Bildu cometió "fraude de ley" al colocar la ikurriña en el chupinazo de San Fermín
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirma que el Ayuntamiento de Pamplona incurrió en "desviación de poder" al utilizar la bandera de Euskadi los pasados Sanfermines.
29 junio, 2016 12:22Noticias relacionadas
A siete días de que comiencen los Sanfermines, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha concluido que el Ayuntamiento de Pamplona, gobernado por EH Bildu, incurrió en "fraude de ley" y "desviación de poder" al colocar la ikurriña durante el chupinazo de 2015.
La Justicia navarra también incluye en su sentencia al Ayuntamiento de Tafalla, municipio en el que también se utilizó la bandera de la Comunidad Autónonoma Vasca para arrancar las fiestas patronales.
De esta forma, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN unifica un criterio que hasta ahora había sido contradictorio sobre esta cuestión en estas dos sentencias, contra las que no cabe recurso. En las sentencias, el TSJN establece que los consistorios de Pamplona y Tafalla no colocaron la bandera de la Comunidad Autónoma Vasca porque hubieran acudido autoridades de dicha comunidad, como alegaron, sino que se las invitó expresamente "para dar cobertura a un acto que sin ellas sería contrario a derecho".
El TSJN rechaza el recurso del Ayuntamiento
Así, el TSJN rechaza el recurso presentado por el Ayuntamiento de Pamplona contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2, que estimó fraude de ley la colocación de la ikurriña en el balcón principal de la Casa Consistorial el 6 de julio de 2015, poco después de tomar posesión su equipo de gobierno, de EH Bildu.
Por el contrario, en su sentencia estima el recurso de la Abogacía del Estado contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 3, que, a diferencia de Pamplona, en esta ocasión no apreció fraude de ley en la actuación del consistorio de Tafalla, gobernado también por EH Bildu.
En los próximos días la Sala de lo Contencioso-Administrativo dará a conocer las sentencias sobre los mismos hechos llevados a cabo en otros ayuntamientos navarros el pasado verano.
Al respecto, el TSJN sostiene que para la apreciación del fraude de ley y de desviación de poder por parte de los ayuntamientos de Pamplona y Tafalla ha tenido en cuenta que la colocación de las ikurriñas por parte de diversos consistorios se llevó a cabo "en un marco general de actuación administrativa en tales fechas", en una práctica -la invitación a autoridades de la Comunidad Autónoma Vasca a los chupinazos- que fue "utilizada de manera generalizada, expansiva, mimética, indiscriminada y abusiva".