Este lunes se ha publicado la proposición de ley de amnistía acordada por el PSOE con las formaciones independentistas y nacionalistas. La iniciativa, contra la que se han producido manifestaciones en ciudades toda España, se ha presentado como un paso decisivo y necesario en busca de "un interés superior: el de la convivencia política". Ahora, con el documento escrito, se han despejado algunos interrogantes.
¿Por qué se concede la amnistía?
La ley justifica su aprobación en el contexto actual y la búsqueda de superación y encauce de los conflictos englobados dentro de la "tensión política, social e institucional" que ha afectado a Cataluña en los últimos años.
Busca generar un contexto social, político e institucional que fomente la estabilidad económica y el "progreso cultural y social" tanto de Cataluña como del conjunto de España, sirviendo al mismo tiempo de base para la superación de un conflicto político.
¿Cómo se justifica la constitucionalidad?
Una amnistía es aplicable en el Estado constitucional en "circunstancias de especial crisis política" como las que ahora acontecen. La Unión Europea, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Comisión Europea para la Democracia mediante el Derecho reconocen su validez y su compatibilidad con las decisiones judiciales.
La ley se considera en el texto una herramienta que fortalece el marco legal nacional justificando que la Constitución de 1978 "no la prohíbe" como sí hace, explícitamente, con los indultos generales. Así pues, el texto menciona en varias ocasiones la Ley de Amnistía de 1977 y califica el proceso como "parte del pacto fundacional de la Democracia española".
El texto recuerda que la constitucionalidad de la amnistía fue declarada por el Tribunal Constitucional, en su sentencia 147/1986, de 25 de noviembre, a propósito precisamente de la aplicación de la Ley 46/1977.
¿A qué hechos se refiere?
La ley orgánica habla de los actos vinculados a la consulta celebrada en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y al referéndum del 1 de octubre de 2017. Además, se incluyen los hechos acontecidos entre el 1 de enero de 2012, año en el que comenzaron a desarrollarse los incidentes del proceso independentista, y el 13 de noviembre de 2023.
Esta amnistía abarca también otros hechos como los actos preparatorios de la consulta y del referéndum, las diferentes acciones de protesta para permitir su celebración o mostrar oposición al procesamiento o condena de sus responsables, incluyendo también la asistencia, colaboración, asesoramiento o representación de cualquier tipo, protección y seguridad a los responsables.
Qué delitos se amnistían y cuáles quedan excluidos
Los delitos amnistiados van desde la usurpación de funciones públicas a la malversación pasando por la prevaricación y la desobediencia, que la ley engloba dentro de la intención de "convocar, reivindicar, promover o procurar" la independencia de Cataluña o las consultas en dicho territorio.
Quedan excluidos los "actos dolosos contra las personas que hubieran producido un resultado de muerte, aborto o lesiones al feto, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro, la pérdida o inutilidad de un sentido, la impotencia, la esterilidad o una grave deformidad". También las torturas o tratos inhumanos, los "delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado", los que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea y los delitos en cuya ejecución hubieran sido apreciadas motivaciones discriminatorias.
A quiénes beneficiará
La ley supone anular la "responsabilidad penal, administrativa y contable" de todos los que cometieron delitos relacionados con el proceso soberanista en Cataluña durante más de una década, entre el 1 de enero de 2012 y este lunes, 13 de noviembre de 2023.
Beneficiará, de hecho, a las cabezas más visibles, como Oriol Junqueras y Carles Puigdemont (el primero dejará de estar inhabilitado y el segundo podrá volver a España sin juicio). También incluye a los directores de colegio imputados por abrir sus escuelas para el referéndum del 1-O (en total, afecta a 309 personas).
¿Afectará a jueces, funcionarios y policías?
La ley no hace referencia expresa a qué supone la amnistía para profesionales como jueces, funcionarios o policías. Menciona que no implica "la criminalización de los funcionarios que intervinieron en defensa del orden público" dado que "la presunción de inocencia es un principio básico de nuestro ordenamiento jurídico".
Saldrán beneficiados 73 policías encausados por los altercados del 1-O. Respecto a los funcionarios que se vieron afectados por sanciones o que fueron apartados de sus funciones tras la aplicación del 155, recuperarán la antigüedad, pero no serán indemnizados ni se les pagará por los años no trabajados.
En el caso concreto de los jueces, PSOE y Junts llegaron a un acuerdo previo para permitir al Congreso de los Diputados crear "comisiones de investigación" que juzguen la labor de los magistrados y determinar cuándo hubo "lawfare" (manipulación judicial) para perseguir a responsables y protagonistas del procés.
Cómo se aplicará
La aplicación de la ley corresponderá a los órganos judiciales, que decidirán con "carácter preferente y urgente" la tramitación, con un máximo de dos meses. Y dependerá de si las conductas constituyen infracciones de naturaleza administrativa o determinantes de responsabilidad contable. Además, sólo podrá entenderse amnistiado un "acto determinante de responsabilidad penal, administrativa o contable concreto" cuando haya sido declarado por resolución firme dictada por el órgano competente.
Aunque todo dependiendo del momento en el que esté el proceso. En la fase de instrucción y en la de juicio oral se dictaminará el sobreseimiento libre. Si aún no han adquirido firmeza, se tenderá a amnistiar. Y si ocurre durante la fase de ejecución de las penas, se revisarán y habrá la "concesión de un indulto total o parcial" incluso si es anterior a la entrada en vigor de la presente ley. Cada procedimiento, en cualquier caso, tendrá unos plazos.