La sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional rechaza suspender de forma cautelar la venta del Banco Popular al Santander. La Sección Quinta deniega la solicitud de medida cautelar instada por varios particulares en sus recursos contra la resolución de 7 de junio de 2017 del Frob, que acordó las medidas necesarias para ejecutar la venta de la entidad.



La Sala considera que la actuación del Frob ha sido de carácter instrumental porque dimana de una decisión previa de un organismo europeo del sistema financiero, la JUR y es en otros tribunales donde deberían residenciarse los perjuicios invocados.

Este auto sobre la pieza de medidas cautelares responde a uno de los 6.000 recurrentes que constan ya registrados, en más de 250 recursos.