El ministro de Presidencia, Félix Bolaños, vulneró la neutralidad y la ley electoral al usar la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros con fines partidistas.
La Junta Electoral Central (JEC) ha apercibido al dirigente socialista por sus declaraciones del pasado 6 de junio, cuando utilizó el espacio institucional para atacar al presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, aun a sabiendas de que se encontraba en periodo electoral.
Debido a que fue una respuesta espontánea del ministro, el organismo no le sancionará y tampoco le abrirá expediente sancionador.
"Tal y como pone de manifiesto el escrito de alegaciones presentado, "derogar", "destruir" y "retroceder" son sinónimos. Por lo tanto, lo único que hizo el ministro, en contestación a la pregunta de un periodista sobre la voluntad del señor Feijóo de derogar las principales leyes aprobadas por el Gobierno, fue reproducir lo ya dicho por propio el líder de la oposición", justificaron fuentes gubernamentales tras conocerse la postura de la JEC sobre la denuncia del Partido Popular.
Pese a no sancionar al ministro, la Junta Electoral insta al Ejecutivo a retirar de la web institucional de La Moncloa las manifestaciones y pide a Bolaños extremar "su deber de diligencia" y evitar "manifestaciones con connotaciones electoralistas" que pudieran quebrantar el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral, que regula la neutralidad de las instituciones.
Este artículo 50.2 de la LOREG que la JEC considera vulnerado prohíbe, desde la convocatoria de las elecciones hasta su celebración, cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por las autoridades públicas. En el caso del ministro, atacó directamente al proyecto político de Feijóo al considerarlo "destructivo" delante de la prensa.
[La JEC expedienta a Isabel Rodríguez por segunda vez por saltarse la neutralidad en Moncloa]
Hace apenas un mes, durante las elecciones del 28-M, la ministra Isabel Rodríguez fue igualmente apercibida —y después expedientada— por la JEC por una situación similar, al haber utilizado la Moncloa como un espacio partidista. La diferencia con el caso de Bolaños, al cual no se le ha incoado un expediente, es que sus declaraciones fueron "espontáneas y sin premeditación" y que nunca había quebrantado la ley electoral con anterioridad, al contrario que su compañera de partido.
Eso sí, le insta a dictar "las instrucciones oportunas para que durante lo que resta de período electoral sean retiradas de la web institucional las manifestaciones valorativas anteriormente indicadas, y a que en futuros actos institucionales extreme su diligencia para evitar vulnerar el principio de neutralidad que los poderes públicos están obligados a respetar durante el proceso electoral" en aplicación de la LOREG.
"Se estaría quebrantando el principio de neutralidad institucional [...] efectuando valoraciones y apreciaciones críticas que transmiten, siquiera indirectamente, la idea de que el proyecto político del principal candidato de otra formación política es un proyecto destructivo con el que se quiere castigar a los españoles y que persigue retroceder en relación con 'avances' realizados por el Gobierno del señor ministro quien ha sido anunciado como previsible candidato por Madrid en las próximas elecciones generales; apreciaciones negativas que el electorado fácilmente asociará con la formación política a la que pertenece esa persona, y el señor ministro es consciente de ello (como se deduce de sus propias palabras) o, al, menos, debería serlo", deduce el acuerdo de la JEC.