La juez Carmen Lamela.

La juez Carmen Lamela.

Tribunales

Dos juezas estrechan el cerco al 1-O y lo dejan entre la sedición y el fracaso

Carmen Lamela y Mercedes Armas, que suman más de medio siglo de experiencia judicial, toman decisiones clave contra el proceso soberanista. El TSJC pone a Trapero a las órdenes de las Fuerzas de Seguridad del Estado.

28 septiembre, 2017 02:59

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Dos magistradas con una extensa experiencia en la jurisdicción penal han tomado en las últimas horas decisiones clave ante la celebración del referéndum independentista del 1-O. Mercedes Armas, instructora del proceso por desobediencia abierto al Gobierno de Carles Puigdemont por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ha ordenado "impedir la apertura" de cualquier local destinado a la votación y ha puesto sin ambages a los Mossos d'Esquadra a las órdenes de las fuerzas de seguridad del Estado (Policía Nacional y Guardia Civil). Carmen Lamela, jueza central de instrucción en la Audiencia Nacional, ha declarado la competencia de este tribunal para investigar un posible delito de sedición y ha empezado a ordenar diligencias en relación a los ataques a la Guardia Civil ocurridos los pasados días 20 y 21 en Barcelona.

Ambas decisiones son de una enorme trascendencia. Armas, una magistrada de 53 años que ingresó en la Judicatura hace 26 y que ha desarrollado la práctica totalidad de su carrera en Cataluña (redactó la condena a Leo Messi por delito fiscal dictada por la Audiencia de Barcelona en julio de 2016 y confirmada por el Supremo), ha desbaratado la estrategia de la Generalitat de criticar el precinto de los locales donde se pretende hacer las votaciones por la supuesta falta de competencia de la Fiscalía para acordar esa medida. Con la resolución que la magistrada ha dictado este miércoles, ya no es el Ministerio Público sino la propia autoridad judicial la que ordena "impedir la apertura, procediendo en su caso al cierre" de los locales o edificios designados por el Govern para celebrar la consulta.

Mercedes Armas ha tomado esa decisión a la vista de la "clara inobservancia" por parte del Gobierno catalán no sólo de la suspensión del referéndum acordada por el Tribunal Constitucional "sino de las resoluciones dictadas por esta instructora" en orden a bloquear las webs de la Generalitat desde las que se informa sobre el referéndum con la finalidad de "hacer efectiva su celebración".

Al fondo, la segunda por la derecha, la magistrada Mercedes Armas Galve durante el juicio a Messi.

Al fondo, la segunda por la derecha, la magistrada Mercedes Armas Galve durante el juicio a Messi.

Aunque no le cita, la instructora se refiere a la conducta de Puigdemont, que a través de Twitter está facilitando sucesivas webs donde se indican los puntos de votación y otros extremos relativos a la organización del 1-O.

La jueza considera "del todo previsible" que esta "actitud renuente" al cumplimiento de los pronunciamientos judiciales se materialice el próximo domingo y que el Govern "facilite todos los medios a su alcance para la definitiva consecución del referéndum, con clara vulneración de las determinaciones del Tribunal Constitucional".

El mandato de que se impida el acceso a los centros de votación busca neutralizar esa previsible actuación del Ejecutivo de Puigdemont y, para hacerla eficaz, Armas ordena a los Mossos, a la Guardia Civil y la Policía que actúen conjuntamente pero "con observancia de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado".

A las órdenes de Policía y Guardia Civil

Este precepto, al que la Fiscalía nunca llegó a recurrir en sus instrucciones a los Mossos d'Esquadra, establece que cuando en un operativo concurran simultáneamente fuerzas de seguridad del Estado y policías autonómicos, "los mandos de los primeros serán los que asuman la dirección de la operación". La magistrada pone, así, a los Mossos a las órdenes directas de la Guardia Civil o de la Policía Nacional "con el apoyo y colaboración de la Guardia Urbana y Policías Locales" y "con el apoyo y asesoramiento del gabinete de coordinación de la Secretaría de Estado de Seguridad" que dirige el coronel Diego Pérez de los Cobos.

Las dudas expresadas por el mayor de los Mossos, Josep Lluis Trapero, sobre las instrucciones de la Fiscalía de precintar los centros de votación se saldan así con una orden aún más tajante y proveniente de una jueza.

600 kilómetros al sur otra magistrada afirmaba, para alivio de la Fiscalía, la competencia de la Audiencia Nacional para investigar como posible sedición los incidentes que sufrieron los guardias civiles que desarrollaban la pasada semana diligencias judiciales contra el 1-O por orden del Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona.

Lamela, una jueza con gran prestigio en la Audiencia Nacional, argumenta en un extenso auto por qué, en este caso, este tribunal es competente para conocer de esos hechos, cuya finalidad, más allá de allá de comprometer el orden público o el principio de autoridad, podría "tener el propósito de cambiar ilegalmente la organización del Estado". Ello atrae, a su juicio, la competencia de la Audiencia Nacional, a la que la ley encomienda la persecución de los delitos contra la forma de gobierno.

La decisión de la magistrada salva un aspecto jurídicamente controvertido y significa, en el terreno de lo práctico, alejar de los jueces catalanes la presión de tener que actuar ante previsibles conflictos similares a los vividos la pasada semana.

Carmen Lamela, de 56 años, ingresó en la Judicatura hace 31 años y ha pasado parte de su carrera judicial en Cataluña. Entre 1989 y 1993 fue decana de los jueces de Badalona y magistrada de la Audiencia Provincial de Barcelona. En 2014 se incorporó a la Audiencia Nacional, primero en la Sala de lo Penal y desde noviembre de 2015 en el Juzgado Central de Instrucción número 3 desde el que ahora investigará la querella de la Fiscalía por el grave delito de sedición, castigado con hasta 15 años de cárcel.