El Tribunal Constitucional ha acordado este miércoles, por unanimidad, requerir a las personas designadas como miembros de la sindicatura electoral de Cataluña con el fin de que den cuenta de las medidas que han adoptado para dar cumplimiento a la suspensión cautelar de la ley de referéndum, a la vista de que, pese a esa suspensión, han procedido a nombrar a los integrantes de las sindicaturas provinciales.
La paralización de la entrada en vigor de la ley de referéndum, acordada por el TC el pasado día 7, conlleva la imposibilidad de actuación de la sindicatura, organismo que se encargaría de la administración electoral de la consulta independentista.
La providencia en la que se acordó suspender la ley de referéndum fue notificada personalmente a los cinco titulares y a los dos suplentes de la sindicatura, a los que el tribunal advirtió de su “deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir" la decisión del TC, bajo apercibimiento de las eventuales responsabilidades, incluidas la penal, en las que podrían incurrir de no atender a su requerimiento.
A la vista de que, pese a dicho requerimiento, se ha procedido por la sindicatura electoral de Cataluña a la designación de los síndicos territoriales (territorios de Arán, Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona), el Constitucional ha decidido iniciar los trámites previstos en la ley para hacer efectivos sus pronunciamientos.
De esta forma, ha requerido personalmente a los integrantes de la sindicatura (Jordi Matas, Marta Alsina, Josep Pagès, Tània Verge, Marc Marsal, Josep Costa y Eva Labarta) para que, “en el plazo de 48 horas informen a este Tribunal de las medidas adoptadas para dar cumplimiento a la suspensión" del referéndum.
Asimismo, a petición de la abogacía del Estado, ha acordado ampliar la notificación de la suspensión a todas las personas designadas para conformar las sindicaturas electorales de los territorios de Arán, Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona. A todos ellos, el Pleno les advierte de su deber “de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”, apercibiéndoles de posibles responsabilidades penales.
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