Ya hay fecha para la sesión de investidura de Pedro Sánchez: 22 y 23 de julio. El presidente en funciones se la ha comunicado a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet. Su recorrido se presenta incierto debido a la actual ausencia de apoyos, lo que mantiene vivo el riesgo de repetición electoral.
Sánchez ha optado por situar el debate de investidura en el mes de julio a pesar de que no cuenta con los apoyos suficientes para garantizarse la continuidad.
El lunes 22 comenzará el debate y el 23, martes, dará inicio la votación. Si Sánchez no obtiene mayoría absoluta, se volverá a votar el jueves 25 de julio.
Este calendario supone el inicio del pleno de investidura el lunes a las 12.00 horas con la intervención del propio Sánchez. La sesión se reanudará por la tarde, a las 16.00 horas, con la intervención de los grupos parlamentarios, y al día siguiente, martes, se producirá la primera votación.
El presidente en funciones se lo ha comunicado telefónicamente a Batet desde Bruselas, donde intenta junto a sus homólogos europeos desatascar la renovación de la Comisión Europea.
Batet, tras hablar con el líder socialista y candidato a la investidura, ha sido la encargada de anunciar a la opinión pública la fecha escogida.
Si Sánchez no logra ser investido las próximas elecciones serían el 10 de noviembre, sucediendo tras la festividad de La Almudena, que cae en sábado. "No hemos contemplado la repetición de elecciones. Hemos hablado de qué fecha era mejor para todo lo contrario. La reflexión es que el país necesita estabilidad, institucionalizad fuerte", ha afirmado Batet en el Congreso.
Una reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) de 2016, aprobada por el Senado justo antes de la investidura exitosa de Mariano Rajoy en octubre, acortó los plazos electorales si falla la investidura, recogida en el artículo 99.5 de la Constitución.
Es lo que sucedió tras las elecciones de diciembre de 2015. Pedro Sánchez se expuso a una investidura que no cuajó, se activó el periodo de dos meses que marca la Constitución y como acabado el plazo nadie se presentó, se volvieron a convocar las elecciones.
Entonces transcurrieron los 54 días que establece la legislación electoral. Desde la reforma de la Ley de 2016, tendrán que pasar 47.
La reforma electoral de 2016, disposición adicional séptima de la LOREG, indica que el real decreto de convocatoria electoral se expedirá al día siguiente del final del plazo y entrará en vigor exactamente ese día. Justo entonces el cronómetro de 47 días se activa que marcan la posibilidad de unas elecciones en noviembre.