El Pleno del Tribunal Constitucional ha suspendido esta mañana la declaración de independencia aprobada el pasado 27 de octubre por el Parlament de Cataluña.
El TC ha admitido a trámite el incidente de ejecución presentado por la Abogacía del Estado en representación del Gobierno. Ha dado traslado al Ministerio Fiscal y a la Diputación Permanente del Parlamento de Cataluña de las peticiones formuladas por la Abogacía del Estado y les concede un plazo de veinticuatro horas para que formulen las alegaciones que estimen oportunas.
Tal como pedía el abogado del Estado, el Constitucional ha acordado notificar personalmente la suspensión de la declaración de independencia a la presidenta del
Parlament de Cataluña, Carme Forcadell, y a los demás miembros que integraban la Mesa de la Cámara.
Asimismo, como consecuencia de la disolución del Parlamento, se acuerda notificar la
resolución a los miembros de la Mesa de la Diputación Permanente. A todos ellos se les advierte de su “deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada” y se les apercibe de las “eventuales
responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir”.
En particular, se les advierte de que deben abstenerse “de iniciar, tramitar, informar o dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, acuerdo o actuación que permita otorgar valor jurídico alguno a la declaración de independencia".