El pasado abril, Pedro Sánchez bloqueó su agenda durante cinco días para meditar sobre la imputación de Begoña Gómez por tráfico de influencias y corrupción en los negocios privados. Aquella "reflexión personal" terminó con un compromiso: un plan de regeneración democrática —ahora Plan de Acción Democrática— con el que combatir la máquina del fango, a la que culpa de la investigación judicial a su mujer. 

Más allá de abrir el debate sobre la regeneración, el papel de la prensa y la Justicia, la idea de Sánchez es cambiar varias leyes que afectan directamente a los medios de comunicación, pero sin detallar el alcance de las medidas. La letra pequeña no se sabrá hasta este martes, cuando se eleve al Consejo de Ministros.

No obstante, tanto Sánchez en público como las fuentes en privado llevan meses arrojando pistas sobre cómo se abordará este tema. La voluntad está clara: limitar la publicidad institucional y establecer un máximo de financiación pública para los medios. 

Esto se puede hacer de varias maneras, pero requeriría reformar la Ley 29/2005, de Publicidad y Comunicación Institucional, en concreto de los artículos 3.2, 4 y 7, que son los que regulan las garantías y prohibiciones de las subvenciones.

Publicidad institucional

A mediados de julio, la vicepresidenta Yolanda Díaz se aventuró a decir que retiraría la financiación a los medios "que vulneren los códigos deontológicos", sin concretar quiénes serían los encargados de elaborar dichos códigos.

La idea del Gobierno es, como ya adelantó EL ESPAÑOL, apoyarse en las comisiones éticas de las asociaciones de la prensa —unos órganos que sólo tienen valor moral dentro de la profesión— para que sean ellas quienes hagan los criterios.

La duda ahora mismo entre partidos y prensa es cómo se diferenciará a los medios que, en palabras de Sánchez, "practiquen pseudoperiodismo", de los que no y qué "códigos deontológicos" se seguirán para discernirlos. Para ello, Moncloa baraja otra fórmula: multas y sanciones administrativas (con retirada de publicidad) a quienes hayan sido condenados por injurias o calumnias.

Esto se relaciona directamente con otro de los cambios previsibles en el Plan de Acción Democrática: la reforma de los llamados "delitos relativos a la libertad de expresión" en el Código Penal. A saber, la ofensa a los sentimientos religiosos, el escarnio público, las ofensas a España y a sus símbolos, el delito de injurias a la Corona, el enaltecimiento del terrorismo, y las injurias al Gobierno y a sus instituciones.

Por otro lado, a la hora de redactar los nuevos criterios para distribuir la publicidad, el Gobierno tantea distintos parámetros. El primero sería las audiencias. En este momento, el sistema de medición es fruto del acuerdo de los editores y, por tanto, aceptado por todos.

El segundo, según sugirió la vicepresidenta María Jesús Montero el 16 de julio, es que en estas audiencias se integren también nuevos criterios como el impacto y la difusión en las redes sociales, "el retuiteo" o el tiempo que un lector permanece en una noticia.

"Reparación pública"

También está sobre la mesa otra modificación, la de la Ley Orgánica 1/1982, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Según las fuentes, la coalición de Gobierno tiene pactado desde antes de verano incluir una "reparación pública" cuando se difundan informaciones que afecten al honor de personas investigadas en los tribunales, haya o no una apertura de juicio oral.

Esto es lo que se conoce popularmente como la pena del telediario, la exposición mediática del nombre y/o la imagen de una persona cuando está involucrado, generalmente como investigado, en una causa penal que suscita el interés general. La crítica a estos procesos es que, cuando los juicios terminan en nada, el daño reputacional ya está hecho. 

Se pretende, según esgrime el Gobierno, atajar el problema de los "pseudomedios" por los dos extremos: evitando que se nutran de las Administraciones públicas y paliando los efectos de sus noticias en la reputación de los investigados.

Reglamento europeo

El argumento que el Gobierno lleva enarbolando desde antes del verano para legitimar el plan de regeneración es que tiene un precedente europeo, el Plan de Acción para la Democracia de 2020-2024, que fue apoyado por la mayoría de partidos en la UE, incluido el PP. No obstante, España no tiene que transponer este reglamento, sino que se aplicará de manera completa en agosto de 2025.

Es en este plan, concretamente en el apartado de Libertad de Medios de Comunicación, donde aparecieron las primeras referencias sobre transparencia y pluralismo de medios de comunicación, una reforma de la ley electoral para hacer los debates electorales obligatorios y distintas leyes de transparencia.

La legislación europea en la que Sánchez basará su estrategia obliga a las empresas a publicar información sobre sus propietarios, una iniciativa que ya presentó Podemos en la pasada legislatura.

En esencia, Europa obliga a los titulares de las empresas a que digan qué intereses cruzados podrían interferir en su línea editorial. También exige publicar los microdatos de sus encuestadoras.

El reglamento europeo al que todos hacen referencia fue aprobado en la Eurocámara el pasado marzo, y los Estados miembros de la UE deberán aplicarlo en su integridad antes del 8 de agosto de 2025. La diferencia es que este busca, esencialmente, proteger a los periodistas de las injerencias de los gobiernos, proteger sus fuentes y aportar transparencia sobre las corporaciones.