El juez desmonta al Prenda y sus amigos: "Es impensable que hubiera consentimiento"
La joven "permaneció con los ojos cerrados. No se aprecia el alegado trato cariñoso". Hubo "manejo forzado de su cuerpo, agarrándola incluso del pelo para obligarla".
23 septiembre, 2016 14:42Noticias relacionadas
El juez que investiga la presunta violación de San Fermín ha emitido un nuevo auto en el que acuerda mantener en prisión a los cinco sevillanos detenidos por la presunta agresión sexual múltiple sobre una joven de 18 años. El magistrado rechaza por completo la versión de los acusados y niega que la chica mostrase consentimiento alguno en el acto sexual. Detalla que el grupo la llegó a agarrar del pelo para obligarla y manejaron forzosamente su cuerpo mientras ella mantenía una actitud pasiva con los ojos cerrados.
“No existe reclamación de acción alguna por la víctima sino simple tolerancia pasiva, permaneciendo siempre con los ojos cerrados, no se detecta colaboración, sino ejercicio de superioridad física por parte de los agresores, ni se aprecia tampoco el alegado trato cariñoso sino más bien el manejo forzado de su cuerpo agarrándola incluso del pelo para obligarla”, dice el juez en su último auto.
Prenda y sus cuatro amigos defendieron en el Juzgado el pasado 2 de septiembre que la joven había consentido los hechos, un extremo que el magistrado niega: “No se oye ninguna petición expresa de consentimiento para determinados actos ni la actitud de los procesados durante las grabaciones indica que esperen ese consentimiento específico para nada de lo que ejecutan, ni para una grabación de la que la víctima no da muestras de ser consciente en ningún momento y que se produce en posiciones especialmente vejatorias para las que es impensable que hubiera podido prestar tal consentimiento, ni se atisba finalmente indicio alguno del disfrute por parte de la víctima siquiera mínimamente de los actos que se ve obligada a soportar”.
Introducida de firma sorpresiva
Frente a la insistencia de los procesados en sus declaraciones en que la víctima no dijera explícitamente que no a los actos a los que era sometida, contrapone el juez que “debe tenerse en cuenta que fue introducida de forma sorpresiva en un portal viéndose en un espacio reducido y rodeada por varios varones con una complexión física muy superior a la suya quedándose en circunstancias en las que cualquier oposición o solicitud de auxilio puede valorarse como inútil y desde luego lo que no se percibe en ningún momento en las grabaciones es que diga que sí o acepte de buen grado ninguna de las prácticas de los procesados”.
El juez admite que los cinco detenidos mostraron una versión coincidente, pero aclara que sus testimonios "no resisten el contraste con las grabaciones realizadas por ellos mismos en el portal en las que no se aprecia consentimiento alguno por parte de la víctima sino mero sometimiento a una apabullante situación de superioridad física y numérica y de abandono ante la imposibilidad de oponerse a las pretensiones lúbricas impuestas por sus agresores”.
Recuerda el juez que en el momento de su arresto no quisieron declarar y añade que ahora no pueden suplir "ese silencio inicial intentando convertir en espontáneas y coherentes unas declaraciones que se producen después de haber podido tener contacto entre sí y haberlas podido preparar con el estudio detallado de todo el material probatorio obrante en autos”.
"80 años de prisión"
En concreto, el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona desestima las solicitudes de libertad interpuestas por dos de los cinco inculpados y ratifica su situación de prisión provisional comunicada y sin fianza. Insiste en la "extrema gravedad de los hechos, los bienes personales en juego, la necesidad de protección a la víctima, así como las elevadas posibilidades de eludir la acción de la justicia ante la gravedad de las penas que en su día pudieran imponerse”. El juez sostiene que la condena podrían alcanzar los ochenta años de prisión” (16 años cada uno).
El juez ya impuso a cada uno de los procesados una fianza de 500.000 euros para asegurar la responsabilidad civil, es decir, para resarcir a la víctima en el caso de una hipotética condena. El magistrado consideró que estos hechos están tipificados en el Código Penal como cinco delitos de agresión sexual con penetración o violación en los que aparecen como autores los cinco procesados "cada uno en relación con el ejecutado personalmente y como cooperadores necesarios respecto a los ejecutados por el resto", así como de un delito de robo con violencia o intimidación.
El magistrado también hace hincapié en que todos los testigos que atendieron a la joven nada más producirse los hechos han confirmado “el estado de absoluto nerviosismo y desolación de la víctima”, que lloraba “hasta el punto de no poder mantener un discurso continuado y coherente”.