La fiscalización de la asignación tributaria a la Iglesia católica por parte del Estado (249 millones de euros en 2012, último ejercicio del que se dispone de datos definitivos) tampoco será realizada por el Tribunal de Cuentas durante 2017. Los cinco consejeros designados por el PSOE e IU, que todos los años proponen que esa materia forme parte del programa de fiscalización del organismo que revisa las cuentas estatales, han vuelto a quedar en minoría frente a los siete votos de los consejeros elegidos por el PP, a los que se ha sumado un octavo, el fiscal Miguel Ángel Torres, miembro del pleno del tribunal con voz y voto.

A diferencia de los ejercicios anteriores, esta vez cuatro de los cinco consejeros que quieren fiscalizar la asignación estatal a la Iglesia católica han optado por expresar por escrito su discrepancia, basada en razones de transparencia, de igualdad con otras confesiones religiosas cuyas subvenciones sí se revisan y de oportunidad. Los consejeros destacan que los Acuerdos de 1979 entre el Estado y la Santa Sede -en los que se establece la obligación del Estado de asignar a la Iglesia católica el 0,7% del IRPF de los contribuyentes que lo deseen- declaran el propósito de esa confesión de lograr por sí misma los recursos económicos suficientes para su actividad.

Por ello, los cinco vocales del Tribunal de Cuentas interpretan que los Acuerdos establecieron un "compromiso transitorio de autofinanciación" que, 35 años después de la firma de esos acuerdos, debería analizarse.

La razón del 'no'

Aquí radica uno de los argumentos por los que los consejeros del PP no aceptan la propuesta de fiscalización tal como está planteada.



Aunque no hay una radical oposición a la fiscalización de la asignación tributaria si el examen se limitara a ese aspecto, el sector mayoritario del Tribunal de Cuentas cree que lo que realmente pretenden los consejeros propuestos por IU y PSOE es aprovechar ese control para poner el solfa el sistema de financiación convenido entre el Estado y la Santa Sede, un acuerdo internacional sobre cuyo cumplimiento -aducen- el Tribunal de Cuentas no debería decir nada porque escapa por completo a sus competencias.

La consejera Enriqueta Chicano, en un voto discrepante redactado en solitario, aporta otros motivos para la fiscalización de los fondos que el Estado entrega a la Iglesia católica. A su juicio, pese al carácter sui generis del sistema de financiación establecido, esa aportación "encaja con toda perfección en el concepto de subvención" al tratarse de una disposición dineraria a favor de una persona jurídica y realizada sin contraprestación, para el cumplimiento de un determinado objetivo.

Tratándose de una subvención -de no tener esa naturaleza, sostiene Chicano, "la constitucionalidad de la asignación sería más que dudosa"- el Tribunal de Cuentas tiene una competencia "innegable" para fiscalizar si esa salida de fondos públicos se hace adecuadamente "tanto por la cuantía que el Estado asigna a la Iglesia católica, pues no debe atribuir ni más ni menos fondos que aquellos que debe asignarle, como por el total cumplimiento del Acuerdo de 1979 en cuanto a que los fondos públicos se asignan a la finalidad prevista y a que el perceptor de los fondos está cumpliendo la obligación de lograr la autofinanciación".

Sede del Tribunal de Cuentas en el centro de Madrid Wikimedia Commons

Chicano también señala que, por contraste, las cantidades del erario público que reciben otras confesiones sí son objeto de fiscalización. "La decisión de la mayoría de los consejeros de no incluir en el programa para 2017 la fiscalización de la asignación tributaria a la Iglesia católica implica omitir, en el ejercicio de la función que corresponde al pleno del Tribunal de Cuentas, el control de una actividad pública de gran importancia económica y de una repercusión significativa en el ámbito de la acción pública en materia de igualdad y derechos fundamentales".

La Memoria de la Conferencia Episcopal

Para Felipe García, presidente de la Sección de Enjuiciamiento, María Antonia Lozano y Lluis Armet, la propuesta de fiscalización de los fondos asignados a la Iglesia católica "responde a una demanda social en el marco de la exigencia de transparencia".

En un voto discrepante conjunto, estos miembros del Tribunal de Cuentas consideran que la memoria que, en cumplimiento de los Acuerdos de 1979, presenta cada año la Conferencia Episcopal "no ofrece suficiente información sobre la naturaleza económica de las operaciones financiadas, limitándose, básicamente, a informar sobre el reparto territorial de los fondos".

De esta forma, esa memoria "no constituye un documento representativo de la gestión económico-financiera realizad, dado que realmente se configura como una auténtica memoria anual de actividades de la Iglesia católica en España".

A su parecer, el hecho de que la obligación de asignar fondos a la Iglesia católica surja de un tratado internacional vinculante para el Estado "no permite su exclusión de la actividad económico financiera del Estado" y, por tanto, podría ser objeto de control por el Tribunal de Cuentas.

Fuentes de financiación

El voto particular indica que la multiplicidad de las fuentes de financiación pública de la Iglesia católica en los ámbitos estatal, autonómico y local, "unida a la insuficiente transparencia de su gestión económico-financiera", "impiden realizar una cuantificación siquiera aproximada de los recursos públicos" destinado a esa confesión religiosa.



No obstante, los consejeros aseguran que esa asignación debe ser de una "especial relevancia cuantitativa" ya que "la simple enumeración de algunas de las fuentes [de financiación de la Iglesia] puede dar idea de su elevada magnitud". A este respecto, el escrito discrepante enumera:



- La asignación tributaria a través de la casilla reservada en el formulario del IRPF.

- Exenciones de determinadas actividades en el Impuesto de Sociedades y en el IVA.

- Exenciones de determinadas operaciones en el Impuesto de Sucesiones, donaciones y transmisiones patrimoniales.

- Exenciones del IBI, impuesto sobre actividades económicas, impuesto sobre el incremento del valor de terrenos urbanos o impuesto de construcciones, instalaciones y obras.

- Conciertos públicos de centros educativos y sanitarios.

Para Felipe García, María Antonia Lozano y Lluis Armet, "en un momento en el que la sociedad demanda transparencia y acceso a la información pública y que, sin embargo, la conjunción de diversas líneas de financiación pública sobre una organización tan compleja, desde el punto de vista económico-financiero, como la Iglesia católica, no contribuye sino a dotar de cierta opacidad a su sistema de financiación, el Tribunal de Cuentas está obligado a dar respuesta a esta demanda social y contribuir a incrementar la transparencia en la gestión de un volumen tan relevante de fondos públicos".