Una jueza de Sevilla sienta en el banquillo a tres acusadas por la 'procesión del coño insumiso'
Tendrán que depositar una fianza de 3.600 euros para hacer frente a la pena de multa solicitada por un supuesto delito contra los sentimientos religiosos.
4 julio, 2017 14:05El Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla ha acordado abrir el juicio oral contra María R.B., Antonia A.T. y Olga I.L. por su intervención en la denominada "procesión del coño insumiso", celebrada en la capital hispalense el 1 de mayo de 2014 y que podría constituir un delito contra los sentimientos religiosos.
En una resolución conocida este martes, el Juzgado impone a cada una de las acusadas una fianza de 3.600 euros para hacer frente a la pena de multa que ha solicitado la acusación popular, ejercida por la Asociación de Abogados Cristianos. En caso de que no depositen la caución, se les embargarán los bienes que corresponda.
Las tres mujeres se sentarán en el banquillo ante un Juzgado de lo Penal de Sevilla, según señala la resolución de la instructora, contra la que no cabe recurso.
El procedimiento se inició en 2014 y fue archivado por el Juzgado de Instrucción el 7 de junio de 2016 por no apreciar delito alguno.
En una resolución dictada el pasado 28 de marzo, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla estimó un recurso interpuesto por la acusación popular contra el archivo y ordenó a la instructora continuar el procedimiento contra las tres investigadas.
Los hechos
Según la instrucción, el 1 de mayo de 2014 se convocó a través de las redes sociales un "Aquelarre Feminista" que se desarrolló entre la Plaza del Pumarejo y la Glorieta de San Lázaro, de Sevilla. La manifestación, que no fue comunicada a la Subdelegación del Gobierno, se encabezaba con un cartel con la leyenda "Sagrado coño insumiso".
En ella participaron mujeres "cubiertas las cabezas con capuchas, a modo de penitentes" y otras "vestidas de negro y con mantillas imitando a las mujeres que visten de tal forma de luto en la Semana Santa", señaló la jueza de instrucción.
Varias de ellas sujetaban "la imagen de lo que parece un órgano genital femenino, a modo de imagen sagrada, siendo portada en andas simulando un paso procesional de la Semana Santa". Sobre esa imagen una de las acusadas, María R., "colocó un velo negro".
Durante el recorrido las manifestantes "hacen cánticos y van gritando y simulando cantar saetas y plegarias, todo ello acompañado de instrumentos musicales".
Otra de las acusadas, Olga I., "gritó 'la Virgen María también abortaría'" lo que fue contestado con otros eslóganes como "hay que quemar la Conferencia Episcopal" y frases como "me la suda la Iglesia Católica". A escasos menos se hallaba la Basílica de la Macarena, con varios feligreses en la puerta.
La Audiencia contradijo el criterio de la jueza de instrucción de que los hechos estaban amparados por la libertad de expresión. "Bajo libertad de expresión no se puede dar cobijo a conductas de ofensa, burla, menosprecio, amenazas e insultos contra personas o grupos o miembros de una confesión religiosa", argumentó el tribunal.
Añadió que la manifestación suponía "una mofa del rito religioso de las procesiones de Semana Santa" y "una vejación a quienes profesan la religión católica utilizando el Credo (oración que incluye en su texto artículos de fe y dogmas de los católicos) con expresiones de contenido sexual, vejatorias y humillantes".
"El fuerte contenido humillante y ofensivo de los actos realizados, su reiteración, el que se trate de ataques absolutamente innecesarios para la defensa de sus postulados y que dichos actos hubieran necesitado de una previa organización y, por tanto, de una reflexión previa, impide descartar el ánimo" de ofender los sentimientos religiosos, consideró la Audiencia.