Condenado el diario Qué por publicar una noticia falsa sobre una concejal de Boadilla del Monte
La Audiencia Provincial de Madrid sostiene que el medio de comunicación publicó una noticia con datos falsos, inexactos o tergiversados sobre una concejal independiente.
8 diciembre, 2016 01:29Noticias relacionadas
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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado con 5.000 euros al diario Qué por publicar una noticia sobre una concejal de Boadilla del Monte, localidad salpicada por el caso Gürtel, con datos “falsos, inexactos o tergiversados”. Considera que el autor del artículo, el propio director del diario, no cumplió con el deber de diligencias de comprobar que los datos publicados fueran ciertos.
Concretamente, la noticia se titulaba: “Una concejal pide que su ayuntamiento sea auditado por el departamento de su propio marido”. El periódico no quiso publicar la rectificación exigida por la concejal. En su declaración judicial, el director afirmó que la información era “noticiable” porque el marido de la concejal María Victoria Zamora, del partido Alternativa por Boadilla, (APB) trabajaba en el Tribunal de Cuentas mientras que su esposa estaba exigiendo al Pleno del Ayuntamiento que las cuentas de Boadilla, en ese momento gobernada por el PP; debían ser fiscalizadas por ese mismo órgano.
Sin embargo, el tribunal reseña que el medio no comprobó que las funciones de su marido eran ajenas a esa labor de fiscalización. “De lo que se deduce que vino a reconocer que la relevancia de la noticia radicaba en un hecho totalmente falso”, recoge la sentencia.
Para la Sala, la noticia quería hacer entender que esta concejal se iba a prevalecer de su situación matrimonial para que las cuentas del Ayuntamiento se auditasen por su marido, de manera inadecuada o indebida, haciendo un uso político de las instituciones en su propio beneficio. “Lejos de contribuir a formar una opinión pública libre, se traslada una información falsa y difamatoria desmerecedora de la protección que otorga la Constitución al derecho a la información”, señala la resolución.
Claro matiz injurioso
De esta manera, la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Madrid estima parcialmente el recurso presentado por la concejal contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Madrid. Los hechos ocurridos fue que varios concejales del PSOE y APB habían solicitado que se auditasen las cuentas de la localidad dado que nunca habían pasado por ese trámite, a pesar de ser uno de los ayuntamientos salpicados por el 'caso Gürtel'.
Asimismo, el tribunal recuerda que tras la publicación de la noticia se generaron comentarios en la red como “Reauditación conyugal vía APB” o “Oye cariño, como no podemos con lo del Gürtel a ver si tú les auditas y me cuentas algo!!”.
“Compartimos la conclusión del Ministerio Fiscal al respecto, pues la noticia tiene un claro matiz injurioso que afecta al honor de la apelante (la concejal) , porque se pone en tela de juicio el modo de proceder y el honor de la persona, afectando negativamente a la consideración de la misma en su entorno profesional y social”, concluye la sentencia.