La jueza Lamela se adelanta al TS y fija 6,2 M de fianza a Puigdemont sin oírle
Le cita a declarar el jueves treinta minutos antes de la hora señalada para Forcadell por el instructor del Tribunal Supremo, Pablo LLarena.
1 noviembre, 2017 03:46Noticias relacionadas
La jueza instructora de la Audiencia Nacional Carmen Lamela se ha adelantado al Tribunal Supremo y ha fijado una fianza de 6,2 millones de euros al expresidente de Cataluña Carles Puigdemont y a los 13 miembros del que fue su Gobierno para el pago de las responsabilidades civiles a las que tendrán que hacer frente si fueran condenados por rebelión o sedición y malversación de fondos públicos.
Los 14 deberán afianzar esa cantidad en un plazo de tres días y, si no lo hacen, se les embargarán sus bienes. La cantidad es la señalada en la querella interpuesta por la Fiscalía y corresponde al presupuesto asignado por la Generalitat a "consultas populares".
La Sala Penal del Supremo ha admitido, unas horas antes que Lamela, la querella de la Fiscalía dirigida contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y cinco miembros de la Mesa. El instructor del alto tribunal, Pablo Llarena, ha dictado enseguida una providencia citándoles a declarar el jueves y viernes próximos, pero no se ha pronunciado aún sobre la fianza que, por el mismo importe, reclama el fiscal en concepto de eventual responsabilidad civil.
Lamela ha admitido este martes por la tarde la querella presentada en la Audiencia Nacional y ha abierto una pieza separada dentro de la la causa iniciada en septiembre contra el exjefe de los Mossos, Josep LLuis Trapero, la intendente Teresa Laplana, Jordi Sánchez (presidente de Asamblea Nacional Catalana) y Jordi Cuixart (presidente de Òmnium Cultural).
También ha citado a declarar a Puigdemont y a sus exconsejeros en las mismas fechas que el TS, jueves y viernes, pero a las 9:00 horas, treinta minutos antes de la hora a la que está convocada la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, por Llarena.
La fijación de la fianza por Lamela, realizada antes de oír en declaración a los investigados, ha sorprendido a fuentes del Supremo, que destacan que en el proceso penal se imponen ese tipo de medidas inaudita parte (sin oír a la parte) sólo cuando es imprescindible.
La instructora de la Audiencia Nacional ha justificado la imposición de la fianza señalando que existen indicios incriminatorios contra los investigados y que hay "factores para determinar la necesidad de adoptar medidas cautelares de carácter real".
Cita, a este respecto, la "gravedad y complejidad de los hechos aparentemente delictivos", por lo que "es evidente que la apertura de la fase de juicio oral no se encuentra en absoluto cercana y, por ello, justifica el aseguramiento de las responsabilidades sobre las que recaen las sospechas". Menciona finalmente el "temor a la inoperancia final de un proceso investigador".