La reforma de la malversación pactada este lunes entre el PSOE y ERC deja una vía abierta a que algunos líderes independentistas no pisen la cárcel. En concreto, en torno a 30 encausados por el procés, aún pendientes de juicio, podrían eludir la prisión con el nuevo texto.
Se trata del grupo de excargos y empresarios cercanos al independentismo procesados por el Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona a causa de los preparativos para el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 (el denominado 1-O). La mayoría de ellos fueron imputados por malversación y, en algún caso, por prevaricación o falsedad documental.
En concreto, lo que afectaría a este grupo es la modificación del artículo 433 del Código Penal, en el que los socialistas y Esquerra pretenden añadir un nuevo tipo que, por primera vez, abre la puerta a que un malversador no sea condenado con la cárcel. El artículo está pensado para aquellos que desvían el patrimonio del Estado a "una aplicación pública diferente de aquella a la que estuviere destinado".
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Para estos casos, el texto de la enmienda transaccional, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, presenta unas penas "de inhabilitación de empleo o cargo público de uno a tres años y multa de tres a doce meses" —esto es, ni rastro de cárcel—, siempre y cuando el condenado no hubiera provocado ningún "daño o entorpecimientos graves al servicio". Esta reforma sólo contempla la prisión si se hubiesen cometido "daños o entorpecimientos graves del servicio al que estuviere consignado" el dinero malversado por el funcionario o la autoridad pública.
Este es, precisamente, uno de los tipos que podrían afectar a la treintena de procesados por el Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona, entre los que se incluyen los hombres de máxima confianza de Junqueras cuando era vicepresidente, Lluís Salvadó y Josep Maria Jové.
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En la lista de procesados figuran también el exsecretario de Difusión y Atención Ciudadana, Antoni Molons; el exsecretario general del Departamento de Presidencia, Joaquim Nin; el exdirector general de Comunicación, Jaume Clotet; y el exsecretario general de Trabajo y Asuntos Sociales, Josep Ginesta.
Una malversación a medida
El Código Penal (CP) define el delito de malversación como aquel perjuicio al patrimonio público cometido por un funcionario y, por el momento, lo castiga, en su tipo básico, con penas de dos a seis años de prisión, así como inhabilitación para cargo o empleo público durante un tiempo de seis a diez años.
Además, el CP concibe dos modalidades agravadas. La primera impone penas de 4 a 8 años si esta actuación causa "un grave daño o entorpecimiento" al servicio público o si el perjuicio ocasionado supera los 50.000 euros.
Y, de sobrepasar los 250.000 euros, "se impondrá la pena en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la [pena] superior en grado". ¿Qué quiere decir esto? Que podrá castigarse con una horquilla de 6 a 8 años e, incluso, para los casos más graves, llegar a penas que van desde los 8 años y un día hasta una década de prisión.
En el caso de que el perjuicio no supere los 4.000 euros, el Código Penal impone penas de prisión de 1 a 2 años de cárcel (más multas). Es decir, en todos los casos que están vigentes actualmente, la malversación se castiga siempre con cárcel. Más o menos años, pero siempre con cárcel. Ahora, ERC y PSOE pretenden incluir este nuevo tipo penal a medida para que sólo esté castigado con multas e inhabilitación.
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El Tribunal Supremo condenó al Oriol Junqueras a 13 años de prisión y los mismos de inhabilitación por un delito de sedición en concurso medial con malversación; y a los exconsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, a 12 años, tanto de cárcel como de inhabilitación.
Todos ellos fueron indultados, así que la pena privativa de libertad no sufrirá ningún cambio con la nueva ley. Pero es probable que la de inhabilitación sí se reduzca. Tal y como publicó EL ESPAÑOL, el líder de ERC podría concurrir a las elecciones catalanas de 2025 si la revisión del procés por parte del Supremo limita la condena a la malversación, tras suprimirse, como pretende el Gobierno, el delito de sedición.
El próximo paso debe darlo la Sala Penal del Alto Tribunal, que tiene previsto reunirse próximamente para analizar cómo afectará esta situación a las condenas por la organización del referéndum independentista.
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