S. P, una mujer de 70 años y vecina de Valencia (pide que se la identifique sólo con sus iniciales) se ha visto obligada a acudir al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región después de que el Gobierno valenciano le haya rechazado la solicitud de ayuda económica para las mujeres víctimas de la violencia de género.
La consejería de Igualdad y Políticas Inclusivas que dirige la vicepresidenta del gobierno valenciano, Mónica Oltra, se la ha denegado a pesar de contar con documentos oficiales –uno de ellos del propio juzgado- en los que se la identifica como víctima de violencia de género y con una orden de protección en vigor, los requisitos para obtener la ayuda. Su caso se añade al de Guadalupe Martínez, la valenciana que llevaba cuatro años de espera y con una sentencia firme desde mayo de 2016, que instaba al pago a la Generalitat, pero que seguía sin percibir la ayuda.
Después de que EL ESPAÑOL publicara la historia de Guadalupe, llegó a su abogado el documento que acreditaba que se iba a proceder a pagar la ayuda económica. “Esta mañana se ha dado el mandamiento de pago”, decía este lunes su letrado, Francisco Colubi. “Es bochornoso esperar tanto para algo que me pertenece”, comenta Guadalupe. Ella, una mujer de 35 años, con una minusvalía y en paro, reclamó la ayuda, que es un mecanismo para facilitar la integración de las víctimas de violencia machista y que se otorga a todas aquellas con especiales dificultades para encontrar trabajo. Guadalupe no la recibió hasta diez meses después de tener sentencia firme del TSJ en la que se le reconocía el derecho, aunque desde la consejería aseguran que los casos se resuelven en uno o dos meses.
"Esto es vergonzoso"
“Es todo vergonzoso, tardar tanto tiempo y que además él (el agresor) ni siquiera haya cumplido con los trabajos a la comunidad que le impusieron”, asegura al otro lado del teléfono.
S. P. acaba de iniciar el mismo proceso judicial porque a ella también le han denegado esta ayuda. Tras trascender este caso, un despacho de abogados denunció un “nuevo caso de demora en la concesión de ayuda a víctima de violencia contra la mujer en la Comunidad Valenciana”. “Hemos agotado la vía administrativa previa y hemos ido al TSJ (…) La Consejería de Igualdad la ha venido denegando durante todo este tiempo y de forma sistemática cualquier tipo de reclamación”, explica Carmen Blanco, portavoz del despacho Blanco y Andrés Abogados, que ha asumido el caso.
Los partes médicos
Blanco cuenta que el caso de S. P. se remonta a 2002, cuando comenzó a sufrir maltrato por parte de su marido. Una época de la que constan partes médicos. Aquello se zanjó con un divorcio y no se recurrió a la vía por violencia de género porque la ley integral no se aprobó hasta dos años después. El caso por el que reclama la ayuda se remonta a enero de 2014.
Una sentencia de un juzgado de Valencia condenó por coacciones y amenazas a quien había sido la pareja de su hija. Desde enero de ese año hasta el mes de junio estuvo recibiendo llamadas amenazantes de él. “Te voy a matar, eres una puta, tu hija es una puta…”, es una de las amenazas que recoge la sentencia con fecha de 27 de junio de 2016. Hay días en los que S. P. recibió 30 llamadas.
Aquello acabó con una condena para él y con una orden de alejamiento. La sentencia se acompaña con un escrito del secretario judicial en la que se lee literalmente que se le otorga a ella “la condición de víctima de un delito de violencia de género estando vigente y en ejecución la pena accesoria de prohibición de aproximación y comunicación (…) que finaliza el 25 de junio de 2020”. “Y para que conste y surta los efectos oportunos para la solicitud de ayuda a la mujer víctima de violencia de género, expido el presente certificado a petición de la misma”, finaliza el escrito que está fechado a 18 de enero de este año.
"Tenemos documentos"
No es el único documento. S. P. también cuenta con un certificado de la directora general de familia y mujer del gobierno anterior en el que se la reconoce como víctima de este tipo de violencia. En este caso el documento es de antes del fallo en el que se fija la orden de protección, el requisito para optar a la ayuda económica. Otro escrito firmado por una técnico del Servef recoge que S. P. “es susceptible de cumplir los requisitos para la percepción de la ayuda económica a favor de las víctimas de violencia de género”.
“Tenemos documentos que dicen que es víctima, que es susceptible de percibir la ayuda, la sentencia firme con la orden de protección, y la consejería lo ha rechazado”, indica Carmen Blanco. Según apunta, se reclamó por primera vez en enero de 2016 y otra vez tras la sentencia. Asegura que la ayuda se rechazó con el argumento de que no había una orden de protección en vigor. La mujer, de 70 años, percibe ahora únicamente una pensión no contributiva.