Comienza la disparidad de restricciones en las comunidades autónomas y las discrepancias entre tribunales tras el fin del estado de alarma este domingo 9 de mayo a las 00:00 horas. 

Varias comunidades han solicitado a sus respectivos tribunales superiores de justicia dar luz verde a restricciones que decaen con el estado de alarma, como el toque de queda o el cierre perimetral. Este es el caso del País Vasco, cuyo lehendakari, Iñigo Urkullu, era partidario de extender el estado de alarma más allá del 9 de mayo, opción rechazada por completo por el Gobierno. 

Urkullu y varios presidentes autonómicos de distinto signo político, incluso del PSOE, llevan semanas advirtiendo al Gobierno que sin el paraguas jurídico del estado de alarma no se podrían mantener restricciones como los cierres perimetrales de comunidades o municipios o el toque de queda. 

País Vasco

Y dicho y hecho. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha rechazado este viernes que pueda mantenerse en toda la comunidad los confinamientos autonómico o municipales, el toque de queda nocturno y el límite de reuniones a cuatro personas tras el fin del estado de alarma al considerar que afecta a derechos fundamentales garantizados en la Constitución.

El lehendakari ya anunció este jueves que en el nuevo decreto tras el fin del estado de alarma, que él mismo firmará, no se incluirán las medidas que no hayan sido avaladas por el Tribunal vasco. De esta forma, pretende soslayar la interposición de recursos a las restricciones del Ejecutivo que lleve a "periodos de indecisión e incertidumbre" y que pueden suponer "la pérdida de efectividad" de las restricciones decretadas.

La respuesta del Ejecutivo ante situaciones como esta fue establecer este martes un real decreto-ley por el que determina que el Tribunal Supremo tendrá la última palabra en las restricciones que impongan las CCAA.

Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acordado ratificar las medidas acordadas por la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid por la que se adoptan medidas temporales y excepcionales para la contención del Covid-19 en determinados núcleos de población correspondientes a determinadas zonas básicas de salud de la región.

Valencia

Situación totalmente distinta a la del País Vasco se da en la Comunidad Valenciana, donde el Tribunal Superior de Justicia de esta región  ha autorizado el toque de queda y la limitación de personas en las reuniones sociales y/o familiares y el aforo en los lugares de culto.

Así, desde este domingo el toque de queda en la Comunidad Valenciana será desde las 00:00 a la 6:00 horas y  se ampliará el número de personas en reuniones, que podría pasar de las 6 autorizadas en la actualidad hasta la cifra de 8 o 10.

Cataluña

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña también ha aprobado este viernes las restricciones que propuso la Generalitat para después del estado de alarma, como limitar a seis personas las reuniones sociales en el ámbito público y privado y restringir el aforo en actos religiosos y civiles.

Baleares

La Justicia también avaló este jueves el toque de queda en Baleares de 23:00 a 6:00 horas hasta el 26 de mayo. El TSJIB mantiene también vigentes las reuniones de seis personas y da luz verde a la obligación de que todos los pasajeros que lleguen a los puertos o aeropuertos de Baleres tendrán que presentar una PCR o un test negativo.

Canarias

Canarias está a la espera de la decisión de su Tribunal Superior de Justicia. El presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, espera que la justicia ratifique la propuesta del Gobierno de continuar con las restricciones tras el estado de alarma, como el toque de queda o el control de pasajeros en puertos y aeropuertos.

Tribunal Supremo

El Gobierno, que ha dejado en manos de las autonomías la toma de medidas tras el fin del estado de alarma, aprobó esta semana un real decreto-ley que establece que será el Tribunal Supremo el que tenga la última palabra.  El objetivo, dice, es que así se mejorará la seguridad jurídica y dará más coherencia al sistema. De hecho, el decreto da cinco días al Supremo para resolver el recurso de casación que interponga la comunidad autónoma. 

Dicho decreto entrará en vigor "al minuto siguiente de las 00:00 horas del 9 de mayo", que es cuando decae el estado de alarma. Es decir, este mismo domingo. Desde esa fecha, las comunidades cuyos tribunales han rechazado este tipo de medidas podrán interponer un recurso de casación que se revolverá en un plazo máximo de cinco días. 

Sin embargo, este jueves el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo emitió un primer informe sobre este decreto-ley en el que plantea una serie de problemas procesales y apunta a una "posible insuficiencia" de este tipo de norma para regular cuestiones que afectan a derechos fundamentales.

Este "confuso" proceso creado para que los jueces decidan sobre las las medias antiCovid ha generado malestar entre Supremo. De hecho, varios jueces ya han advertido que "el Supremo es un tribunal de casación, no un juzgado de guardia". 

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