La Fiscalía de la Audiencia Nacional no va a recurrir la decisión de la jueza Carmen Lamela de rechazar la petición de prisión provisional del mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluis Trapero, formulada por el teniente fiscal Miguel Ángel Carballo el pasado lunes tras la segunda declaración del policía catalán, investigado por un presunto delito de sedición.
La instructora dejó a Trapero en libertad provisional sin fianza con leves medidas cautelares: comparecencias cada 15 días en el Juzgado más próximo al domicilio y retirada del pasaporte y prohibición de salir de España sin autorización judicial.
Aunque en la Fiscalía se considera llamativa la situación en que ha quedado Trapero -el más alto responsable de una Policía autonómica fichando cada 15 días como investigado-, ha decidido no impugnar su situación de libertad. El Ministerio Público pidió la prisión incondicional de Trapero convencida de un "criterio exclusivamente jurídico" -subrayan fuentes de la Fiscalía- que se basa en la consideración de que contra el mayor de los Mossos existen serios indicios de haber incurrido en un delito muy grave que podría volver a cometer, dada la evolución del desafío independentista.
Aunque mantiene que esa medida cautelar hubiera sido procedente, la Fiscalía no quiere que su posición sea vista como un empecinamiento, que es la lectura que tendría recurrir la libertad de Trapero ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
Un eventual recurso podría llevar a Trapero a la cárcel pero también supondría cierta desautorización de la instructora, lo que la Fiscalía también quiere evitar.
Los fiscales de la Audiencia Nacional, además, van a pedir a Lamela que amplíe el ámbito del procedimiento a la investigación del comportamiento de Trapero antes y durante el 1-O, jornada para la que recibió instrucciones del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de impedir la apertura de los centros de votación o, en su caso, clausurarlos. En función de los resultados de esa investigación las medidas cautelares pueden ser modificadas.