Este martes, el Tribunal Supremo inadmitió el recurso de la Generalitat catalana contra la sentencia que le obliga a que en las escuelas de su región se imparta al menos el 25% de las clases en castellano. O en catalán, que en eso no se meten los jueces. Lo único que reclaman es que se cumpla el mandato constitucional para garantizar que los alumnos terminen sus estudios con la "obligación" de conocer ambas lenguas asegurada y el "derecho" a usarlas garantizado.
La reacción del conseller de Educación, Josep González Cambray, fue la de acusar al Supremo de "meterse donde no le llaman" -a pesar de que fue su Govern el que llamó al Alto Tribunal, presentándole el citado recurso- y mandarle una carta a los directores de los centros escolares instándoles a "no atender" la sentencia, que ya es firme.
Pero ante eso, el Gobierno de la nación no hará nada. A pesar de que el artículo 104.2) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa indica que "cualquiera de las partes y personas afectadas podrá instar su ejecución forzosa".
Es cierto que para ello, deben pasar "dos meses a partir de la comunicación de la sentencia o el plazo fijado en ésta para el cumplimiento del fallo". Pero el Ministerio de Educación se agarra al artículo 103.1) de la misma norma. Este punto establece que "la potestad de hacer ejecutar las sentencias y demás resoluciones judiciales corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales".
"Parte afectada"
Fuentes del departamento de Pilar Alegría insisten a este periódico en que no es el Ejecutivo el que debe hacer ejecutar la sentencia. Aunque es, efectivamente, el propio Ejecutivo el que inició los actos que han derivado en la misma. Es decir, que es "parte afectada".
Es más, un portavoz del Ministerio añade que Alegría "no tutela a las Comunidades Autónomas" porque "la Educación está transferida". Y que por esa razón ni siquiera se dirigirá al conseller Cambray para pedirle que retire esa misiva insumisa a los directores de los colegios catalanes. Según el Gobierno de España, tomar tal acción "no tendría ninguna validez jurídica" y, peor, sería una "invasión de las competencias", según sentencias del Constitucional.
Pero el miembro del Govern de Pere Aragonès no se limitó a rebelarse y levantar la bandera independentista -llegó a decir que la inadmisión del recurso demostraba "por qué Cataluña necesita un Estado propio"-, también dijo que la ministra está de su lado. "Tengo las garantías de la ministra de que esta sentencia no es válida", indicó el titular de Educación en RAC1. "La sentencia no es válida porque el Gobierno no la ejecutará", agregó el también político de ERC.
Sin desmentidos
A esto sí que reaccionó el Ministerio de Educación. A pesar de que el Gobierno ni confirmó ni desmintió que la ministra le hubiera dicho esas cosas al conseller.
Alegría convalecía este miércoles en su casa, con fiebre, y no hizo comparecencias públicas. Pero desde su departamento se rechazó de plano la insumisión de la Generalitat: "El Gobierno no tiene que aplicar ni dejar de aplicar la sentencia", explica este portavoz en conversación con EL ESPAÑOL, aclarando que, en todo caso, "hay que acatarla".
Por un lado, aclara que "será el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el que deba actuar, como marca ese artículo de la ley 29/1998". Y por otro, que "no es cierto" que la decisión judicial haya perdido vigencia al estar motivada por la ley anterior, la LOE del Gobierno del PP, que ya no está en vigor desde la promulgación de la LOMLOE, conocida como Ley Celaá.
La clave, en la LOMLOE
Fuentes de la oposición en Madrid y Barcelona advertían de que lo cierto es que es la ley socialista la que puede ayudar a la poca efectividad de la resolución judicial. "La ley y el poco interés del Gobierno en garantizar la enseñanza en español", apuntan. Según el portavoz popular en el Parlament, Alejandro Fernández, "la Alta Inspección Educativa tiene facultades sancionadoras e inhabilitadoras para los responsables de centros que incumplan la Ley".
Pero lo cierto es que durante la tramitación parlamentaria de la norma se introdujo una enmienda transaccionada entre ERC, PSOE y Podemos que eliminaba el examen de oposición al cuerpo de inspectores de educación. A esa medida se añadía lo que ya venía en el texto, el vaciado de competencias, entre ellas, la de denunciar casos de discriminación en las escuelas.
"Ése es el problema", resalta Fernández, "que esa Alta Inspección casi ni existe. Hay que reforzarla y darle los medios para que puedan ejercer sus funciones". Hace un año, cuando la ley estaba en el Parlamento, también Ciudadanos denunció "lo irregular de la tramitación" y la transmutación del texto "desde lo que trajo el PSOE a lo que ha salido tras las enmiendas de Podemos y Esquerra... han hecho la ley suya".
Otra de las claves de esa ley, la que actualmente rige la Educación en toda España, fue la desaparición del español como lengua vehicular. Una decisión de la que también reivindicó Esquerra como inspiradora, a través de otra enmienda.
La redacción original de la Ley de Educación decía: "El castellano y las lenguas cooficiales tienen la consideración de lenguas vehiculares". Según el Ministerio, la Ley Celaá lo borró porque se podía "defender las dos lenguas" de otro modo. Su texto prevé "un refuerzo" para los alumnos "que no tengan las competencias requeridas al finalizar sus estudios en castellano y en cualquier otra lengua cooficial, en el territorio donde lo sea".
El Ejecutivo que preside Pedro Sánchez cambió aquella frase -"inventada por la Ley Wert del PP, porque nunca había existido", remarca el portavoz de Pilar Alegría- por otra más ambigua, en noviembre de 2020. Todo ello en aras de satisfacer a los separatistas... también entonces en plena negociación de los Presupuestos Generales del Estado. Los de 2022 se votan, precisamente, este jueves en el Congreso.
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