Tres letrados de la Administración de Justicia (antes llamados secretarios judiciales) destinados en Cataluña han impugnado la orden del secretario de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de que acudan personalmente a las sedes del Parlament o del Govern para notificar las decisiones del Tribunal Constitucional sobre el proceso soberanista.
El Tribunal Constitucional (TC) comenzó el pasado año a incluir en sus resoluciones la notificación personal de las mismas a los miembros del Parlamento catalán y del Gobierno autonómico directamente concernidos por la suspensión cautelar o por la declaración de inconstitucionalidad de los sucesivos pasos que se van dando hacia la secesión.
La notificación personal a cada una de las autoridades implicadas -y no sólo al departamento o institución afectada, como se hacía anteriormente- es relevante para garantizar que todas ellas conocen directa e individualmente la trascendencia de incumplir las órdenes del Constitucional ya que se enfrentan, como mínimo, a un posible delito de desobediencia que les pueden costar la inhabilitación.
"Impedir o paralizar cualquier iniciativa"
En las resoluciones que viene dictando sobre el proceso soberanista desde 2016, el TC está incluyendo sistemáticamente la advertencia expresa del deber de los integrantes del Govern y de los miembros de los órganos rectores del Parlament de "impedir o paralizar cualquier iniciativa" que suponga avanzar en la hoja de ruta soberanista. El TC, además, les apercibe "de las eventuales responsabilidades, incluida la penal" en las que pudieran incurrir si desobedecen.
Para la notificación de sus decisiones el TC solicita habitualmente el auxilio de los órganos del Poder Judicial del territorio en el que residen los afectados y así se viene haciendo con el Tribunal Superior de Cataluña con normalidad y sin incidencias. La Ley Orgánica del TC ordena a todos los Juzgados y Tribunales prestar "con carácter preferente y urgente" al Tribunal Constitucional el auxilio jurisdiccional que solicite.
La notificación de las resoluciones sobre el proceso soberanista están exigiendo una compleja preparación a cargo del secretario de gobierno, Jaume Illa, ya que deben ser movilizados numerosos letrados de la Administración de Justicia y coordinar con ellos y las autoridades afectadas la fecha, hora y lugar de notificación. La última resolución del TC, relativa a la admisión a trámite del recurso del Gobierno contra las partidas de los presupuestos catalanes destinadas al referéndum independentista, se ha notificado en cuestión de horas al presidente del Govern, Carles Puigdemont, a todos los miembros del Consejo de Gobierno de la Generalitat, y a otros cinco altos funcionarios.
Corrección del criterio
Tres de los letrados de Justicia a los que correspondió realizar varias notificaciones a finales del pasado año han recurrido contra la orden de Illa de encomendarles esa tarea. A su juicio, la notificación personal de las decisiones del TC no les corresponde a ellos sino a los funcionarios del cuerpo de auxilio judicial (anteriormente llamados agentes). El secretario de gobierno argumenta, sin embargo, que son los letrados de la Administración de Justicia los que tienen la potestad de dar fe pública y pueden avocar hacia sí la notificación de las resoluciones, especialmente si, como es el caso, el que reclama el auxilio es el Tribunal Constitucional.
Los discrepantes han recurrido en alzada ante el Ministerio de Justicia la orden del secretario de gobierno y, tras la previsible desestimación del recurso, tendrán abierta la puerta de la jurisdicción contencioso-administrativa. Fuentes del Ministerio consultadas por EL ESPAÑOL confían en la corrección del criterio del secretario de gobierno del TSJ de Cataluña. En caso contrario, las notificaciones serían nulas y habría que repetirlas, con el vacío que ello generaría en los apercibimientos realizados.