Carles Puigdemont, flanqueado por Josep Rull y Jordi Turull, el pasado jueves en Barcelona.

Carles Puigdemont, flanqueado por Josep Rull y Jordi Turull, el pasado jueves en Barcelona.

Política INDEPENDENTISMO

Las siete falsedades en el artículo de Puigdemont sobre su fuga: gastó 3,4M públicos en el 'procés'

El líder de Junts dice que está perseguido por el "politizado Tribunal Supremo", pero también el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Territorial de Schleswig Holstein apreciaron indicios de malversación en el 1-O.

16 agosto, 2024 14:53
María Peral M.A. Ruiz Coll

Carles Puigdemont ha publicado este viernes un artículo en la web Politico —una de las publicaciones más influyentes a nivel internacional— en el que presume de haber visitado Barcelona el jueves 8 de agosto para dar un discurso ante 3.000 seguidores, sin que los Mossos d'Esquadra ni la Policía lograran detenerle.

Cómo logré mi audaz huida de España, se titula la breve nota firmada por Puigdemont, en la que relata con las siguientes palabras cómo logró abandonar Barcelona sin ser detenido: "Al final, mi exfiltration tuvo éxito. No hubo necesidad de esconderme en el maletero de un coche, como afirman que hice. Me senté en la parte trasera de un vehículo privado y me llevaron a través de la frontera entre el sur de Cataluña y el norte de Cataluña, que es administrativamente territorio francés".

Sin embargo, el líder de Junts ha trufado su artículo de falsedades y medias verdades, como cuando sostiene que no se le puede acusar del delito de malversación, porque el referéndum ilegal del 1-O "no le costó nada al público"

1. La amnistía

Puigdemont falsea en el artículo acogido por Politico tanto la realidad probada ante los tribunales sobre el delito de malversación agravada, como la interpretación de la Sala Penal del Supremo para considerar inaplicable la amnistía a los hechos acreditados.

Según Puigdemont, "al argumentar que las contribuciones voluntarias para financiar el referéndum que no costaron nada a los ciudadanos equivalían a enriquecimiento personal, el tribunal ha redefinido esencialmente el delito de malversación".

Encabezamiento del artículo que Carles Puigdemont ha publicado este viernes en la web 'Politico'.

Encabezamiento del artículo que Carles Puigdemont ha publicado este viernes en la web 'Politico'. Politico

Lo cierto es que el referéndum ilegal del 1-O, prohibido por el Tribunal Constitucional, y otros gastos del procés como los numerosos viajes realizados por los políticos independentistas catalanes al extranjero fueron financiados con fondos que el Gobierno de Puigdemont detrajo de las arcas públicas.

La sentencia condenatoria del Supremo reflejó gastos millonarios en el montaje del referéndum y dejó en manos del Tribunal de Cuentas la determinación concreta de la responsabilidad contable.

En el marco del procedimiento abierto por el Tribunal de Cuentas, el propio fiscal ha cifrado en 3,4 millones de euros los fondos públicos no "aportaciones voluntarias" que Puigdemont y otros responsables del procés emplearon en su iniciativa independentista y que deberían devolver a las arcas públicas.

La Ley de Amnistía pretende borrar también esta responsabilidad contable. Pero esa ley es cuestionada también por el Tribunal de Cuentas (no sólo por el "politizado", según Puigdemont, Tribunal Supremo) y el órgano fiscalizador de las cuentas públicas ha enviado ya una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE, paralizando mientras tanto la aplicación de la amnistía.

El TS ha argumentado que, al no financiar la aventura independentista con dinero suyo sino con fondos públicos, Puigdemont y los demás responsables políticos del procés obtuvieron un lucro personal en el mismo sentido en el que se ha manifestado la jurisprudencia desde hace lustros.

La Sala Penal ha argumentado que los jefes políticos del procés "obtuvieron un beneficio personal de carácter patrimonial", que es el supuesto que la ley de amnistía establece para que ese delito no pueda ser amnistiado.

Ese beneficio radicó en que "hicieron con el patrimonio ajeno que les estaba confiado lo que no pudieron o no quisieron hacer con su patrimonio", ha explicado el alto tribunal. "Dispusieron de ingentes partidas presupuestarias sin ver alterado su patrimonio en esas cuantías, porque no les hizo falta. El dinero de todos sirvió para no minorar el dinero de unos pocos".

Para la Sala, "quien dilapida los fondos públicos que ha de administrar con lealtad y los dedica a financiar el proceso independentista obtiene el incuestionable beneficio personal que se deriva de no aportar dinero procedente de su peculio. Un proyecto, en suma, que para el resto de los ciudadanos que quisieron contribuir a hacerlo realidad y sumaron grandes o modestas cantidades sí representó, desde luego, un desembolso que afectó a su patrimonio".

El Supremo ha puesto de manifiesto un llamativo contraste: "Quienes eran ajenos al desempeño de funciones públicas y, por tanto, no custodiaban fondos públicos, aportaron [al proceso independentista] las cantidades que consideraron oportunas para hacer realidad lo que luego resultó un frustrado proceso político. Pero todos ellos sufrieron un decrecimiento de su patrimonio".

Por el contrario, los responsables políticos se aprovecharon del presupuesto que tenían el deber de destinar a fines lícitos y lo dedicaron a "su particular proyecto independentista". "Hicieron lo mismo que otros muchos, pero eludiendo su empobrecimiento. No puede obviarse que eso significó un beneficio económico", explica el tribunal.

2. No sólo el Supremo

En contra del discurso persecutorio de Puigdemont, la realidad es que no sólo los tribunales españoles, sino también otros europeos como la Audiencia Territorial de Schleswig Holstein han visto indicios de malversación en el procés catalán.

Los jueces alemanes que conocieron de la euroorden dictada contra Puigdemont en 2018 declararon admisible la demanda de entrega por el delito de malversación de fondos públicos por financiar el "referéndum" con dinero público.

Por malversación de fondos ya fueron condenados el exvicepresidente Oriol Junqueras y tres exconsejeros. El Tribunal Constitucional avaló el criterio del Supremo y respaldó la condena por ese delito.

3. "Los jueces desobedecen la ley"

Puigdemont acusa a los jueces del Supremo, en su artículo, de perpetrar un golpe de Estado "híbrido": "La politizada Segunda Sala del Tribunal Supremo ha decidido rebelarse contra una ley que no le gusta, desobedeciendo a un parlamento democrático".

Los jueces del Supremo, insiste, han desobedecido la Ley de Amnistía aprobada por el Congreso de los Diputados, que "ordenaba levantar todas las medidas que nos impedían ejercer nuestros derechos políticos".

Lo cierto es que la Ley de Amnistía debe ser interpretada por los jueces, no es de aplicación automática. De hecho, el control judicial de la amnistía fue una de las exigencias de la Comisión de Venecia en el informe pedido por el Senado.

Como indica el dictamen de este órgano consultivo del Consejo de Europa, se trata de una ley que supone una excepción al principio de cumplimiento de las resoluciones judiciales firmes y que pone en cuestión la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.

4. "Nunca he sido condenado"

Para transmitir la idea de que está siendo perseguido de forma injusta por un país que no respeta las libertades, Puigdemont señala que nunca ha sido "condenado, ni siquiera juzgado".

Es cierto, nunca ha llegado a sentarse en el banquillo, porque huyó de España en octubre de 2017, tras impulsar el referéndum ilegal y la declaración de independencia de Cataluña.

En cambio, sí fueron juzgados y condenados, con todas las garantías procesales, otros consellers de su Govern que se quedaron en España, como Oriol Junqueras, Joaquim Forn y Josep Rull.

5. El papel de Vox

Carles Puigdemont indica en su artículo que "tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado han pedido que se nos aplique la Ley de Amnistía. En circunstancias normales, los jueces accederían automáticamente a tales peticiones".

En su lugar, añade, los jueces del Supremo "han optado por reconocer una acusación particular interpuesta por el partido ultraderechista VOX, lo que confirma que se trata de una persecución judicial de carácter político".

Como en cualquier proceso judicial, el criterio de la Fiscalía y la Abogacía no es vinculante. El Tribunal Supremo es autónomo para interpretar la Ley de Amnistía, no depende de lo que diga ninguna de las partes

Por otro lado, la acción popular tiene un expreso reconocimiento en la Constitución Española. Los jueces no pueden obviar la personación de una acusación popular con la normativa vigente. En cualquier caso, el papel de Vox en esta causa ha sido irrelevante y sus acusaciones no fueron acogidas por el Tribunal.

6. "Prometí estar en la investidura"

El expresidente de la Generalitat explica que el pasado jueves acudió a Barcelona porque "prometí volver a casa para el debate de investidura". En realidad, la promesa que realizó tanto en la campaña electoral como en las semanas posteriores fue mucho más explícita.

"Mi obligación es ir al Parlament si hay debate de investidura. Yo estaré allí. Estaré en el Parlament. Y sólo un golpe de Estado podrá impedirme estar allí", afirmó el pasado 27 de julio durante un acto celebrado por Junts en la población francesa de Amélie-les-Bains-Palalda.

Ahora argumenta que, en el último minuto, decidió no acceder al Parlament, en cuyas inmediaciones los Mossos habían instalado un fuerte dispositivo de seguridad, porque su voluntad nunca fue entregarse a "las autoridades judiciales, que creo que carecen de autoridad legal para perseguirme".

"No volví a Cataluña para que me detuvieran, volví para ejercer el derecho a resistir la opresión", apostilla. 

Durante la campaña electoral, Carles Puigdemont también garantizó que si tras los comicios catalanes del 12-M no era elegido presidente de la Generalitat, abandonaría definitivamente la vida política. Se trata de otra promesa que ha incumplido.

7. "Perseguido por un referéndum"

Puigdemont sostiene, por último, que está perseguido en España por "organizar un referéndum". Y aclara que no es "un terrorista ni un traficante de armas, ni un asesino ni un violador".

Pero no está procesado por organizar un referéndum, sino por derogar la Constitución Española en Cataluña (delito de sedición, que quedó abolido por la reforma ad hoc del Código Penal, a finales de 2022), por detraer fondos públicos para financiar una secesión ilícita (malversación) y por desobedecer los mandatos de los tribunales (que habían notificado a todos los miembros del Govern la prohibición de organizar un referéndum de independencia y de adoptar otras medidas ilegales).