEVIEJA EN FERRAZ

El PSOE pide identificar a todos los impulsores de las 'uvas en Ferraz' donde se 'apaleó' a Sánchez

Los socialistas consideran que podría tratarse de un delito de odio y fuentes fiscales lo comparan con la muñeca hinchable que humilló a Vinicius Jr.

2 enero, 2024 02:47

El PSOE pedirá a la Fiscalía identificar a todos los "organizadores, convocantes, presentadores" del evento conocido como Uvas en Ferraz, en el que varios manifestantes apalearon una piñata con el rostro del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Así lo avanzan a EL ESPAÑOL fuentes de la dirección del Partido Socialista, que detallan que la formación también solicitará identificar a los "colaboradores de los medios de comunicación" y canales de YouTube que difundieron el evento. Uno de los presentadores de la retransmisión fue el youtuber InfoVlogger (alias de Isaac Parejo), que llamó "hijo de puta" al presidente del Gobierno. 

La pasada Nochevieja, unas 300 personas se congregaron para comer las uvas de Fin de Año en la madrileña calle Ferraz, donde se ubica la sede nacional del PSOE. De momento, permanece abierta una investigación policial y ya ha sido citado a declarar el organizador del evento.

Manifestantes golpean una efigie de Pedro Sánchez a la entrada de la calle Ferraz.

Manifestantes golpean una efigie de Pedro Sánchez a la entrada de la calle Ferraz. Europa Press Europa Press

Tal y como figura en el cartel del mismo, la convocatoria la firma Revuelta, la organización juvenil vinculada a Vox, que en los días previos recaudó mediante crowdfunding más de 16.000 euros para financiar el aparataje y las posibles sanciones. 

Este lunes, el PSOE anunció que está "estudiando todas las vías legales" después de que este grupo de manifestantes ahorcase y apalease un muñeco con la cara de Sánchez en la concentración. Multitud de vídeos de la acción inundaban las redes sociales pasada la medianoche.

"Creemos que puede estar incluido dentro de un delito de odio", advirtió el Partido Socialista en un comunicado. De hecho, este ilícito se castiga más duramente si se comete a través de medios de comunicación o páginas web y cuando los mensajes alcanzan a muchas personas. Ahora bien, ¿golpear un maniquí que emula la figura del presidente del Gobierno podría ser sancionado? 

EL ESPAÑOL se ha puesto en contacto con la Fiscalía General del Estado. "Es un caso similar al del muñeco de Vinicius", señalan fuentes del Ministerio Público, que aluden al acto vandálico en el que tres ultras del Atlético de Madrid colgaron de un puente una muñeca hinchable de color negro ataviada con la camiseta del jugador del Real Madrid Vinicius Jr. La Fiscalía ya ha pedido cuatro años de cárcel para ellos por los delitos de amenazas y contra las libertades fundamentales.

La muñeca hinchable a la que los ultras colgaron con la camiseta de Vinicius.

La muñeca hinchable a la que los ultras colgaron con la camiseta de Vinicius. E.E.

No es ésta la primera vez que, en España, un grupo de manifestantes ahorca un muñeco que representa a un político. En otras ocasiones, estas efigies han sido guillotinadas, disparadas o quemadas. De estos comportamientos han sido víctimas, entre otros, Carles Puigdemont, Felipe VI o Mariano Rajoy.

¿Delito de odio?

La Fiscalía General del Estado firmó el pasado año 2019 la Circular 7/2019, que recoge las pautas "para interpretar los delitos de odio tipificados en el artículo 510 del Código Penal".

Su apartado 5.3 subraya que los requisitos legales para que los comportamientos sean sancionables son claros: que "promuevan" o "favorezcan" la "violencia, hostilidad, odio o discriminación". Es decir, no basta con "un sentido subjetivo o intencional", sino que, para ser perseguidos, estos actos deben suponer "una posibilidad de crear dicha situación", a la que incitan.

"Se trata, en definitiva, de un delito de peligro abstracto o hipotético, de forma que exprese la idoneidad de los hechos para generar una situación objetiva de discriminación, odio, violencia u hostilidad (...) contra un determinado colectivo o una parte o individuo del mismo", resume la Circular.

De forma general, aunque no sólo, los delitos de odio —en realidad, se llaman delitos de incitación al odio— se han aplicado a discursos que han perjudicado a individuos de colectivos considerados vulnerables por alguna razón. Es el caso de inmigrantes, gitanos, discapacitados o transexuales. Y se castigan, con hasta cuatro años de cárcel, siempre que dichas acciones hayan supuesto un perjuicio para las víctimas.

Por ejemplo, en 2021, la Fiscalía archivó la denuncia presentada por la Generalitat de Cataluña después de que varios vecinos de la localidad sevillana de Coripe quemasen y disparasen munición contra un muñeco con el rostro de Carles PuigdemontEl Ministerio Público tomó esta decisión al concluir que ese acto ni incitó al odio ni supuso una discriminación por motivos ideológicos.

¿Y sí lo supuso el apaleamiento de la piñata con la cara de Pedro Sánchez en Ferraz? El principal escollo para tipificar una acción como delito de odio es el de demostrar que la acción sobrepasó los límites de la legítima crítica política y del derecho fundamental a la libertad de expresión, consagrado en la Constitución Española.

Y en 2018 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dio un tirón de orejas a España por haber condenado a 15 meses de cárcel a dos independentistas catalanes por quemar una imagen de gran tamaño de los Reyes. El TEDH consideró que dicho fallo constituyó una violación a la libertad de expresión y condenó a España a indemnizar con 9.000 euros a los dos activistas.

En otra ocasión, en un bronco debate en el Congreso de los Diputados, el presidente de Vox, Santiago Abascal, mostró al portavoz del PSOE en la Cámara Baja, Patxi López, una fotografía de la guillotina utilizada por Juventudes Socialistas en 2013 para burlarse del entonces presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.

"Aquí la guillotina, la cabeza de Rajoy y los lidercillos socialistas posando", manifestó desde la tribuna. "A la Fiscalía, López, a la Fiscalía", instó al miembro del PSOE. La imagen fue publicada en 2016, pero según las Juventudes Socialistas fue tomada años atrás, en un marco "satírico". El PP, no obstante, denunció la performance ante el Ministerio Público por un supuesto delito de incitación al odio.

La 'performance' de varios miembros de Juventudes Socialistas con la cabeza guillotinada de Rajoy.

La 'performance' de varios miembros de Juventudes Socialistas con la cabeza guillotinada de Rajoy. JSPV Vega Baja

La jurisprudencia ha descartado reiteradamente que constituya un delito de odio mensajes contra, por ejemplo, instituciones como la Guardia Civil o la Policía Nacional o contra el sector taurino. Y una sentencia del Tribunal Supremo de 2019 señala que este tipo penal a quien protege es a los miembros de colectivos "especialmente vulnerables".

Pero, en cambio, una sentencia del máximo órgano judicial español fechada en 2022 (STS 437/2022) recalca que "ni el artículo 173 ni el 510.2 a) del Código Penal señalan que las víctimas [del delito de odio] sean vulnerables.

"El concepto de la 'vulnerabilidad' no es un elemento del tipo, ya que no forma parte de la estructura de exigencias de los elementos que los conforman, y si el legislador lo hubiera querido, así lo hubiera hecho constar. No se trata de una interpretación extensiva o restrictiva del tipo penal, sino de adecuación a las exigencias de lo que dice el precepto, y ninguno de ellos exige la vulnerabilidad en las víctimas del delito", recalca la resolución.

"Es importante destacar que el objetivo de protección del tipo penal del odio del art. 510 CP tiene su base en los ataques a la igualdad y, en consecuencia, en la creación de la desigualdad que se origina con el odio al diferente por cualquiera de las razones o de la pertenencia a los grupos reflejados en el tipo penal", añade la sentencia.

"De lo contrario, de entender que sólo una persona vulnerable o determinados colectivos desfavorecidos son los protegidos por el delito de odio, nos llevaría a concluir que los no vulnerables pueden ser atacados con la intención dimanante del odio y por su pertenencia a una nación, raza, creencias, ideología, su sexo, orientación o identidad sexual, o por razones de género", concluye la STS 437/2022.

Por otro lado, pese a las quejas del PSOE por el apaleamiento a la piñata, el partido Sumar, su socio en el Gobierno, llevó al Congreso de los Diputados una proposición de ley para suprimir los "anacrónicos" delitos de injurias a la Corona y al Ejecutivo; la ofensa a los sentimientos religiosos; los ultrajes a símbolos nacionales y el enaltecimiento del terrorismo. El partido de Yolanda Díaz considera que deben desaparecer del Código Penal porque "coartan la libertad de expresión".