Rajoy dejará a Puigdemont sin fuero para que la AN le juzgue por rebelión
"Todo está preparado. Si Puigdemont declara la independencia, acabará en la Audiencia Nacional", afirman fuentes del Gobierno. La suspensión del aforamiento se extendería a todo el Govern.
9 octubre, 2017 22:04Noticias relacionadas
El Gobierno asegura estar preparado para iniciar este martes la aplicación del artículo 155 de la Constitución -que le faculta a adoptar las "medidas necesarias" para que una comunidad autónoma cumpla las obligaciones que impone la Constitución- en el caso de que el presidente catalán, Carles Puigdemont, declare la independencia.
"Habrá 155 aunque sea una declaración 'light', en diferido o para que sea efectiva pasado un plazo. El plazo es una cuestión meramente instrumental. No nos vale", explican fuentes del Ejecutivo consultadas por EL ESPAÑOL.
Las medidas que incluirá la aplicación del artículo 155 están diseñadas y se da por descontado el control de los Mossos d'Esquadra por el Ministerio del Interior y el control de las finanzas por Hacienda. Implicará, además, una medida a la que la Abogacía del Estado ha dado su visto bueno tras estudiar todas sus aristas jurídicas: se suspenderá el aforamiento de Puigdemont para que la acción penal por rebelión que se interpondrá contra él se dilucide en la Audiencia Nacional y no en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
Los abogados del Estado que trabajan desde hace semanas en los posibles contenidos del artículo 155 han llegado a la conclusión de que la suspensión del aforamiento no afectaría a ningún derecho fundamental. En el caso del Govern es una prerrogativa de configuración legal, no constitucional, ya que es el Estatuto de Autonomía el que otorga al presidente del Ejecutivo catalán y a los consejeros un fuero según el cual corresponde al TSJC su inculpación, procesamiento y enjuiciamiento por actos delictivos cometidos dentro del territorio de Cataluña.
Hasta 25 años de cárcel
La suspensión del aforamiento permitiría que fuera la Audiencia Nacional, con sede en Madrid, la que adoptase medidas cautelares contra Puigdemont y, en su caso, contra el resto del Govern. El delito de rebelión es uno de los más graves que contempla el Código Penal. Se prevén penas de hasta 25 años de cárcel para los promotores de la rebelión, consistente en el alzamiento violento y público para declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
Desde el ámbito jurídico del conflicto se considera esencial que el proceso penal al que se enfrentaría Puigdemont si declara la independencia se aleje de Cataluña y se desplace a Madrid, donde la presión de los independentistas se diluiría, como quedó de manifiesto el pasado viernes cuando comparecieron a declarar en la Audiencia Nacional el mayor de los Mossos, Josep Lluis Trapero, y los cabecillas de Asamblea Nacional Catalana y Omnium, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. Apenas una veintena de personas, rodeadas de policías nacionales, acompañaron a los investigados en el paseíllo.