Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) ignoró múltiples incumplimientos de las aerolíneas respecto a las franjas horarias concedidas para volar (los slot aeroportuarios), datos que están siendo investigados por la Policía y por la Audiencia Nacional. La Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) está analizando numerosa documentación que pone de manifiesto que los responsables de AENA no cumplieron la Ley de Seguridad Aérea al evitar sanciones a ciertas aerolíneas.
De los datos que disponen se desprende que sólo de octubre de 2007 a marzo de 2008 Ryanair incumplió en 153 veces los slots concedidos; Air Europa, en 96 ocasiones; Spanair 85 veces y Air Berlin, 58, así hasta sumar 663 incumplimientos en ese periodo de tiempo.
Estos datos son alarmantes para los investigadores porque Hacienda pudo dejar de ingresar un total de hasta 1.000 millones de euros en concepto de sanciones en todo el periodo analizado por la falta de control de AENA.
En este caso, si se hubiese aplicado la ley que fija la sanciones por incumplimiento de la franja horaria concedida por cada vuelo concreto, Ryanair hubiera tenido que ser sancionado con 459.000 euros si se entendiese que era incumplimiento leve (en caso de que fuera grave la multa podría ascender hasta los 30.000 euros); mientras que Air Europa habría tenido que pagar 288.000 euros, Spanair, 255.000 euros; o Air Berlin, 174.000 euros. Y esto sólo por los incumplimientos analizados de seis meses de 2007/2008 pero que de la investigación que está llevando la Policía se amplía por lo menos hasta 2014.
El artículo 49 de la Ley de Seguridad Aérea establece que constituyen infracciones administrativas leves en relación con la coordinación de los aeropuertos y el uso de las franjas horarias la no devolución de una o más series de franjas horarias asignadas que no se vayan a utilizar o su devolución en forma o plazo distintos a los legalmente previstos; no haber obtenido previamente la franja horaria correspondiente en aeropuertos donde este requisito sea exigible; o el uso reiterado en horas distintas de las autorizadas, de una o más franjas horarias previamente obtenidas conforme a la normativa en vigor, entre otros puntos.
Incumplimientos reiterados
Un slot aeroportuario es un permiso administrativo, concedido por la División de Coordinación de Slots Aeroportuarios de AENA, que permite el uso del aeropuerto y sus infraestructuras en una hora determinada. Sin dichos slots no se puede operar en ciertos aeropuertos españoles, debido a que es una licencia específica de operación, quedando descritos en el artículo 49 de la Ley de Seguridad Aérea los distintos incumplimientos que pueden tener lugar.
Pues bien, de los incumplimientos recogidos por el Departamento de Slots en el año 2008, aparece, como ejemplo, que Ryanair incumplió una misma franja horaria 39 veces durante un mes, en el slot concedido para volar a las 11:10 de la mañana en el aeropuerto de Alicante. En el caso de Air Europa, incumplió 19 veces la misma franja horaria concedida a las 20:35 entre noviembre de 2007 y febrero de 2008, repartido entre varios días de la semana.
El incumplimiento de slot se puede dar por varias razones: por retrasos de los vuelos; porque la compañía, deliberadamente, haya vendido los billetes en otros horario diferente al que tenía concedido por ser más beneficioso para ella; o no utilizar la franja horaria solicitada, dejando a otra compañía sin poder hacer uso se ese hueco.
Conocían los incumplimientos
Según correos internos a los que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, los responsables del Departamento fueron informados de los reiterados incumplimientos en la temporada de invierno de 2007/2008.
Sin embargo, el jefe del Departamento, Ignacio Monasterio, reconoció en un juicio por despido de un trabajador, al que acudió como testigo, que la razón de la baja del profesional de su departamento era porque habían bajado drásticamente los expedientes sancionadores y, por tanto, su trabajo de controlar los incumplimientos ya no eran necesarios. Ante el juez aseguró que en el año 2008 no hubo ningún expediente a pesar del listado de incumplimientos que tenía en su poder. "¿Es cierto que han disminuido los expedientes sancionadores drásticamente?", le preguntan en el juicio en su declaración como testigo. "Drásticamente. "En el año 2008 no se abrió ningún expediente", señaló entonces.
El trabajador fue despedido en 2009 después de alertar a sus superiores que estaba detectando un gran número de incumplimientos de los slots que no se estaban dando traslado a la Dirección General de Aviación Civil, encargada de abrir los expedientes y en su caso sancionar. Sin embargo, el cuadro de incumplimiento que llegó a Monasterio no cuadra con lo afirmado en el juicio en calidad de testigo.
Precisamente, en estas fechas, en 2007, el director de AENA envió una comunicación interna para ordenar a la Unidad de Coordinación de Slots, “al objeto de que cualquier incumplimiento de la normativa de slots, del que tenga conocimiento dicha unidad y que pueda resultar constitutivo de infracción, conforme a lo dispuesto en la Ley 21/2003 de Seguridad Aérea, sea comunicado inmediatamente a la Dirección General de Aviación Civil, al objeto de que por la misma se incoe el expediente sancionador correspondiente”.
Ocultación de los hechos
Todos estos datos están en posesión de la Policía y de la Fiscalía de la Audiencia Nacional y están siendo analizados para ver hasta dónde puede alcanzar el delito de prevaricación y cohecho respecto a los dos denunciados. “Según los datos, se estaría produciendo un grave quebranto para el erario público al quedar sin sanción las compañías aéreas que incumplen con sus slot, debido a que tanto el director de Coordinación Ignacio Monasterio como su superior Paloma Enebral, estarían ocultando estos hechos a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, que es la encargada de sancionar estas irregularidades”, recoge la denuncia de la Policía.
“El ocultamiento de los hechos se realizaría de forma intencionada y en virtud de una serie de intereses personales”, sostiene la Policía, que ha abierto una investigación por prevaricación y cohecho respecto de Enebral y Monasterio.
Según los datos aportados a la UDEF, los responsables del control de los slots comunicaban a Aviación Civil los incumplimientos de manera sesgada, dependiendo de la compañía que se tratara. Por ejemplo, en junio de 2006 se advirtió a Air Madrid de los incumplimientos que había cometido, concretamente, se le expedientó por tener al menos siete operaciones de incumplimiento de la misma franja, y con desviaciones respecto de la hora programada superior a los 15 minutos. Sin embargo, de los datos analizados por la Policía de incumplimientos de la temporada de invierno de 2007 aparecen cifras superiores a las de Air Madrid.