Cinco normas de Estado y Junta promovidas por el PSOE avalan los contratos 'exprés' del SAS que denuncian los socialistas
- Tres informes de entidades independientes también justifican la contratación durante el Covid, según las alegaciones del Gobierno andaluz.
- Más información: Informes de Salud avalan los contratos del SAS que denuncia el PSOE por "evidentes razones de interés general"
Hasta cinco leyes y decretos del Estado y la Junta promovidas en su día por el PSOE avalan los contratos 'exprés' con empresas sanitarias por la crisis del Covid-19 que denuncian ahora los socialistas.
Así lo argumenta la defensa de los tres gerentes del Servicio Andaluz de Salud (SAS) señalados por la querella del PSOE andaluz a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. En el documento, además, se recuerda cómo las tramitaciones de emergencia sanitarias que fundamentan la denuncia de los socialistas buscaban "preservar la salud de los ciudadanos".
Según señala el escrito jurídico, refrendan las contrataciones rápidas del SAS la Ley de Salud Pública de Andalucía; la orden ministerial de 4 de julio de 2023; el Real Decreto 463 de 2020; el Real Decreto 7 de 2020; la Ley de Contratos del Sector Público en su artículo 120; y el decreto-ley 3 de 2020 de la Junta de Andalucía.
La primera norma, de la Junta de Andalucía, la aprobó el PSOE en 1998 cuando gobernaba en la comunidad y es la que vela por "la atención integral de la salud, garantizando la continuidad de la asistencia sanitaria".
Esto significa, entienden los letrados, que el Ejecutivo andaluz tiene la obligación de dar siempre atención sanitaria a los ciudadanos. Incluso cuando hay una pandemia y las formas de acceso a los cuidados se complican o tienen que ser más rápidos por la situación de emergencia.
Reales decretos
La segunda norma que avala los contratos urgentes por la pandemia es el Real Decreto 463 de 2020 que declaraba el estado de alarma por la pandemia. La dictó el Gobierno central, del PSOE, al inicio de la crisis.
Y venía respaldado por la declaración de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de la pandemia del Covid-19, "el mayor de los retos conocidos en la historia moderna del país", según escrito del Ejecutivo de Pedro Sánchez, donde primaba "la perspectiva sanitaria".
En tercer lugar está el Real Decreto 7 de 2020 del Gobierno central. En su artículo 16 establecía "expresa justificación" para que la Administración "tramitara de emergencia cualquier tipo de medida directa o indirecta" para hacer frente al Covid.
Es decir, cuando se establece el sistema de contratación urgente del SAS que denuncia el PSOE, señalan los letrados, estaba declarada una emergencia que el propio Gobierno central consideraba que tenía que volcarse con la sanidad y un decreto que establecía que había que impulsar medidas "de emergencia". Además, la Ley de Salud Pública andaluza indica claramente que siempre hay que garantizar la atención sanitaria de los ciudadanos.
Pero hay más, indican los abogados. Porque a los contratos 'exprés' los respaldan también el artículo 120 de la Ley de Contratación del Sector Público (LCSP), que da el marco para el decreto que abre la posibilidad de los contratos de emergencia.
En todo caso, señala el escrito de los letrados, ese amparo a la contratación exprés no decae el 9 de mayo de 2021 como sostiene el PSOE, puesto la posibilidad de nuevos rebrotes de la crisis sanitaria se extiende hasta el 4 de julio de 2023, cuando se da por superada la pandemia.
La contratación rápida, que la Junta siempre ha basado en la necesidad de actuar rápido para "salvar vidas", tiene también respaldo en la legislación andaluza. Porque el Gobierno andaluz aprobó en 2020 una decreto-ley que establece la posibilidad de "cualquier tipo de contratación que predicen" las circunstancias así como "cualquier medida para hacer frente al Covid-19".
Informes independientes
Si esa normativa no es suficiente, la defensa señala que, además, escritos de la Dirección General de Contratación, así como de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión y el Tribunal Administrativo avalan la legalidad de estos contratos.
El escrito de los letrados entra también en otra de las acusaciones que hace el PSOE en su querella: la fiscalización del gasto. Señalan que, según la Ley General de Presupuestos, los "gastos de contratos de emergencia no están sujetos a fiscalización previa".
Además, añaden, el control en estos casos se hizo tras su formalización, lo que añade, entienden, seguridad jurídica a los mismos.
Control de gasto
"Carece de fundamento afirmar" que el Consejo de Gobierno "sustituyó la fiscalización previa por el control financiero permanente", señalan los letrados. De hecho, indican, "se pasó de la nada al control financiero permanente".
¿Y qué pasa con los contratos que el PSOE ha denunciado en 2024 y que usaron esta forma de gestión 'exprés' cuando ya no había marco legal que los sostuviese? Según los abogados, no se trata de gastos de 2024 sino de "adendas".
Es decir, aparecen anotados en 2024, pero se corresponden con contratos anteriores a que se acabase el paraguas legal para esa forma de gestión de contratos rápidos por la pandemia.
"Acuerdos de emergencia"
Así pues, argumenta el escrito, "no puede reputarse como delictivas las decisiones que, en el contexto de la prolongada crisis del Covid-19, desembocaron en la adopción de los acuerdos de emergencia".
Desde el PSOE no lo ven así. La querella de los socialistas entiende que la Junta usó el sistema de contratación 'exprés' fuera de norma y que, además, se extendió de forma irregular hasta este mismo año.
La querella de los socialistas, que firmaron los 30 diputados regionales del partido, se investiga en el Juzgado número 13 de Sevilla, así como en la Fiscalía Anticorrupción. Mientras los socialistas aseguran que se resolverá a su favor, fuentes del Gobierno andaluz aseguran que están tranquilos y que las pruebas presentadas les darán la razón.