La Fiscalía carece de pruebas para recurrir el archivo de la investigación sobre una traductora de la Audiencia Nacional, que aprovechó sus labores de interpretación para robar documentación a dos jueces de instrucción. Por ello el caso no será reabierto después del archivo dictado el año pasado por el Juzgado número 49 de Madrid, forzado por los obstáculos de las autoridades de EEUU a remitir a España los correos personales de la investigada a la que se le vinculó con el Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
El fiscal asume que “la investigada se apoderó, sin estar autorizada, de datos reservados que se hallaban en soportes informáticos”, pero estima que “no consta suficientemente acreditado que dichos datos se hubieran difundido, revelado o cedido a terceros”. Así lo defendió en un escrito fechado el 4 de abril en el que declinaba ejercer ninguna acusación contra la traductora y esa la postura que sigue manteniendo a día de hoy, según informan a EL ESPAÑOL fuentes de la Fiscalía de Madrid.
Esta presunta agente del CNI había sustraído información de los ordenadores de los jueces de la Audiencia Nacional Pablo Ruz y Fernando Andreu. Por ello fue acusada de un delito de descubrimiento y revelación de secretos al haber indicios de que pudiese ser un 'topo' del CNI que pasaba a este centro información reservada sobre causas en tramitación. La supuesta intérprete fue contratada para ayudar en causas sobre el terrorismo yihadista.
El Ministerio Público admite que esta investigación se ha visto cuanto menos obstaculizada por las autoridades de Estados Unidos a las que se les cursaron varias comisiones rogatorias desde España sin obtener respuesta. El escrito explica que dichas autoridades contestaron que la petición de los juzgados españoles no cumplia los requisitos por la legislación norteamericana para intervenir la cuenta de correo electrónico de la traductora.
Requisitos de EEUU
Los requisitos exigidos por Estados son que “algunos de los hechos que motiven la solicitud deben ser relativamente o recientes o indicar la probabilidad de que las pruebas se hallen aún en el lugar que sea preciso registrar”. El robo de documentos data del año 2014 por lo que la Fiscalía asume que no se cumplen las condiciones y que “sería difícil obtener resultados positivos de la intervención de dicha cuenta de correo electrónico”.
Agotada esta posibilidad, a juicio de la Fiscalía, “no existe prueba de cargo suficiente que permita mantener la acusación frente a un tribunal contra la investigada”. Recuerda que para vulnerar la presunción de inocencia es necesario demostrar la culpabilidad de la investigada y no que la investigada tenga que acreditar su inocencia. “De lo practicado hasta ahora, no hay prueba de cargo suficiente que permita formular acusación”, zanja el escrito al que tenido acceso este diario.
Este robo de información comenzó a investigarse en el Juzgado de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, quien ya se inhibió en favor de los juzgados ordinarios al no hallar indicios de relación entre la traductora y grupos terroristas sobre los que ella trabajaba y traducía documentos.