Más de 50 militares se rebelan contra el Ministerio de Defensa, contra el que están empezando a interponer recursos judiciales, por impedirles servir a la OTAN "en situación de servicios especiales". Según ellos, el departamento dirigido por Margarita Robles estaría restringiendo su voluntad.
Muchos de ellos empiezan a tomar estas decisiones tras un fallo judicial que da la razón a dos integrantes de las Fuerzas Armadas a los que Defensa les negó sendos puestos dentro de la estructura organizativa de la OTAN. Los militares no podían ascender en la Alianza Atlántica sin una autorización expresa desde el ministerio, dicen los documentos a los que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.
El más reciente lo ha dictado esta misma semana la Audiencia Nacional, una sentencia emitida por la Sección 5 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. En ella se resuelve el recurso de la Abogacía del Estado contra un sargento primero del Ejército del Aire y del Espacio. El abogado del soldado es Antonio Suárez-Valdés, letrado especialista en derecho policial militar y de la Guardia Civil.
El sargento estaba destinado en el Grupo Aéreo Europeo, en la base de High Wycombe (Reino Unido), hasta el 31 de julio de 2023. Antes de esa fecha, aprobó el concurso-oposición libre y comenzó a servir en la Agencia de Comunicaciones e Información de la OTAN. Posteriormente, la Alianza le ofreció un puesto de técnico de ciberseguridad y análisis de criptomonedas de tres años de duración.
Por ello, en mayo de 2023, se dirigió a la Subsecretaría de Defensa para solicitar que le fuera concedida la situación de "servicios especiales", que le fue denegada. Ante esta negativa, este alto mando llegó a pedir una excedencia voluntaria para no perder dicha oportunidad pero tampoco renunciar a su puesto en el Ejército.
La Ley 39/2007, de la Carrera Militar, recoge que los militares "con compromisos de larga duración" podrán ser declarados en situación de servicios especiales si se integran en el organigrama de la OTAN como parte de su personal estatutario.
Para hacerlo, la organización atlantista debe acreditar su interés en estos perfiles y, después, el Ministerio de Defensa debe autorizar el proceso. Esto último no sucedió en el caso del sargento ni en el de otro comandante que también recurrió judicialmente. A ambos les dio la razón la Audiencia Nacional, que ahora vuelve a ratificar su veredicto en un nuevo fallo.
En el caso del sargento, Defensa denegó su petición, argumentando que el puesto en la OTAN que solicitaba estaba previsto para los militares que hubiesen solicitado la excedencia voluntaria, como tuvo que acabar pidiendo el recurrente.
La Justicia echó por tierra este argumento y subraya que el cargo al que aspiraba era "un puesto estatutario dentro de la Organización del Tratado del Atlántico Norte", que se rige por la ya mencionada Ley 39/2007. Y dicha norma avala la pretensión del sargento.
Por ello, el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 10 le dio la razón. A pesar de ello, no condenó a la Administración pública a pagar todas las costas del procedimiento porque "las cuestiones controvertidas no estaban exentas de amparo fáctico y jurídico, planteando dudas que justifican la interposición del recurso".
Defensa recurrió la decisión, que ha vuelto a ser ratificada, confirmando el derecho de los militares españoles que pasen a desempeñar puestos estatutarios de la OTAN a poder pasar a la situación de servicios especiales.
"Batacazo judicial"
A juicio del letrado Suárez Valdés, se trata de "un batacazo judicial más que previsible. El Estado se niega a facilitar el ingreso de sus militares en la OTAN, salvo que esta le pida permiso expreso para ello". Según denuncia, Defensa estaría preparando una modificación de la normativa vigente, también recurrida por su despacho ante el Consejo de Estado.
Esa prohibición está dificultando el traslado de efectivos desde el Ejército Español a la estructura de la OTAN.
A juicio del letrado, la posición del Ministerio de Defensa lindaría con la prevaricación administrativa, en tanto que la normativa vigente es clara y no admite lugar a dudas cuando señala expresamente que los militares españoles deberán pasar a la situación de servicios especiales cuando desempeñen un puesto de carácter estatutario en la OTAN. Y, por tanto, que no se les puede negar el traspaso.
Así, otros militares que se encuentran en la misma situación ahora reclamarán a su vez a través de la acción de este abogado.