Los miembros del Gobierno están prevenidos de que su descanso estival puede ser breve este año. Las instrucciones que han recibido tras el Consejo de Ministros del pasado viernes es que deben estar preparados para hallarse en Madrid el próximo día 16 si en esa fecha, para la que está convocada una reunión de la Mesa del Parlament de Cataluña, se admite a trámite la proposición de ley del referéndum registrada el pasado lunes por Junts pel Sí y la CUP.
Fuentes del Gobierno han explicado que si el 16 se desencadena la tramitación de la norma que pretende regular el referéndum independentista del 1 de octubre -los proponentes han pedido la aplicación de la vía de urgencia, que supone la reducción a la mitad de los plazos ordinarios-, el Consejo de Ministros celebraría ese mismo día una reunión extraordinaria para iniciar el procedimiento de impugnación constitucional.
Ese procedimiento requiere, antes de nada, la petición de un informe al Consejo de Estado, que con carácter de urgencia puede ser emitido en 24 horas. El Gobierno ya estaría entonces en condiciones de presentar un recurso de inconstitucionalidad e instar la suspensión inmediata de la iniciativa legislativa sobre el referéndum.
Los magistrados del Tribunal Constitucional también han sido advertidos por el presidente, Juan José González Rivas, de que deben estar en situación de regresar a Madrid de inmediato para admitir a trámite una eventual impugnación, que podría incluir, además de la suspensión de la norma sobre el referéndum, la petición de deducción de testimonio para la exigencia de las responsabilidades penales que procedan contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa que voten a favor de la admisión a trámite de la iniciativa.
El TC ha advertido de forma reiterada a la Mesa del Parlament de que no puede permitir la tramitación de ninguna iniciativa que suponga avanzar hacia la independencia ilegalmente, esto es, al margen de los mecanismos que establece la Constitución para su reforma.
La proposición de ley del referéndum presentada el lunes afirma que el Parlament "ha expresado de manera continuada e inequívoca el derecho de Cataluña a la autodeterminación" y se apoya de forma expresa en la resolución 5/X, aprobada el 23 de enero de 2013 y que fue declarada inconstitucional por el TC en una sentencia dictada en marzo de 2014.
El TC consideró inconstitucional la declaración de que el pueblo de Cataluña tiene carácter de "sujeto político y jurídico soberano". La Mesa del Parlament, vinculada por esta sentencia y otras posteriores del mismo tenor, ya sabe que una formulación en ese sentido no pasa el filtro de la Constitución, lo cual es relevante porque el artículo 2 de la proposición de ley de referéndum vuelve a afirmar que "el pueblo de Cataluña es un sujeto político soberano" y como tal "ejerce el derecho a decidir". La tramitación de una iniciativa parlamentaria con ese contenido supondría, así, una clara transgresión de los pronunciamientos del Tribunal Constitucional.
Vías distintas a la lectura única
El Gobierno de Puigdemont celebró este martes su última reunión antes de las vacaciones estivales - no tiene previsto volver a reunirse hasta el 29 de agosto- y acordó presentar un recurso de súplica ante el TC contra la admisión a trámite de la impugnación, por parte del Ejecutivo de la nación, de la reforma del reglamento del Parlament sobre la tramitación de proposiciones de ley en lectura única.
El conseller de la Presidencia y portavoz del Govern, Jordi Turull, acusó al TC de ser el "brazo ejecutor" del Gobierno central e ironizó: "podría tener su sede perfectamente en la Moncloa o compartir el Consejo de Ministros".
Turull sostuvo que existen "muchas fórmulas" para aprobar la proposición de ley para dar cobertura al referéndum del 1 de octubre sin necesidad de recurrir a la lectura única, aunque ha subrayado que "no se puede descartar nada".
La presidenta del grupo parlamentario de la CUP, Mireia Boya, ha coincidido en que hay "otras" fórmulas para poder aprobar la ley del referéndum, como el artículo 81.3 del reglamento del Parlament. Según este precepto, el orden del día de un pleno puede ser alterado sobre la marcha si lo acuerda el propio pleno a propuesta de la presidenta, a petición de dos grupos o a propuesta de una quieta parte de los parlamentarios.
"Nos gusta mucho más el hecho de desobedecer", ha subrayado Boya, que ha añadido: "No reconocemos este derecho español que se aplica de una forma muy interesada y muy aleatoria".