Las claves sobre el recorte de penas a los etarras: los cuatro botes de humo del PSOE y uno que lanza el PP
- Cinco enmiendas convirtieron en 'ley penal' un texto técnico para reformar una norma de 2014. El objetivo pasó de ser transponer una directiva de 2019 que actualizaba dos textos de la UE de hace 16 años a beneficiar a terroristas.
- Más información: El PP no toma medidas contra los tres diputados a los que el Gobierno coló la excarcelación anticipada de etarras
Si el Gobierno no lo remedia, el próximo 14 de octubre, la reforma de la Ley Orgánica 7/2014 se enviará al Boletín Oficial del Estado y, tal como indica su disposición final quinta, entrará en vigor "a los veinte días de su publicación". Así, a principios de noviembre, las condenas a más de 40 terroristas de ETA serán rebajadas. Pedro Sánchez ya es el único que puede evitarlo.
Este proyecto de ley nació como la simple transposición de una directiva europea de carácter técnico que, además, se abordaba con un retraso de dos años. Pero en la fase de ponencia de su tramitación, se le añadieron una serie de enmiendas que convirtieron la norma en el objeto de la polémica de esta semana.
El Partido Popular ha asumido su "error en cadena", desde la ponencia en el Congreso hasta casi casi, en el pleno de la Cámara Alta. Porque en la mañana de este martes, la ley se ha parado, aunque sólo temporalmente. Agotados los periodos de enmiendas, que este martes el PP haya logrado sacar el asunto del orden del día, sólo gana tiempo para que el foco se desvíe al PSOE.
"Ahora, tienen la oportunidad de demostrar si quieren pasar a la Historia como un partido que estaba con las víctimas o como el que estaba con los terroristas", ha dicho Miguel Tellado, portavoz popular en el Congreso. El Gobierno, por su parte, se niega a retirar la ley, defendiendo que la tramitación ha sido "transparente".
Pero, ¿es así? ¿Todo el mundo sabía lo que votaba? ¿Quién es responsable las enmiendas? ¿Y quién de no haber anticipado lo que iba a pasar? ¿Había un pacto previo para que todo esto ocurriera en silencio? ¿Entre quiénes? ¿Y qué hay detrás de unas enmiendas que modifican un proyecto de ley que reforma otra ley para transponer una directiva de la UE que actualizaba una decisión marco de a Unión Europea?
La explicación que sigue, sobre esta polémica de otoño de 2024, nos remonta al verano del año 2008:
¿Qué se tramitaba en las Cortes?
El proyecto de ley orgánica. El pasado mes de marzo, el Congreso inició la reforma de la ley orgánica 7/2014 sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Union Europea, para su adecuacion a la normativa de la Unión Europea sobre el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS).
¿Qué decía la ley?
Sí hasta que llegaron las enmiendas. Era la mera transposición de la Directiva (UE) 2019/884, por la que se modifica la Decisión Marco 2009/315/JAl en lo que respecta al intercambio de información sobre nacionales de terceros países y al Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS) y por la que se sustituye la Decisión 2009/316/JAl. El texto llevado al Congreso por el Gobierno buscaba llevar al ordenamiento español las cuestiones técnicas aprobadas en Bruselas.
¿Qué dice la directiva?
Una cuestión técnica. Los Estados miembros de la UE compartían información sobre penas y condenados con el resto de los Veintisiete, pero sólo si se trataba de ciudadanos de la UE. Con este texto legal, se ampliaba la cobertura también a los reos de terceros países "para la mejor lucha contra el crimen organizado y el terrorismo".
¿Qué decían las normas de 2008 y 2009?
Intercambios de información. La Decisión Marco 316/JAI de 2008 explica claramente que "no pretende armonizar las consecuencias que las diferentes legislaciones nacionales reconocen a la existencia de condenas anteriores" y admite que "algunos Estados miembros atribuyen efectos a las condenas dictadas en otros Estados miembros, mientras que otros solo tienen en cuenta las condenas dictadas por sus órganos jurisdiccionales nacionales".
La Decisión Marco 315/JAI de 2009 también aclara que "no tiene por objeto la ejecución en un Estado miembro de las decisiones judiciales tomadas en otro Estado miembro".
'Bulo' 1 del PSOE: "Es una norma de la UE".
Lo era y dejó de serlo con las enmiendas. Lo que alega el PSOE dejó de ser cierto desde el momento en que el diputado Txema Guijarro introdujo cinco enmiendas en nombre de Sumar sobre cómputos penales en una ley para facilitar el intercambio de información penal entre países de la UE. Todas ellas, con el mismo objetivo: que las penas cumplidas por un reo en otro país de la UE sean tenidas en cuenta para contabilizar el tiempo de prisión en España. El objetivo político de la norma cambió por completo.
'Bulo' 2 del PSOE: "El Consejo de Estado lo avaló".
No es verdad. Como todo proyecto de ley orgánica, éste hubo de pasar por el dictamen del Consejo de Estado. Allí fue el texto limpio, antes de las enmiendas. Por supuesto, el articulado pasó el filtro con nota positiva, porque era una mera transposición de una directiva técnica de la UE.
'Bulo' 3 del PSOE: "El PP votó a conciencia".
Feijóo pide perdón por una negligencia de sus diputados. El PSOE pone como pruebas que el portavoz del PP en la comisión de Justicia celebró la norma afeándole al Gobierno "su retraso" en la transposición, no el contenido de las emiendas. E incluso que los ponentes firmaron haber leído "con detenimiento" tanto el texto original como las enmiendas. "Pero eso es un formulismo parlamentario", explican los populares.
En lugar de buscar culpables, "el Partido Popular ha buscado soluciones", alega Génova. Y es cierto que, desde el minuto uno, el presidente del PP asumió el "error" como si fuese propio.
'Bulo' 4 del PSOE: "Dos veces por el mismo delito".
Nunca se ha tratado de eso. El portavoz socialista en el Congreso, Patxi López, alegaba que no es realmente "una rebaja de penas", sino "evitar que un delincuente pague dos veces por el mismo delito".
La realidad es que no se trata de eso: ningún etarra condenado por asociación de malhechores en Francia era condenado por pertenencia a banda armada en España después. La enmienda lo que busca es que se les acumulen las penas relacionadas con su actividad terrorista en un mismo 'pack' para el cómputo de máximo cumplimiento como si fuesen condenas impuestas en España.
El 'bulo' del PP: "Es un error".
No, es una negligencia. Desde que el asunto estalló el lunes, el PP ha asumido el "error en cadena" de sus parlamentarios. Sin embargo, la realidad es que nadie equivocó un voto o interpretó mal un texto; simplemente se obviaron las enmiendas de Sumar, porque los diputados se centraron en la de Junts, "para evitar beneficios a Puigdemont".
¿Es seguro que la ley excarcelará etarras?
Eso espera el PP. Pero no parece cierto. Una de las excusas de los populares ha sido que "hay juristas que no confirman que la ley que llevar directamente a la rebaja de penas para etarras". Pero si vamos a la más explícita de las enmiendas, no se sostiene el argumento: "Se deroga la Disposición Adicional única de la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea".
Es decir, deja de operar la salvaguarda anti-ETA inventada por Mariano Rajoy en 2014.
¿Y qué decía esa disposición?
Una triquiñuela legal. Cuando el Gobierno Rajoy transpuso la directiva de 2008 ya era 2014. Se llegó con mucho retraso y, además, se añadió esta disposición adicional única para que ningún reo se pudiese beneficiar de la medida antes de la fecha tope de transposición de la directiva: que debía haber sido agosto de 2010.
¿Por qué hasta el lunes nadie dijo nada?
Porque a todos les convenía. Ni Sumar destacó su "mérito", ni Bildu presumió de su "logro", ni el PSOE publicitó su "acuerdo", ni la oposición detectó el "engaño". Las enmiendas eran explícitas, pero en el debate recogido en el diario de sesiones del Congreso, nadie hizo referencia a ellas ni a su traducción en una rebaja de penas. Y cuando el PP se enteró de todo, el viernes pasado, se puso a trabajar... en silencio.
¿Qué opciones quedan?
Todo depende del Gobierno. En realidad, sólo queda una opción para evitar los beneficios penitenciarios a los etarras: que el Gobierno retire la ley, ahora que el Senado le ha dado una semana más de trámite, invocando el artículo 127 del Reglamento de la Camara Alta: "Los proyectos de ley presentados por el Gobierno pueden ser retirados por éste en todas las fases del procedimiento anteriores a su aprobación definitiva por la Cámara".
¿Y si el Gobierno no retira la ley?
Se publicará en el BOE. Y entrará en vigor a los 20 días: cuando se vote en el Senado, el próximo lunes, a ls 12.00 horas. ¿Y habría solución después? El PP ha anunciado que recurrirá a "todas las herramientas políticas y jurídicas" en su mano para evitar la rebaja de las penas de los etarras. Pero un principio constitucional operará en su contra: como ocurrió con los violadores beneficiados por el Sólo sí es sí, todo reo tiene derecho a invocar la ley penal que más le beneficie desde que cometió el delito hasta la liquidación de su condena.