Pedro Sánchez se encuentra en una situación de notable debilidad parlamentaria, abandonado por parte de sus socios de investidura y sin el apoyo de la oposición. En circunstancias similares, otros presidentes habrían convocado elecciones o se habrían sometido a una cuestión de confianza. Pero él tiene intención de seguir gobernando y "agotar la Legislatura", según revelan a EL ESPAÑOL fuentes de Moncloa.

¿Cómo lo hará? Sin aprobar leyes sin reales decretos ley ni reales decretos legislativos y ejerciendo únicamente su potestad reglamentaria. Al no contar contar con el Parlamento, la acción del Ejecutivo se verá restringida: ahora tan sólo podrá dar luz verde a reglamentos, disposiciones, órdenes ministeriales, decretos, becas y otras cuestiones menores. 

El pasado sábado, en el Comité Federal del PSOE, Sánchez ya dijo que seguiría adelante "con o sin el apoyo de la oposición, con o sin el concurso del Poder Legislativo". Y, según revelan a EL ESPAÑOL fuentes de Moncloa, está decidido a gobernar al margen del Congreso.

A continuación, una radiografía de las herramientas con las que cuenta ahora el Gobierno.

Real decreto

Tanto el presidente del Gobierno como el Consejo de Ministros tienen la capacidad de sacar adelante reales decretos. Será previsiblemente una de las fórmulas más usadas por Sánchez a partir de ahora. Sin embargo, también cuenta con sus limitaciones: se trata de un tipo de norma sin fuerza de ley, es decir, de carácter reglamentario o dispositivo.

¿Qué quiere decir? Todo aquello que se incluya en los reales decretos no puede contradecir lo expresado en la legislación actual. Jerárquicamente, un reglamento o una disposición está por debajo de una ley. Se trata de una fórmula limitada a materias sobre las que no sean necesarias leyes concretas.

Proyecto de ley

Por poder… el Gobierno puede aprobar un proyecto de ley. Sin embargo, tiene que ser remitido al Congreso de los Diputados para su tramitación. Por lo tanto, hace falta el concurso del Poder Legislativo. Se trata de una fórmula similar al decreto-ley, pero con una tramitación distinta.

El Gobierno ya tiene en el Congreso varios proyectos de ley congelados que no está queriendo tramitar para que no decaigan. Sucedió antes del verano con la ley de vivienda. A fin de cuentas, este tipo de norma es similar a la proposición de ley, que parte de los grupos parlamentarios.

¿Y en materia económica?

El Consejo de Ministros tiene la potestad de aprobar el llamado techo de gasto, que recoge los objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de casto. Se trata, por así decirlo, del marco general de los Presupuestos Generales del Estado.

Sin embargo, tiene que ser remitido a las Cortes, que lo tienen que aprobar por mayoría simple. Por lo tanto, sin esta condición no se pueden aprobar las cuentas. Por lo que, sin el Congreso, Sánchez no puede tener Presupuestos Generales.

El Gobierno, de todas formas, sí tiene la capacidad de ejecutar los fondos europeos. Además, son cantidades grandes. Por ejemplo, el pasado viernes Alberto Núñez Feijóo pidió a Sánchez que transfiriera a las Comunidades Autónomas 18.000 millones de euros de los fondos europeos. 

Otras opciones menores

Reglamentos. Según el artículo 97 de la Constitución, el Gobierno ejerce la potestad reglamentaria. Puede aprobar normas jurídicas menores que, por ejemplo, desarrollen el contenido de una ley. Estas, sin embargo, siempre responden a cuestiones secundarias.

Órdenes ministeriales. Estas tienen rango reglamentario y emanan de los ministros. Están situadas, jerárquicamente, por debajo del real decreto. Son dictadas sobre asuntos propios de cada ministerio.

Acuerdos. El Consejo de Ministro también llega regularmente, en su reunión de los martes, a distintos acuerdos. Estos pueden ser muy diversos, desde nombramientos en la Administración a la declaración de la situación de emergencia en algún territorio, pasando por otorgar la nacionalidad española.

Becas. El Consejo de Ministros también puede aprobar becas y distintas ayudas económicas.

¿Y a qué dice adiós el Gobierno si gobierna "sin el concurso del Legislativo"?

Decreto-ley

Según la Constitución, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de decreto-ley. Estas medidas tienen fuerza de ley y entran en vigor inmediatamente. Pero con varias limitaciones.

La primera, que este tipo de decretos están concebidos para casos de "extraordinaria y urgente necesidad". Por lo tanto, tendrán que ser ratificados a los 30 días en el Congreso de los Diputados. Así, si Sánchez no cuenta con el apoyo de sus socios, no logrará convalidarlo. Por eso el Gobierno no quiere usar esta fórmula para reformar la ley de extranjería.

La segunda limitación es que estos decretos no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I de la Constitución, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general. Por lo tanto, también son acciones con un alcance concreto.

Decreto legislativo

Un decreto legislativo es una norma, también, con rango de ley que saca adelante el Gobierno. Sin embargo, el Ejecutivo tiene que ser habilitado para ello, en primer lugar, por las Cortes. Esto se puede utilizar, por ejemplo, para crear textos refundidos de varias normas, siempre y cuando no sean leyes orgánicas.

Atendiendo a esto, es poco probable que suceda. Si bien el Gobierno puede aprobar un decreto legislativo, es altamente improbable que un Congreso contra Sánchez le dote de esos poderes.