La Sala Penal del Supremo ha confirmado la condena a 10 años de inhabilitación para el cargo de juez y multa de 3.600 euros impuesta al magistrado Fernando Presencia por adoptar resoluciones injustas con las que trató de favorecer a un abogado amigo suyo que se vio implicado en unas diligencias penales derivadas de un accidente de tráfico. La condena a Presencia conlleva la pérdida de su pertenencia a la carrera judicial.
De acuerdo con los hechos probados, el magistrado era titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Talavera de la Reina (al que llegó tras ser sancionado con un traslado forzoso desde su anterior destino, juez de lo mercantil en Valencia, por incumplir el régimen de incompatibilidades) cuando le correspondió tramitar unas diligencias previas en las que el imputado era el abogado Carlos Lucas, amigo suyo.
Tanto el fiscal como el acusador particular -un ciudadano que resultó lesionado en un atropello, siendo el conductor Carlos Lucas- pidieron la iniciación de diligencias por delitos de lesiones imprudentes y omisión del deber de socorro y así lo acordó Presencia.
Pero tras tomar declaración al imputado dictó una resolución oral archivando el procedimiento por omisión del deber de socorro y transformando el delito de lesiones en una falta.
Lo hizo sin esperar a tomar declaración a un testigo presencial que estaba identificado (la persona que vio el accidente, auxilió al lesionado, tomó la matrícula del vehículo que causó el atropello y avisó a la Policía) y sin ni siquiera haber recibido el atestado policial. Todo ello, señala la Sala, permite deducir que quien debería haber dirigido la investigación "ha abandonado el compromiso de querer averiguar lo verdaderamente acontecido".
Para el Supremo, la decisión del juez -luego revocada por la Audiencia de Toledo- fue adoptada "sin haberse desarrollado una investigación real", como ordena la ley. La resolución de Presencia "no sólo se precipitó respecto de cualquier indagación", señala la Sala Penal en una sentencia con ponencia de Pablo Llarena, "sino que resultaba contraria a los pocos indicadores que se habían recabado".
En particular, el encausado "excusó su conducción diciendo que no fue consciente del atropello bajo la explicación de que estaba lloviendo y llevaba el parabrisas empañado", pero era una alegación "no confirmada sin la recepción del atestado".
Además, el juez contaba con el "incontrovertido reconocimiento del conductor de que no se detuvo en el lugar del siniestro y de que abandonó el lugar donde sobrevino".
Pese a ello, sobreseyó las diligencias por omisión del deber de socorro y rebajó a falta las lesiones "sin indagar nada de los términos en los que se produjo el atropello y desconociendo que el encausado admitía que pudo sobrevenir en un paso de peatones".
"Evitarle un posible juicio"
El Alto Tribunal respalda la inferencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha -primera instancia que juzgó a Presencia- de que el magistrado actuó así "para favorecer a Carlos Lucas y evitarle un posible juicio por hecho delictivo, sabiendo que ni se habían practicado las diligencias de prueba solicitadas ni había decidido sobre su práctica y con conciencia de que eran imprescindibles para decidir».
En el juicio quedó probado que Fernando Presencia "era amigo del abogado imputado Carlos Lucas Cifuentes, ambos residían en viviendas vecinas, comían y cenaban juntos habitualmente en el bar regentado por los hermanos Martín y Atanasio Gutiérrez, que se encuentra próximo a los Juzgados de Talavera, y, tras la visita a esta ciudad de la esposa de Fernando con varias amigas, se desplazaron juntos a Valencia, donde durmieron en casa de Fernando".
Aunque el juez condenado argumentó en su recurso de casación que no había prueba directa de la amistad entre él y el abogado, el Supremo considera acreditado ese hecho "extraído de las declaraciones del propio inculpado y de los propietarios del establecimiento en el que solían encontrarse".
Uno de los hosteleros declaró que Presencia "comía y cenaba en el bar a diario, siendo acompañado frecuentemente por Carlos Lucas". Añadió que el trato del juez con el resto de la curia no era tan estrecho, ya que esa afectuosa relación sólo la mantenía con dos o tres abogados.
El testigo relató que se quedaban juntos en el bar hasta la una y media o las dos de la madrugada y manifestó que el juez y el abogado le relataron que un fin de semana se habían ido juntos a Valencia y se habían hospedado en casa del juez.