La joven de 26 años que el pasado 20 de noviembre condujo en estado ebrio durante 30 kilómetros en dirección contraria por la autopista AP-7 ha sido condenada a dos años de cárcel, una multa de 3.600 euros y la prohibición de conducir vehículos durante seis años por el Juzgado de lo Penal de Figueras (Girona) que ha juzgado los hechos este miércoles.
Eva P. D. ha aceptado esa condena después de llegar a un acuerdo con el fiscal, que inicialmente pedía para ella cuatro años de prisión y prohibición de conducir durante ocho, además de la pérdida de la vigencia del permiso de conducción.
La mujer ha asumido los hechos de los que el fiscal la acusaba, que el juez ha declarado probados en la sentencia.
De acuerdo con la resolución, sobre las 7 de la mañana del 20 de noviembre de 2.016 Eva P.D., "pese a haber ingerido bebidas alcohólicas en horas previas y tener por ello mermadas sus capacidades de acción y atención", circuló por la AP-7 en sentido contrario a la marcha, obligando a los demás vehículos que circulaban correctamente por la vía a realizar maniobras bruscas para evitar colisionar con ella.
El juez declara probado que la mujer "puso en grave riesgo la vida de los ocupantes de los vehículos que circulaban debidamente" y que Eva P. D. condujo de esa forma "durante 30 km aproximadamente hasta ser interceptada por una patrulla de los Mossos d'Esquadra, cuyos integrantes apreciaron que la acusada presentaba síntomas de hallarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas".
La mujer tenía "evidentes síntomas de intoxicación etílica, tales como fuerte halitosis, variaciones súbitas de comportamiento, habla pastosa, incoherente, repetitiva y titubeante, presentando a su vez una psicomotricidad vacilante, afectada con imprecisión en la coordinación de movimientos, reflejos disminuidos, falsa apreciación de las distancias y movimientos oscilantes de la verticalidad, entre otros".
La primera prueba de alcoholemia, realizada a las 8:27 horas, arrojó un resultado de 0'58 miligramos de alcohol por litro a aire espirado, mientras que la segunda, minutos después, fue de 0'54 mg/l, superando el límite legal permitido (0,50 mg/l).
El juez la ha considerado responsable de un delito contra la seguridad del tráfico. Dado que la pena es inferior a dos años de cárcel y que Eva P. D. no tiene antecedentes penales, el magistrado ha accedido a suspender la ejecución de la condena a condición de que la joven no delinca durante un plazo de cinco años y realice un curso de formación vial.