La reforma de la famosa 'ley del sólo sí es sí' sigue su curso por los complicados y lentos cauces políticos. Este martes ha llegado la aprobación por parte de la Comisión de Justicia del dictamen de dicha reforma, el cual fue registrado en solitario por el PSOE el pasado mes de febrero.
Este paso ha podido llegar a buen puerto gracias al apoyo mostrado por PP, PNV, Ciudadanos y JxCat. Se trata de un nuevo avance en la modificación de la norma que entró en vigor el pasado mes de septiembre del año 2022. Estos polémicos cambios fueron objeto de debate especialmente por equiparar los delitos de abuso y agresión sexual.
La 'ley del sólo sí es sí' es una de las más explosivas de la historia más reciente de la democracia en España y es que desde su puesta en marcha el Consejo General del Poder Judicial ha advertido que ya se han producido un total de 978 reducciones de diferentes penas. Ahora, es importante conocer cuáles son las principales claves de esta última reforma que ha salido hacia delante gracias a un pacto entre PSOE y PP.
¿Cuándo se votará la 'ley del sólo sí es sí'?
La aprobación del dictamente de la Ponencia es solo un avance más en la ansiada tramitación de la reforma de la 'ley del sólo sí es sí'. Un largo y costoso proceso que el Gobierno lleva peleando durante meses y que empieza a encarar su recta final.
El próximo jueves 20 de abril, la reforma de esta controvertida ley que ha propiciado la reducción de casi 1.000 penas se votará en el pleno del Congreso. Será su paso previo antes de remitirse después al Senado. Poco a poco, va quemando etapas para ver la luz al final del túnel.
Hay que destacar que el dictamen de la reforma del texto es muy similar a la propuesta que inicialmente registró el PSOE en solitario. Solo se han introducido algunas modificaciones técnicas en los artículos 178 y 181.2, una enmienda transaccional de Unidas Podemos, Ciudadanos, JxCat y Más País en relación a la prescripción de los delitos contra la libertad de los menores de edad y otra conjunta entre PP y PSOE para modificar la exposición de motivos de la ley y clarificar lo referente a la indemnidad sexual de los menores.
Una de las claves más importantes, y uno de los mayores éxitos del Ejecutivo que lidera Pedro Sánchez, es que la propuesta socialista avanza intacta en lo que a modelo de consentimiento se refiere. Esto quiere decir que solo existe el delito de agresión sexual y no se diferencia entre este y abuso. Eso sí, se introduce un subtipo para diferenciar entre agresión sexual con violencia e intimidación y sin ella.
¿Qué pacto han alcanzado PSOE y PP?
PSOE y PP llegaron este lunes a un nuevo acuerdo para introducir cambios en la propuesta presentada en solitario por la formación socialista. El objetivo de los dos grandes partidos era evitar la reducción de penas de los delincuentes sexuales cuando la cuenta, según datos del CGPJ, se acerca peligrosamente a las 1.000. Especialmente para aquellos delitos en los que hay violencia, intimidación o anulación de la voluntad de la víctima.
Para el partido de Pedro Sánchez, los cambios fueron meramente técnicos. Una versión que responde a la idea de dar mayor valor a su propuesta inicial. Sin embargo, los populares defendieron la importancia del pacto gracias a sus modificaciones.
¿Cuáles son las claves más importantes de la reforma?
Una de las claves más importantes de la reforma acordada entre PSOE y PP es que se volverá a considerar delito la distribución o difusión pública a través de teléfono, internet o redes sociales de contenidos que están destinados a promover, fomentar o incitar la comisión de delitos relacionados con agresiones sexuales a personas menores de 16 años. El PP había alzado la voz enérgicamente a través de su enmienda a la ley debido al considerar que se había destipificado este delito a través de la reforma de la norma de protección infantil.
Otro de los puntos importantes del nuevo texto cerrado entre PP y PSOE es que se vuelve a penalizar a las empresas o personas jurídicas que inflijan un trato degradante. Al igual que en el punto anterior, se trata de otro delito que se despenalizó por error al aprobarse la última reforma del Código Penal en su apartado referente al delito de sedición y malversación.
El texto redactado entre PSOE y PP hacía referencia también a esos cambios técnicos citados anteriores y que, por ejemplo, responden al cambio de la palabra "circunstancias" por el término "modalidades" para hacer referencia a los diferentes escenarios que pueden darse en una agresión sexual. Algunos de ellos pueden ser la existencia de violencia o la anulación de la voluntad.
Una de las claves más importantes también es que el dictamen de la reforma de la ley modifica el artículo referente a los ataques a la libertad sexual cuando afectan a menores. Para agresiones sexuales con penetración las penas serán de 8 a 12 años si no hay violencia, intimidación ni anulación voluntad de la víctima, y de 12 a 15 años cuando exista alguna de estas circunstancias.
¿Cómo queda el delito de agresión sexual respecto a la violencia e intimidación?
Otro de los puntos más importantes del nuevo dictamen que será sometido a votación este jueves en el Congreso es saber cómo queda el delito de agresión respecto al concepto de violencia e intimidación. Un punto clave una vez ha quedado aclarado que la definición de consentimiento se mantendrá intacta para delitos de agresión sexual y de agresión sexual con penetración, el cual ya sí se considera como violación.
La diferenciación entre el uso de violencia y la ausencia de la misma en una agresión sexual ha conllevado una reforma del marco penológico que recoge estos delitos. De esta forma, se crea un nuevo listado de penas que será recogido en la reforma de la 'ley del sólo sí es sí'.
[Los agresores sexuales excarcelados por la 'ley del sí es sí' superan ya el centenar, según el CGPJ]
A partir de ahora, la agresión sexual sin violencia tendrá condenas de entre 1 a 4 años. Esta podría subir hasta los cinco años en los casos que haya violencia o intimidación o sobre una víctima que tenga anulada su voluntad por cualquier causa. La situación es similar a lo que sucede en las situaciones de violación. Si se produce sin violencia, las penas irán de 4 a 12 años de cárcel. Mientras que si es con violencia o intimidación, estas ascienden de 6 a 12 años.
Estas penas aumentarán, como ya sucede con la ley de libertad sexual, si existen agravantes como violencia de extrema gravedad, actuación conjunta de dos o más personas, si se existe el uso de armas o si hay relación de superioridad o de parentesco.